EL PAíS › OPINIóN
› Por Oscar González *
Ahora que asoma el tema de una hipotética reforma constitucional, viene a cuento la frase de un joven estudiante que para recibirse de abogado la asentó en su tesis de graduación. “El derecho no es una abstracción, una entidad metafísica, es un fenómeno social”, decía Alfredo Palacios en 1900. Añadía: “Las leyes jurídicas que rigen las relaciones civiles, actualmente no están de acuerdo con el desenvolvimiento social y económico”.
La tesis fue rechazada de plano por los obtusos profesores de la Facultad de Derecho de entonces por “atacar las instituciones”. Pero sus dichos resultan, aún hoy, incontrastables.
Las modificaciones a los códigos Civil y de Comercio, que tratará el Congreso en breve, así como la designación de una comisión de juristas para elaborar el proyecto de nuevo Código Penal, reflejan que aquellas consideraciones de comienzos del siglo pasado permanecen como una opinión corriente y consolidada. Salvo, claro, para mentes retrógradas, que también las hay, las de quienes intentan dotar de una pétrea rigidez a nuestra Constitución Nacional ignorando lo elemental: que el propio texto, inequívoco, señala en su artículo 30 que ella “puede reformarse en el todo o en cualquiera de sus partes”.
Son muchos los argumentos en favor de una actualización de nuestra Ley Fundamental, ya que la evolución de la sociedad, con sus nuevos derechos y la ampliación de los ya vigentes, obliga a la armonía normativa. Un imperativo del texto supremo que expresa nada menos que las condiciones de materialización de la convivencia social y las relaciones entre los distintos estamentos del Estado.
Esa virtualidad contrasta con los intentos de retacear a las actuales y futuras generaciones su derecho a avanzar en la elaboración de pautas más acordes con el correr de los tiempos. Una posibilidad que es absurdo impedir aludiendo a los supuestos riesgos de eternización que, temen algunos, podría significar la inclusión en el debate de la reelección presidencial.
Como si el tema de la reelegibidad presidencial, en una república democrática, fuera un dogma intocable y no un aspecto político relacionado expresamente con el ejercicio de la soberanía popular.
* Dirigente del Socialismo para la Victoria.
(Versión para móviles / versión de escritorio)
© 2000-2022 www.pagina12.com.ar | República Argentina
Versión para móviles / versión de escritorio | RSS
Política de privacidad | Todos los Derechos Reservados
Sitio desarrollado con software libre GNU/Linux