EL PAíS › MEDIDA CAUTELAR PARA PROTEGER A UN TESTIGO DE JUICIOS CONTRA REPRESORES
La jueza Elena Liberatori le ordenó al jefe de Gobierno que disponga contención para Carlos Pisoni, integrante de Hijos y querellante en causas por delitos de lesa humanidad. La Legislatura sancionó en 2008 una ley de protección de testigos que nunca fue reglamentada.
La Ciudad Autónoma de Buenos Aires no tiene un programa de protección de testigos, algo ya implementado a nivel nacional tras la desaparición de Jorge Julio López, pero la Justicia dio ayer un primer paso para enmendar la inacción del Ejecutivo local: la jueza Elena Liberatori dictó una medida cautelar en la que ordenó al jefe de Gobierno que disponga el acompañamiento, contención y apoyo psicológico a Carlos Pisoni, integrante de la agrupación Hijos, en carácter de testigo y querellante en causas por delitos de lesa humanidad. Lo hizo en respuesta al amparo presentado por Pisoni, con el patrocinio del Observatorio de Derechos Humanos (ODH).
Tal como publicó ayer Página/12, el ODH había hecho esa presentación contra el gobierno porteño para que reglamente una ley de 2008, que establecía la creación de un sistema de protección de testigos víctimas del terrorismo de Estado en los juicios por delitos de lesa humanidad cometidos durante la dictadura, algo que la administración de Mauricio Macri no hizo desde que la norma fue votada por unanimidad por la Legislatura, el 27 de noviembre de ese año. Se trata de la Ley 2939, cuyo proyecto había sido presentado por el diputado Raúl Fernández, y establece que el Estado de la Ciudad debe garantizar a las víctimas, testigos y querellantes el acompañamiento y contención durante las audiencias del juicio, la asistencia psicológica y la derivación a los diversos centros de salud que cuenten con atención especializada.
La norma debía ser reglamentada dentro de los sesenta días, según establece la Constitución porteña, y ese plazo expiró en marzo de 2009. Por lo tanto Hijos denunció que, como aún continúa sin reglamentarse ni implementarse, esto equivale a un “veto encubierto”. Según dijeron, la actitud del gobierno de Macri “demuestra que una ley promulgada puede ser vetada de facto, fuera del plazo”, y en este caso evidencia que “no tiene interés o no está a la altura del proceso histórico de justicia por los crímenes de lesa humanidad”. Fuentes del macrismo sostuvieron que carecen de “capacidad operativa” para implementar tal programa, y deslizaron que debiera hacerlo el Instituto Espacio por la Memoria, donde están representados todos los organismos de derechos humanos.
Tras destacar las situaciones de vulnerabilidad de sobrevivientes y testigos que “reviven el horror” al testimoniar, Hijos sostuvo que la omisión de reglamentar esa ley “causa un daño real, cierto, efectivo y actual a los derechos consagrados en la Constitución nacional y en tratados internacionales”. Y agregó que “es evidente que la protección de los derechos humanos no puede recaer en la voluntariedad de ONG comprometidas, es el Estado el obligado a garantizar la vigencia irrestricta de los derechos humanos”. Con el amparo presentado –en el que además de la de-saparición de López mencionaron el asesinato de Silvia Suppo y los secuestros de Luis Gerez y Víctor Martínez, además del asesinato del represor Héctor Febres mientras estaba siendo juzgado por delitos de lesa humanidad– Hijos y el ODH requirieron el auxilio de la Justicia para subsanar “la desidia con que actúa el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, que pone en serio riesgo la salud de los testigos y querellantes en juicios por crímenes cometidos por la dictadura, comprometiendo, al mismo tiempo, la verdad histórica”.
Pisoni participó en calidad de testigo y querellante en el juicio por los crímenes cometidos en los centros clandestinos Atlético, Banco y Olimpo, y volverá a ser convocado para dar testimonio ante el Tribunal Oral Federal 2. Ayer el militante de Hijos explicó a Página/12 que “se trata de un primer paso por el cual la Justicia ordena cubrirme ante la ausencia de un programa”. El segundo paso debería ser una intimación judicial al Poder Ejecutivo de la Ciudad para que reglamente la ley, pero para abordar esta cuestión de fondo, y resolver así el amparo, deben ser escuchadas las partes como parte de una serie de medidas que no son de resolución inmediata. Ante el ingreso de la Justicia en la feria judicial de invierno, quedará pendiente esta cuestión de fondo, incluso hasta tanto el expediente 41958/0 quede en manos de la jueza Liberatori o pase a otro juzgado por una cuestión de subrogancia.
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