EL PAíS › OPINIóN
› Por Gabriel Pérez Barberá *
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El día 29 de marzo, el diario cordobés La Voz del Interior, bajo el título “Jueces y obispos lanzan señal de advertencia”, publicó que “la Asociación de Magistrados y Funcionarios de la Justicia Nacional sostuvo que el bloqueo a la distribución de los diarios Clarín, Olé y La Nación ‘no puede ser encuadrado como una simple manifestación sindical’, porque ‘afecta pilares esenciales de la vida republicana y democrática, como son la libertad de expresión y el derecho de los ciudadanos a informarse’”.
Debo decir que como hombre de derecho, y en especial como juez, me sentí profundamente decepcionado con esta noticia. La Asociación en cuestión no me representa, pues soy juez de la provincia de Córdoba. Pero de todas formas considero preocupante que otros colegas se pronuncien de esa manera. Si hay algo que caracteriza el rol de los jueces es que éstos nunca emiten opinión respecto de un asunto jurídicamente relevante hasta no tener un conocimiento acabado de los hechos y de sus pruebas. Y ello debe ser así no sólo cuando se pronuncian jurisdiccionalmente (dictando una sentencia, por ejemplo) sino también cuando –como en esta ocasión– se pronuncian institucional o corporativamente. Porque incluso en sus intervenciones corporativas tienen los jueces el deber ético de actuar con suma prudencia frente a sucesos que son de interés público: eso es lo que los ciudadanos esperan de ellos.
Y esta declaración de la Asociación de Magistrados de la Justicia Nacional no es prudente. En primer lugar, porque aquí los jueces se pronuncian sobre un acontecimiento extremadamente complejo apenas un día después de ocurrido y, por tanto, sin ninguna posibilidad de conocerlo en profundidad incluso como meros ciudadanos: esa inmediatez de la reacción no tiene nada de cuestionable si proviene de periodistas o políticos, pero sí es reprochable si tiene su origen en jueces. Y en segundo lugar porque, no obstante lo que se acaba de señalar, esta Asociación de Magistrados toma decididamente partido por una de las partes en conflicto, cuando éste, por sus características, es de los que generan los debates jurídicamente más difíciles, a saber: el de la colisión de varios derechos constitucionales en principio de idéntica jerarquía (si se lo considera como un conflicto entre la libertad de expresión de Clarín, el derecho a informarse de los ciudadanos y la libertad sindical), o el de la colisión de intereses diferentes frente a un mismo derecho constitucional (si se lo considera como un conflicto entre la libertad de expresión de Clarín y la libertad de expresión de los trabajadores).
Como sea que se lo mire al conflicto, es obvio que, si se es jurista y no se quiere ser superficial, no es posible darlo por resuelto de un día para el otro, sin ponderar con cuidado todos los ingredientes del caso. Pues cuál sea su solución correcta depende de las pruebas de la causa, para cuyo análisis se necesita de un proceso judicial o administrativo y, por lo tanto, de tiempo. No es admisible, entonces, que jueces funden una opinión institucional en meras intuiciones apriorísticas.
Se dirá que este pronunciamiento de esta Asociación de Magistrados no fue jurídico sino político. Pues bien: en ese caso habrá que revisar qué legitimidad tiene una declaración con esa finalidad si los que la suscriben son jueces, en especial cuando existen normas éticas que indican que “el ejercicio de la administración de justicia es incompatible con las actividades político-partidarias y con la emisión pública de opiniones que trasluzcan una filiación partidaria” (Código de Etica para los magistrados y funcionarios del Poder Judicial de Córdoba, art. 3.8). Se dirá que esta declaración no trasluce una filiación partidaria, sino en todo caso una filiación ideológica. Pues bien: en ese caso habrá que revisar hasta qué punto no está fundada en una falacia la idea generalizada de que los jueces, en sus pronunciamientos (jurisdiccionales y corporativos), son ideológicamente neutros.
Imagínese por un momento que una asociación de magistrados, en relación con este conflicto, se hubiese pronunciado a favor de la postura del gobierno actual: sin dudas habría recibido una dura crítica no sólo de contenido, sino también, y especialmente, de principios por parte de muchos jueces y de los medios de prensa dominantes, es decir: le habrían espetado no sólo que esa opinión es incorrecta, sino que ya el mero hecho de opinar sobre esos temas es algo que directamente los jueces no deben hacer, invocando para ello, seguramente, la violación de normas éticas similares a la aquí citada y, sobre todo, el consabido –y ciertamente acertado aunque para otros contextos– reproche a la permeabilidad de los jueces ante el poder estatal de turno. Pero el pronunciamiento corporativo de los jueces ideológicamente afín a los poderosos medios privados de prensa no sólo no es reprochado éticamente por éstos sino que, por el contrario, es aceptado y hasta elogiado, tanto éticamente cuanto por su contenido. Se olvida con ello que tan mal juez es el influenciable por el poder político como el genuflexo frente al poder privado.
* Doctor en Derecho. Juez de la Cámara de Acusación de Córdoba.
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