EL PAíS › LA SALA II DE LA CáMARA DE CASACIóN PENAL RECHAZó EL RECURSO DE LOS ABOGADOS DEL GRUPO CLARíN Y DIO LA RAZóN A ABUELAS
Los camaristas Gustavo Mitchell, Guillermo Yacobucci y Luis García rechazaron la legitimidad del recurso presentado por los abogados que no hicieron firmar los escritos a Marcela y Felipe Noble Herrera. Queda pendiente una apelación ante la Corte.
La Sala II de la Cámara de Casación Penal rechazó ayer el último recurso dilatorio presentado por los letrados que en teoría representan a Marcela y Felipe Noble Herrera. El motivo quedará en la historia de los papelones del micromundo abogadil: Jorge Anzorreguy, Alejandro Carrió y Roxana Piña apelaron las medidas de prueba que permitirían esclarecer el origen de los jóvenes, pero omitieron hacerles firmar el escrito. Gustavo Mitchell, Guillermo Yacobucci y Luis García también encomendaron al juez Conrado Bergesio que se esmere en esclarecer si Anzorreguy y Horacio Silva representan a las víctimas, rebautizadas tras una adopción irregular o a la imputada Ernestina Herrera viuda de Noble, dueña del grupo Clarín.
Las Abuelas de Plaza de Mayo destacaron en un comunicado que el tribunal “avaló la decisión de comparar las muestras genéticas de Felipe y Marcela Noble Herrera con todas las muestras del Banco Nacional de Datos Genéticos” e informaron que exigieron al juez Jorge Bergesio que “ordene al Banco comenzar las pericias cuanto antes para saber si Marcela y Felipe son hijos de desaparecidos”. Los abogados de Clarín tiene diez días para decidir si paleán ante la Corte Suprema.
Los abogados de Abuelas de Plaza de Mayo y de familias querellantes que desde hace treinta años buscan a sus seres queridos celebraron la resolución. “Es un fallo muy importante, un paso decisivo que sólo puede ser revertido por la Corte Suprema de Justicia”, evaluó Alan Iud, de Abuelas. “Por fin logramos después de tantos años que se abra la posibilidad de encontrar verdad y justicia”, afirmó Alcira Ríos. “Es un cachetazo a la impunidad judicial de los abogados de Clarín y tal vez sea el inicio del fin de tanto ocultamiento”, se esperanzó el abogado y periodista Pablo Llonto, autor de una biografía de la imputada.
Según el expediente de adopción de Marcela, el 13 de mayo de 1976 la viuda del fundador de Clarín se presentó ante la jueza Ofelia Hejt, de San Isidro, con una beba en sus manos. Dijo que la había encontrado once días antes en una caja abandonada en la puerta de su casa de Lomas de San Isidro y ofreció como testigos a una vecina y al cuidador de la casa de la vecina. En 2001, Roberto Antonio García, de 85 años, declaró ante el juez Roberto Marquevich que nunca fue cuidador de esa casa. Su trabajo durante cuarenta años fue como chofer de Roberto Noble y, tras su muerte en 1969, de la viuda. Tampoco la presunta vecina vivía allí, según declaró su nieta y corroboró la policía. El juez confirmó en registros oficiales otra afirmación del chofer: la señora de Noble no vivió en la casa que declaró.
El expediente de adopción de Felipe sostiene que la madre, Carmen Luisa Delta, se lo entregó a la jueza Hejt el 7 de julio de 1976. El mismo día, sin disponer un estudio ambiental ni determinar las circunstancias del nacimiento, la jueza concedió la guarda a la viuda de Noble. Marquevich determinó que la señora Delta nunca existió. Según Abuelas, el dato falso sobre el domicilio en San Isidro y la omisión del sistema de turnos fueron decisivos para determinar la competencia del tribunal. (Hejt, ya fallecida, es la misma jueza que en abril de 1977, sin disponer medidas para ubicar a su familia y pese a las evidencias de que sus padres habían sido secuestrados por el Ejército, entregó en guarda a Andrés La Blunda, de tres meses, quien recuperó su identidad en 1984.)
Las irregularidades en las adopciones derivaron en 2002 en la detención de la viuda de Noble, decisión que le costó a Marquevich su destitución en un juicio político impulsado por los abogados de Clarín. Días después de ser liberada, Herrera de Noble emitió su primera y única declaración pública sobre el tema: “Muchas veces he hablado con mis hijos sobre la posibilidad de que ellos y sus padres hayan sido víctimas de la represión ilegal”, escribió, y no escatimó esfuerzos para impedirles corroborarlo.
Bergesio, que reemplazó a Marquevich, durmió la causa durante siete años. A principios de febrero, intimado por la Cámara Federal de San Martín y denunciado por retardo de justicia, ordenó dos medidas: cruzar con todo el Banco Nacional de Datos Genéticos las muestras de ADN de los jóvenes (obtenidas en allanamientos irregulares, según denunció Abuelas), y extraerles sangre, salvo que aceptaran enviar al BNDG las muestras que se realizaron en el Cuerpo Médico Forense. Anzorreguy, Carrió y Piña apelaron ambas decisiones. La Cámara respaldó lo ordenado por Bergesio y remarcó que los jóvenes no habían firmado la apelación. Casación ordenó suspender las medidas y escuchó a las partes en una audiencia pública.
Carrió sostuvo que avanzar con las medidas derivaría en un “gravamen irreparable” para las víctimas, pues “una vez que se determine su origen genético el develamiento (de sus identidades) es irreversible”, y pidió que Casación le ordenara a la Cámara pronunciarse sobre ese tema de fondo. Iud recordó que Abuelas fue admitida como querellante para determinar la identidad de los jóvenes, cuestionó que no habían firmado la apelación y remarcó la “doble representación” de Anzorreguy y Silva (en medio del proceso, por causas desconocidas, las víctimas emitieron poderes a favor de Silva y de Ignacio Padilla, quinto abogado en cuestión).
Casación le dio la razón a Abuelas y no llegó a pronunciarse sobre el tema de fondo. Anzorreguy, Carrió y Piña “no acreditaron en ningún momento tener poder de representación o mandato para recurrir en interés” de quienes dicen representar, explicaron. Tampoco fundaron “las razones de necesidad y urgencia que les han impedido cumplir con las exigencias procesales”, sostuvieron. “No se trata de un mero rigorismo formal. La legitimación para actuar es uno de los puntos centrales en el proceso”, apuntó Yacobucci. Marcaron “la incompatibilidad de intereses entre la imputada y quienes se alega serían víctimas”, le encomendaron a Bergesio esclarecer a quién representan Anzorreguy y Silva, y ordenaron remitir copia del expediente al Colegio Público de Abogados para que evalúe eventuales sanciones. “Si fuera abogado de Noble buscaría el diploma y se lo tiraría a los chanchos”, reflexionó Llonto. “Me daría vergüenza ser recordado como el abogado que presentó escritos sin firma de los apelantes y que además pretende defender a víctimas y apropiadores. Ojalá el juez de turno lleve a fondo la denuncia y el Colegio les saque la matrícula. El lunes puede empezar otra historia”, concluyó.
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