Vie 24.06.2011

EL PAíS  › LA CAMARA DE CASACION SUSPENDIO EL TRAMITE DE APELACIONES EN EL CASO NOBLE

A la espera del análisis

Felipe y Marcela Noble Herrera, los hijos adoptivos de la dueña de Clarín, deben presentarse hoy en el Banco Nacional de Datos Genéticos para aportar las nuestras de sangre y saliva. Casación interrumpió las apelaciones.

Los integrantes de la Sala II de Casación presididos por Yacobucci al anunciar el fallo del caso Noble.
Imagen: Bernardino Avila.

La Sala II de la Cámara Nacional de Casación Penal suspendió el miércoles el trámite de los recursos extraordinarios presentados en el marco de la causa que investiga la identidad de los jóvenes adoptados en 1976 por la dueña del Grupo Clarín, Ernestina Herrera de Noble. La decisión del tribunal es consecuencia de la presentación efectuada por Felipe y Marcela Noble Herrera, por la cual accedieron a realizarse voluntariamente exámenes de ADN para cruzar con todas las familias del Banco Nacional de Datos Genéticos, y habilita a la jueza federal Sandra Arroyo Salgado a avanzar sin condicionamientos con las medidas de prueba que Abuelas de Plaza de Mayo y los abogados de las familias querellantes plantean desde hace más de una década. La magistrada convocó a Marcela y Felipe Noble Herrera para hoy a las nueve de la mañana en el Hospital Durand, donde deberán aportar “mínimas muestras de sangre, saliva, piel, cabello u otras muestras biológicas” que permitan aislar sus secuencias de ADN.

Hace dos semanas, los jueces Guillermo Yacobucci, Luis García y Raúl Madueño legitimaron los trámites de adopción irregulares gestionados en pleno terrorismo de Estado y limitaron el entrecruzamiento de ADN de los jóvenes a las familias cuyas hijas fueron secuestradas antes de las fechas en las que –según esos expedientes– comenzaron los trámites: 13 de mayo de 1976 en el caso de Marcela, 7 de julio del mismo año en el caso de Felipe. Ante un pedido de aclaratoria, Madueño cambió de postura y dijo que el cruce debía hacerse con todo el BNDG. El viernes pasado, luego de que Abuelas, los abogados Pablo Llonto y Alcira Ríos, y el fiscal Raúl Plee presentaran un recurso extraordinario, los jóvenes se presentaron sorpresivamente ante la jueza de primera instancia, justo cuando se vencía el plazo para apelar y le notificaron su voluntad de someterse a una extracción de muestras de ADN.

Ante el nuevo escenario, ya sin derechos encontrados entre las partes, Arroyo Salgado resolvió el miércoles convocar a Marcela y Felipe al Hospital Durand para concretar el paso inicial del proceso de identificación. El mismo día notificó formalmente sobre las novedades a Casación. El mismo miércoles, el máximo tribunal penal del país suspendió el trámite de las apelaciones, lo que implica que no siguió adelante con los pasos habituales, como dar vista de los recursos extraordinarios a todas las partes antes de resolver.

“Casación está diciendo que ante el nuevo escenario no va a sacar ninguna resolución nueva. Le está diciendo a la jueza: ‘Resuélvalo usted’”, interpretó Alan Iud, abogado de Abuelas de Plaza de Mayo. “Casación se había pronunciado fijando límites ante un conflicto entre las partes que ya no existe. Ahora no hay tensión que resolver porque hay acuerdo entre todos los involucrados. Lo más razonable es que la jueza saque una nueva resolución, sencilla, explicando que, desaparecido el conflicto de derechos, puede avanzar con las medidas que establece la ley. No estaría desautorizando a un tribunal superior sino resolviendo una situación de hecho distinta”, abundó el letrado.

En la resolución por la que fijó fecha para las extracciones de ADN, la jueza Arroyo Salgado no explicitó sus próximos pasos, a la espera de la respuesta de Casación. Sin embargo, la magistrada dejó en claro que “los alcances del posterior cotejo” con vistas a las identificaciones “se ajustará(n) a lo que –en definitiva– resulte dispuesto en sede judicial”. También aclaró que “cualquier manifestación de voluntad” de los hermanos Noble Herrera (en términos procesales se denominan “terceros interesados intervinientes en el proceso”) no es vinculante. La aclaración no apuntaría en este caso a la limitación que fijó Casación antes del cambio de estrategia de los Noble Herrera, sino a las fechas en las que –al margen del expediente, plagado de falacias– la jueza considere probado que los niños ya estaban en manos de Herrera de Noble.

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