EL PAíS › EN LA CAUSA POR LA REPRESIóN Y LOS ASESINATOS EN EL PARQUE INDOAMERICANO
El juez Edison Otero sobreseyó a los agentes de la Metropolitana y de la Federal imputados por las muertes de Bernardo Salgueiro y Rosemary Chura Puña. También eximió de responsabilidad a la jueza que había ordenado desalojar el Parque. La fiscalía apelará.
› Por Adriana Meyer
La causa por el violento desalojo policial del Parque Indoamericano –que el 7 de diciembre de 2010 produjo dos asesinatos durante la represión a los ocupantes de ese predio en Villa Soldati– quedó prácticamente en fojas cero. El juez de instrucción Edison Otero sobreseyó a 44 policías, 33 de ellos de la Metropolitana y 11 de la Federal, imputados por la fiscalía por la muerte con balas de plomo de Bernardo Salgueiro y Rosemary Chura Puña, de nacionalidad paraguaya y boliviana, respectivamente. El magistrado eximió también de toda responsabilidad a su colega porteña María Cristina Nazar, quien había dado la orden para expulsar a los “usurpadores”. En su resolución, el juez descalificó la investigación del hecho producida por la fiscalía a cargo de Sandro Abraldes y aludió a su “incapacidad” para dar con los autores materiales de las muertes y de producir una “acusación genérica”.
En diciembre, el fiscal había solicitado la indagatoria de 33 uniformados y había argumentado que “integrantes de la Policía Metropolitana efectuaron disparos de arma larga tipo escopeta contra las víctimas, utilizando cartuchos antitumulto, adulterados mediante la sustitución previa con una posta de plomo”, de modo que sólo así “puede explicarse la cantidad de heridas con un solo perdigón en diferentes personas, en tiempos tan disímiles y en lugares tan distantes entre sí”. Y acusó a la jueza Nazar de haber actuado de manera forzada, bajo posibles presiones, sin supervisar el procedimiento ni tomar medidas para proteger la vida de las personas en riesgo. En definitiva, dijo que fue “desaprensiva”. El juez Otero enfatizó que “la presente causa no afecta el buen nombre y honor del que gozaran” los beneficiados por su medida, que da por tierra la posibilidad de imputar a quienes dieron las órdenes en aquel operativo, incluida la magistrada que había sido acusada por la fiscalía.
Por la responsabilidad conjunta en la represión, Abraldes había apartado a la Federal de la investigación y pedido el auxilio de la Gendarmería para las pericias balísticas. Había sido ése el momento inicial de sus cruces. En su fallo, Otero encomendó a “personal de la Prefectura Naval Argentina la individualización de los autores del hecho aquí investigado” y prometió “impartirle las directivas específicas que el caso amerita”. Según una fuente judicial consultada por Página/12, el juez “no explica por qué saca a la Gendarmería, y es falso que la Prefectura vaya a revisar la causa porque el propio fallo hace imposible revisar la actuación de las fuerzas de seguridad”. Entre los sobreseídos figuran los comisarios federales Roberto Agustín Palavecino, Hugo Ernesto Lompizano, Juan Antonio Quintero y Emilio Ramón Miragaya. Entre los Metropolitanos, en tanto, están el comisario mayor Ricardo Ferron, el inspector Diego Castillo, subinspectores Mario Barrionuevo, Hugo Sánchez, Rubén Boonstra, Claudio Maeso y Víctor Germán Petraitis y decenas de oficiales participantes del operativo desplegado bajo el paraguas de la orden de la jueza Nazar.
En la misma línea descalificatoria de la actuación de la fiscalía, el juez agregó que “se ha desperdiciado una oportunidad de gran valor para dar respuesta a quienes han resultado damnificados en este suceso, a los familiares de las víctimas fatales y a la sociedad en general”. Según argumentó, las conclusiones a las que llegó Abraldes “terminan conformando, a modo de justificación por la propia incapacidad de dar con los autores materiales, una imputación cuasi genérica dirigida hacia todos aquellos que se hallaran comprendidos en sectores distintos de quienes intentaron ocupar el predio denominado Parque Indoamericano”. A su criterio, como la orden de desalojo era legítima, el accionar policial estaría justificado. “La ecuación ha sido tan simple como efectista: los proyectiles debieron provenir del grupo de funcionarios que pretendían cumplimentar la orden judicial de desalojo sobre el predio y la responsabilidad debiera extenderse a todos quienes participaron en la gestación de aquella orden”, dijo Otero, al cuestionar el razonamiento del fiscal.
“Nunca vimos un nivel de agresividad semejante”, se sorprendió ayer la fuente consultada respecto de los duros términos de Otero. Pero el enfrentamiento no es novedad, de hecho el fiscal Abraldes había intentado sin éxito recusar al magistrado. El fallo será apelado por la fiscalía ante la Cámara del Crimen, que en otros tramos del expediente le dio la razón a Abraldes. Así las cosas, queda en pie el procesamiento de un comisario de la Federal, Eduardo Pereyra, cuyo sobreseimiento fue revocado por la Cámara a pedido del fiscal, por no haber evitado que sus subalternos torturaran al joven Emanuel Ríos.
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