Dom 19.07.2009

EL PAíS  › UN INFORME SOBRE DROGAS QUE RECIBIO EL JEFE DE GABINETE

de levantar la prohibición

El Comité Científico que asesora a Aníbal Fernández advirtió sobre los efectos “contraproducentes” de las leyes actuales, señaló contradicciones absurdas y recomendó “centrarse en las personas y dejar de lado la utopía de sacar las drogas de circulación”.

› Por Emilio Ruchansky

El Comité Científico sobre drogas que asesora al flamante jefe de Gabinete, Aníbal Fernández, acaba de emitir un documento que considera el más importante de los que confeccionó hasta ahora. El texto sobre los “usuarios de drogas y las políticas públicas para su abordaje” advierte lo “contraproducentes” que resultan las intervenciones sanitarias desde el derecho penal, donde no se diferencian, por ejemplo, las situaciones de consumo, abuso y adicción antes de imponer tratamientos coactivos. Entre las conclusiones aparecen varias cachetadas a la ley prohibicionista que establece la persecución del usuario. Es que para los expertos “resulta imprescindible centrar las políticas públicas en las personas y sus necesidades, y dejar de lado toda utopía de solucionar el problema sacando las drogas de circulación”.

Luego de 73 años de estas políticas penales, con la excepción del quinquenio 1968-73, y con Aníbal Fernández apuntalando el debate sobre las drogas, sus asesores ad honorem deberán elevar propuestas en el corto plazo para modificar la normativa actual en el Congreso, como señaló Página/12 el martes pasado. El documento, que podría ser último, puntualiza los abusos contemplados en la ley 24.737 al tipificar como delito federal la tenencia de estupefacientes para consumo personal. La pena prevista es de un mes a 2 años de prisión, canjeables por medidas de seguridad curativa y educativa.

“Estas medidas inmediatamente se erigieron en paradigmas de la tutela de la salud de los dependientes –detallan los expertos–. Una buena prueba de ello es que las leyes números 24.455 y 24.754, que imponen obligaciones de asistencia a las Obras Sociales y a las Empresas de Medicina Prepaga, mencionan los artículos de esta ley. Un grupo muy grande de juristas sostiene la necesidad de penalización del consumidor de drogas, a efectos de poder aplicar al usuario, por un juez federal, los tratamientos coactivos. Luego de 20 años de vigencia de estas intervenciones, es muy poco lo logrado desde esta perspectiva.”

Al no diferenciarse entre los consumidores problemáticos y los no problemáticos, los procesados mayormente son consumidores responsables que, advierten desde el Comité, “en principio no necesitarían tratamiento”. Lo que sigue, bien lo saben los miembros judiciales del Comité Científico: los jueces Horacio Cattani, Roberto Falcone, Patricia Llerena y la fiscal Mónica de Cuñarro. Y lo cuentan en el documento: “Podría darse el caso de que el usuario concurriera a la entrevista forense con dos consignas de su abogado defensor: reconocerse consumidor y dependiente, y solicitar tratamiento para después de muchos años ser alcanzado por la medida premial de supresión del antecedente o, dado que se trata de un infracción menor, la recomendación podría ser la contraria: ocultar su estado para dejar funcionar los mecanismos penales y procesales, mucho más beneficiosos que someterse a un tratamiento por tiempo indeterminado”.

En este punto, coinciden los expertos, “aparece la primera interferencia grave del discurso penal en el discurso asistencial”.

Para los casos de uso no problemático, los integrantes no judiciales del Comité (los médicos Carlos Damin y Alicia Gillone y el sociólogo Alberto Calabrese, la psicóloga Eva Giberti) proponen los mensajes preventivos de reducción de daños. Esta óptica rompe las convenciones prohibicionistas porque plantea alternativas a los tratamientos basados en la abstinencia y la internación a puertas cerradas. Además, busca informar al usuario sobre los riesgos y aconseja le formas menos dañinas de consumir.

“Un grupo relativamente pequeño adquiere características problemáticas. Aumentan cuantitativa y cualitativamente su consumo hasta no admitir proyectos de vida independientes. La pérdida de autonomía es total. La ingesta por cualquier vía de la sustancia no proporciona placer, sino que evita el displacer”, aseveran los expertos en un tramo del documento. Lo que se recomienda son opciones de tratamiento: internación completa, hospitales de día y tratamiento ambulatorio con un sistema flexible de derivación de uno a otro lugar.

La paradoja más grave se plantea ante las situaciones extremas, cuando la vida de alguien depende de la decisión de los auxiliares de ley, comúnmente llamado “policías”, ante la duda de llevar a una persona que sufre una sobredosis al hospital y no a la comisaría porque “pone en peligro la seguridad nacional”, como el resto de los delitos federales.

Párrafo aparte merece una parte del estudio llamado “La atención de las personas con padecimiento psíquico, entre ellos los consumidores problemáticos”. Este apartado comienza pidiendo “una coordinación de múltiples recursos públicos y privados, que en este momento no existe” y “en segundo lugar, uno o más centros de diagnósticos especializados para que indiquen el abordaje terapéutico adecuado a cada caso. La apertura de centros de atención, que en cuanto a sus estrategias de abordaje, deben responder a las necesidades determinadas por la autoridad sanitaria coordinadora y no quedar libradas al voluntarismo de las ONG”.

Al respecto, la recomendación es que cualquier tipo de tratamiento restrictivo, a puertas cerradas, debe presentarse como última opción, dejando sentada la regla de la libertad del paciente. “La medida de la privación de la libertad del paciente debe ser revisada judicialmente mediante procedimientos simples, expeditivos, dotados de la mayor celeridad y, si correspondiera prolongarla por razones terapéuticas, ello debe ser objeto de un minucioso control periódico jurisdiccional obligatorio de los motivos de la internación, a los efectos de estudiar si las condiciones que determinaron su reclusión se mantienen o se modificaron.”

Entre las conclusiones se afirma que la despenalización de la tenencia de drogas para el consumo personal es una forma de parificarlas con otras sustancias no incriminadas penalmente “para posibilitar abordajes preventivos y asistenciales, no interferidos por el sistema penal”. Por otra parte, en los casos en que el consumo problemático de sustancias legales e ilegales requieran necesariamente de un tratamiento con o sin internación, éste siempre le será brindado teniendo en cuenta su condición de sujeto de derecho acreedor al más alto nivel posible de salud, mediante prácticas reconocidas y supervisadas por la autoridad sanitaria.

Hoy, para los expertos, se advierte que “el centro del problema está en el sujeto, que actúa en un contexto social determinado y recibe una sustancia que por carecer de control de calidad, no siempre produce los efectos detallados por la farmacología y la toxicología”.

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