EL PAíS › CASACIóN NO ACEPTó A ORGANISMOS DE DD.HH. EN LA MEGACAUSA ESMA
La presidenta de las Abuelas de Plaza de Mayo, Estela de Carlotto, repudió el fallo porque “estamos frente a la institucionalización de la impunidad”. Apelarán ante la Corte que hayan apartado a organismos que no patrocinan a víctimas directas.
Seis meses después de ordenar la liberación a una treintena de imputados por crímenes de lesa humanidad durante la última dictadura, la Sala II de la Cámara Nacional de Casación Penal resolvió excluir como querellantes en la megacausa ESMA a los organismos de derechos humanos que no patrocinen a víctimas directas del terrorismo de Estado. La decisión de los jueces Gustavo Mitchell, Guillermo Yacobucci y Luis García responde a un planteo de la defensa de Jorge “El Tigre” Acosta, jefe de inteligencia de los grupos de tareas de la ESMA. Los organismos denunciaron en conferencia de prensa la maniobra que intenta deslegitimarlos y anunciaron que apelarán la resolución ante la Corte Suprema de Justicia.
“Este fallo cercena nuestra razón de ser”, explicó Estela Carlotto, presidenta de Abuelas de Plaza de Mayo, durante una conferencia de prensa convocada por un grupo de organismos para repudiar la decisión. “Estamos frente a una institucionalización de la impunidad, justo hoy que se cumplen siete años del asesinato de Kosteki y Santillán”, agregó.
El cuestionamiento a la legitimación de los organismos lo presentaron, en nombre del Tigre Acosta, las defensoras oficiales Verónica Blanco y Laura Beatriz Pollastri. El planteo sostiene que ninguna organización puede constituirse como querellante si no representa a una víctima, que para ello debe otorgarle un poder especial, y pone en cuestión al derecho procesal moderno, que extendió el concepto de víctima a entes colectivos como los organismos, asociaciones o fundaciones de la sociedad civil.
La estrategia urdida por Acosta desde el penal de Marcos Paz fue rechazada por el juez federal Sergio Torres y luego por la Cámara Federal. Su Sala II destacó en marzo que la admisión de las organizaciones no gubernamentales es producto de la ampliación del rol de la víctima en los procesos penales, sobre todo cuando se investigan delitos de lesa humanidad, como resultado de la incorporación de los pactos internacionales de derechos humanos y de jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia. La Cámara sostuvo que el único requisito necesario para ser querellante es acreditar una reconocida trayectoria en la defensa de los derechos violados que son objeto del proceso.
“El principal argumento de Acosta, que Casación hace propio, es que la participación de los organismos de derechos humanos no está prevista en el Código Procesal Penal”, señaló ayer Carlotto, durante una conferencia de la que participaron Madres Línea Fundadora, la Liga Argentina por los Derechos del Hombre, el CELS, Hijos, Familiares, la Asociación de ex Detenidos, el MEDH y el Serpaj.
Alan Iud, abogado de Abuelas, recordó que la Corte Suprema ya se pronunció sobre el tema y calificó como “esquizofrénico” el comportamiento de la justicia. “Es ilógico que la Corte diga algo y Casación no lo recepte. En el caso Simón, cuando se quiso excluir al CELS, la Corte decidió que no se afectaba el derecho de defensa”, recordó. “Se trata de una maniobra de la defensa y de Casación. Ahora estaríamos discutiendo si podemos ser querellantes o no, con todo el estipendio de recursos que esto significa. Es un claro retroceso”, consideró.
Durante la conferencia se recordó que en distintas causas la Corte admitió a organizaciones como querellantes y se enumeraron antecedentes de lo que técnicamente se llama “defensa de intereses difusos”. Tras el asesinato del fotógrafo José Luis Cabezas, por ejemplo, la Justicia aceptó como parte acusadora a la Asociación de Reporteros Gráficos de la República Argentina. También el centro Simon Wiesenthal actuó como querellante en causas por discriminación.
“Estos malabares ponen de espaldas a la Justicia. De este modo habrá cientos de desaparecidos que van a quedar sin querellantes”, destacó Laura Conte, de Madres y el CELS. Puso como ejemplo el caso de Mónica Mignone, hija de Emilio, fundador del CELS. Al haber fallecido los padres y no poder ser querellantes los hermanos, el caso no tendría acusación particular, y su impulso dependería sólo de la voluntad de los fiscales. “Esperamos que la Corte revierta esta arbitraria decisión y prime el reconocimiento de los organismos para impulsar las causas, como se viene haciendo desde hace más de treinta años”, concluyó Carlotto.
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