Vie 13.12.2002

EL PAíS  › LA OFICINA ANTICORRUPCION SALIO A CRUZAR A CARLOS BERCUN

“Vulneró la Ley de Etica Pública”

Manuel Garrido, funcionario de la OA, explicó detalladamente por qué el lobbista vulneró las normas de ética pública. Bercún había inventado que no era así, en una polémica con Nelson Castro.

› Por Adriana Meyer

Le salió el tiro por la culata. El lobbista Carlos Bercún, señalado como presunto emisario en el nuevo escándalo de coimas en el Senado, quiso defender su honor al asegurar que la actividad de su consultora BC & Asociados es legal, y para eso invocó un supuesto pronunciamiento de la Oficina Anticorrupción (OA) en su defensa. Sin embargo, el director de Investigaciones de la OA, Manuel Garrido, salió a desmentirlo en forma enfática. El funcionario afirmó que “por el contrario” Bercún violó la Ley de Etica Pública por haber sido proveedor del Ministerio de Economía antes de que pasara un año de su alejamiento como funcionario de esa cartera. Página/12 había revelado que Economía le pagaba al lobbista 19 mil pesos mensuales a cambio de su servicio de seguimiento parlamentario de los proyectos de ley relacionados con la actividad financiera. Entre sus clientes también figuraba el Banco Central y el Citibank, y aún vende sus informes a la Asociación de Bancos de Argentina (ABA).
En diciembre de 1999 Bercún se alejó de su cargo al frente de la Subsecretaría de Relaciones Institucionales del Ministerio de Economía, al que había accedido tres años antes por su relación con Roque Fernández. Y cinco meses después, en mayo de 2000, fue contratado en forma directa por esa cartera para realizar el “análisis de la totalidad de las iniciativas parlamentarias, atención de consultas sobre el estado parlamentario de proyectos, información anticipada sobre el desarrollo de reuniones en ambas Cámaras Legislativas, información sobre el comportamiento del voto de los principales bloques políticos”, entre otros servicios. El contrato se prorrogó sucesivamente cada seis meses hasta que el 4 de octubre el ministro Roberto Lavagna lo rescindió, en pleno escándalo por la revelación del Financial Times sobre un presunto pedido de soborno de “legisladores argentinos” a banqueros extranjeros para frenar una ley y tras la publicación de Página/12 sobre la existencia de ese convenio.
Bercún había enviado una carta documento al programa “Puntos de Vista” que conduce Nelson Castro en Radio La Red, intimándolo a rectificarse de las supuestas “injurias” contra su persona. Con la amenaza de iniciar “acciones criminales” contra el periodista para proteger su “honor”, Bercún aseguró en la carta que “la OA, en forma epistolar, me ha manifestado que en modo alguno me conciernen las normas que protegen la ética pública”, y recordó que ya no es funcionario público. Entrevistado por el programa, Garrido admitió que “es verdad que Bercún no es empleado público”, pero enfatizó que “igualmente está afectado y estuvo por la Ley de Etica Pública porque esta norma le impedía ser contratado como proveedor del Ministerio de Economía dentro del término de un año desde que el señor Bercún cesó como funcionario” de esa cartera. “No sólo es erróneo que la Oficina haya revocado su criterio original, sino que en su resolución del 16 de octubre pasado dijo que Bercún no sólo había violado la Ley de Etica Pública, sino que todavía tiene una investigación abierta para verificar otras posibles violaciones a esa norma”, agregó el funcionario de la OA ante Página/12. En concreto ese organismo analiza si Bercún estaba habilitado a proveer ese servicio, y en qué medida realmente su tarea consistía en la elaboración de informes y evacuación de consultas o si, además, se dedicaba a tareas de lobby.
El dictamen de la OA firmado por su titular Oscar Massoni, al que accedió este diario, sostiene que Bercún violó “el régimen de conflictos de intereses previsto en la Ley de Etica Pública porque a través de su consultora se constituyó en proveedor del organismo donde cumplía funciones públicas”. Sin embargo, admitió que esto es una infracción y no un delito, y destacó que la cuestión quedó abstracta porque el ministerio rescindió el contrato. La prohibición establecida en el artículo 13, de ser contratado antes del plazo de un año, se fundaba en la necesidad de evitar tener influencias en el organismo que ocupara para obtener unprovecho propio. En la OA lamentan que un decreto de Domingo Cavallo haya eliminado esa condición.

(Versión para móviles / versión de escritorio)

© 2000-2022 www.pagina12.com.ar | República Argentina
Versión para móviles / versión de escritorio | RSS rss
Política de privacidad | Todos los Derechos Reservados
Sitio desarrollado con software libre GNU/Linux