Mié 30.01.2002

EL PAíS  › SUSPENDEN INDEMNIZACIONES POR TERRORISMO DE ESTADO

Las víctimas en el corralito

Como consecuencia de las medidas económicas fueron suspendidos los pagos de los bonos emitidos para indemnizar a los familiares de desaparecidos o asesinados durante el terrorismo de Estado. El abogado Manuel Gaggero y el diputado del ARI Oscar González hicieron sendas presentaciones para revertir esta situación.
Gaggero inició un recurso de amparo para que el Estado nacional “se inhiba de pesificar” y deje sin efecto “la restricción a la disponibilidad de rentas, amortizaciones y dividendos” de los bonos emitidos en el marco de la ley 24.411, que estableció las indemnizaciones para los familiares de las víctimas del terrorismo de Estado. La presentación se hizo sobre el caso de Emilia Susana Gaggero de Pujals, que fue secuestrada y desaparecida en la localidad de Moreno, pero si es resuelta en forma favorable se constituirá en un precedente para todos los familiares de desaparecidos que tienen sus pagos suspendidos.
En el plano legislativo, el diputado González elaboró un proyecto de ley para que se “exceptúe de la suspensión de pagos y amortización y rentas de bonos o títulos de la deuda pública” a los titulares o herederos de los beneficiarios de estas indemnizaciones.
“No sólo por razón de las particularidades y antecedentes de los casos, por la situación de desamparo en que muchos derechohabientes quedaron a partir del asesinato, desaparición forzada o fusilamiento de sus familiares y para que nada pueda empañar la inserción internacional de la República en materia de derechos humanos, propugnamos esta norma”, afirmó González en el escrito que también firmaron los legisladores Ariel Basteiro, Jorge Rivas, Alfredo Bravo y Rubén Giustiniani.
Gaggero señaló que “la reparación forma parte de la ‘deuda interna’ del Estado nacional que no entra ni en la cesación de pagos, ni puede ser pesificada o alterada unilateralmente por el Estado argentino, ni tampoco por la sociedad particular encargada de la negociación de dichos bonos”. “El carácter reparatorio de dicha indemnización por actos de terrorismo de Estado, obliga, conforme a los pactos internacionales incorporados a muestra Carta Magna, a mantener el monto y el tipo de moneda pactado al otorgamiento del bono”, expresó el abogado.

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