Jue 02.06.2011

EL PAíS  › LUCIANO HAZAN INTEGRARá EL COMITé SOBRE DESAPARICIóN FORZADA DE LA ONU

“No se trata de un problema del pasado”

Tiene 33 años y es abogado de Abuelas de Plaza de Mayo. La Cancillería lo propuso como representante argentino en el Comité, que tiene diez integrantes, y el martes último su nombre fue votado en la primera reunión de la Convención en Nueva York.

› Por Irina Hauser

El Comité que se ocupará de la aplicación de la Convención Internacional contra las Desapariciones Forzadas de Naciones Unidas tendrá entre sus diez miembros a un joven penalista argentino, abogado de Abuelas de Plaza de Mayo. Se trata de Luciano Hazan, propuesto por la Cancillería argentina y elegido anteayer en la primera reunión de Estados parte que se hizo en Nueva York. El grupo de especialistas que integrará tiene entre sus grandes misiones la de promover mecanismos para evitar las desapariciones forzadas, pero a su vez recibirá denuncias por nuevos hechos y víctimas, pedirá informes, hará visitas cuando lo evalúe necesario, sacará sus conclusiones y podrá establecer reparaciones y condenas de carácter político. “La desaparición forzada no es un problema del pasado, es un problema actual, del nuestro y otros países”, le dijo a Página/12.

–¿Las desapariciones de Luciano Arruga (con policías bonaerenses involucrados) y la del testigo Julio López podrían ser denunciadas ante el Comité?

–Se las podría considerar desapariciones forzadas, pero no podrán presentarse como petición ante el comité, porque la aplicación de la Convención no es retroactiva, sino de aquí en adelante. Si hubiera un nuevo “Arruga”, sí podría ser denunciado.

–¿Se las considera desapariciones forzadas aunque no sean generalizadas?

–La desaparición forzada no necesariamente tiene que ser sistemática o generalizada. Si lo es, estamos ante un crimen de lesa humanidad. Si no lo es, igualmente viola la Convención.

–Cuando usted dice que las de-sapariciones forzadas no son un asunto del pasado, ¿qué ejemplos tiene en mente?

–Pienso, además de casos como Arruga o López, que tenemos cuerpos de desaparecidos durante la última dictadura que nunca se hallaron, o en que hay 400 niños hijos de desaparecidos cuya identidad fue sustraída y aún los estamos buscando. Y otros tantos países tienen sus desapariciones forzadas. En Ciudad Juárez, México, hay mujeres desaparecidas. Los hay en Irak. Hay muchos ejemplos.

–¿En qué consistirá entonces la aplicación de la Convención?

–Por un lado, establece principios generales de que nadie puede ser sometido a desaparición forzada, es decir, a ninguna forma de detención, secuestro o privación de la libertad realizada desde el Estado o con su apoyo seguida del ocultamiento del paradero. No se pueden invocar circunstancias excepcionales para justificar esas desapariciones: ni amenaza o estado de guerra, ni inestabilidad política. Pero además los Estados parte quedan obligados a tipificar la desaparición forzada como delito. Argentina, de hecho, lo hizo muy recientemente. Hasta ahora en los juicios se imputaba privación ilegal de la libertad, pero la desaparición forzada tendrá penas proporcionales. El tipo básico prevé 25 años de prisión, y cuando es seguido de muerte tiene perpetua.

–¿La apropiación de hijos de desaparecidos es desaparición forzada?

–Sí, así quedó establecido, e incluso es un agravante que también prevé prisión perpetua. Desde Abuelas entendemos que en Argentina va a ser aplicable en los procesos nuevos y en los que aún no haya habido indagatoria. Esto es posible porque se trata de un delito continuado.

–¿Qué facultades tendrá el Comité que usted va a integrar?

–Van a ser muy similares a las que tiene el Comité de Derechos Humanos de Naciones Unidas, que aplica el Pacto de Derechos Civiles y Políticos: funcionará como un cuerpo colegiado que recibirá denuncias de particulares de los Estados parte, puede pedir informes a los Estados, hacer visitas cuando sea necesario y elabora sus propios informes sobre el respeto a la Convención. Podrá también dictar medidas cautelares (un ejemplo sería ordenar preservar una fosa común), establecer reparaciones y condenas de carácter político. La lógica es que el funcionamiento del Comité tenga una fuerte utilidad preventiva; que genera que los Estados sean cuidadosos a la hora de ejercer un poder punitivo subterráneo. Pero también que sea reparador ante nuevas desapariciones forzadas.

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