Vie 15.06.2012

EL PAíS  › CASACION REVOCO LA ABSOLUCION DE UN GENERAL Y DOS CORONELES Y LOS CONDENO A MAS DE VEINTE AÑOS

Reclamo de detención inmediata

El TOF5 había absuelto a tres jefes militares. Casación le fijó, en cambio, la pena máxima de 25 años de prisión al coronel Humberto Lobaiza, mientras que al general Teófilo Saa y al coronel Felipe José Alespeite les dio 22 años.

› Por Irina Hauser

La Sala IV de la Cámara de Casación Penal revocó la absolución de tres ex jefes del Regimiento Patricios y los condenó por secuestros y torturas cometidos durante la última dictadura en el ámbito de la ciudad de Buenos Aires. Al coronel Humberto Lobaiza le fijó la pena máxima, de 25 años de prisión, mientras que al general Teófilo Saa y al coronel Felipe José Alespeite les dio 22 años respectivamente. El fallo también ratificó las condenas a prisión perpetua del general Jorge Olivera Róvere, que era jefe de subzona, y del coronel Bernardo José Menéndez, jefe del Grupo Artillería de Defensa Aérea (GADA) 101 e incluso la amplió a otros casos. La sentencia con la que en 2009 el Tribunal Oral Federal 5 (TOF5) había eximido de culpa y cargo a los tres jefes de área representó una grieta en el avance de los juicios por los crímenes del terrorismo de Estado, que ahora Casación apunta a reparar. Excepto Olivera Róvere, todos los condenados están en libertad, por eso el fiscal del juicio, Félix Crous, ayer mismo pidió que sean detenidos.

“La exorbitante gravedad de los hechos, cuyas innumerables repercusiones han sido acabadamente descriptas en el alegato fiscal, no posibilita alejarse en demasía de los márgenes del máximo de la escala aplicable”, dice la resolución de más de 300 páginas que firmaron los camaristas Gustavo Hornos, Mariano Borinsky y Juan Gemignani al momento de justificar los montos de las penas. “Los crímenes de lesa humanidad no lesionan sólo a la víctima que ve cercenados por el delito sus derechos básicos, sino que también implican una lesión a toda la humanidad como conjunto”, afirma. Lobaiza y Saa fueron jefes del Regimiento de Infantería Patricios. Al primero, Casación lo encontró culpable de 45 hechos, y al segundo de 16, lo mismo que a Alespeite, que fue segundo jefe del Patricios.

El juicio contra este grupo de altos mandos del Primer Cuerpo de Ejército transcurrió en 2009. Duró casi un año y abarcó 242 privaciones ilegales de la libertad, torturas y seis homicidios. Eran víctimas que fueron vistas en los centros clandestinos Atlético, Banco, Olimpo y Automotores Orletti, Coordinación Federal y Garage Azopardo, entre otros, aunque otras no se supo por qué lugares de detención pasaron. Durante su alegato, en aquel entonces el fiscal Crous explicó que Olivera Róvere era mano derecha del general Carlos Suárez Mason y encabezaba la llamada subzona de Capital Federal, que a su vez se dividía en áreas que le seguían en la jerarquía, lo que incluía cuatro regimientos y el GADA. Los jefes de esas áreas, precisó, se ocupaban de dar instrucciones y de liberar zonas en coordinación con la Policía Federal para que actuaran los grupos de tareas. Aportaban tareas de inteligencia y hasta se ocupaban de custodiar las casas que habían sido asaltadas por los militares después de cada hecho.

Para la fiscalía y las querellas era evidente que los jefes de área tuvieron un papel preponderante en el plan sistemático de la represión ilegal de la última dictadura, pero el TOF5 interpretó que las responsabilidades llegaban hasta los jefes de subzona, de ahí las absoluciones. Entre algunos de los argumentos, llegaron a avalar el blanqueo de detenidos a través de los Consejos de Guerra. En la sentencia fueron más los absueltos que los condenados, tres y dos. Los jueces, en se momento, eran Guillermo Gordo (quien renunció a partir del 1º de julio), Ricardo Farías (juez de instrucción que estaba como subrogante) y Daniel Obligado. Gordo, hijo de un general de Brigada, era en 1976 oficial del Tribunal de Familia de Lomas de Zamora que encabezaba su suegra, la fallecida Martha Delia Pons, que daba en adopción hijos de desaparecidos mientras les decía a las Abuelas de Plaza de Mayo que no les devolvería a sus nietos porque “sus hijos eran terroristas” y ellas no “tenían derecho a criarlos”. Gordo fue un ferviente opositor a la publicidad de los juicios por violaciones a los derechos humanos.

“La sentencia de Casación –evaluó Crous– revierte un fallo injusto y peligroso, que reducía la responsabilidad de los oficiales superiores de las Fuerzas Armadas durante la última dictadura a su mínima expresión, como con la ley de obediencia debida. Sentaba el precedente de que las Areas eran estamentos ajenos a la represión clandestina y daba validez a las leyes del gobierno usurpador. También menospreciaba la documentación de la Conadep como prueba.”. “Todo ha sido revocado por Casación, que dejó de ser un cuartel carapintada para ser un Tribunal de Justicia”, enfatizó el fiscal.

La condena de la Sala IV contra los jefes de Area incluyeron, entre otros casos, los del secuestro de María Fernanda Martínez Suárez (sobrina de Mirtha Legrand) y su esposo, Julio Panebianco; el secuestro de Carmen Lapacó (Madre de Plaza de Mayo y una de las fundadoras del CELS), del empleado judicial Jorge Reyes, el de Olga Cañueto (esposa del diputado de la Tendencia de la JP Miguel Zavala Rodríguez, asesinado), el de María Adelaida Viñas (hija de David Viñas), de Jorge Di Pascuale (del sindicato de Farmacia), de Esteban Ojea Quintana (del gremio de los judiciales) y del sindicalista tucumano del azúcar Vicente Benito Romano Suárez. El juicio había incluido también los casos de los asesinatos de los uruguayos Zelmar Michelini y Héctor Gutiérrez Ruiz, el del escritor Haroldo Conti, Marcelo Gelman (hijo del poeta Juan Gelman), Cristina Navajas de Santucho y Manuela Santucho (esposa y hermana de Roberto Santucho).

Aunque Olivera Róvere y Menéndez habían sido condenados a prisión perpetua seguían en libertad al no haber sentencia firme. Olivera Róvere quedó detenido por el juicio de Circuito Camps, en La Plata. Menéndez, que es abogado y había ejercido su propia defensa, después de la sentencia actuó como defensor de Rubén Visuara en el juicio por los crímenes en Orletti. Félix Crous pidió que sean detenidos, junto con Lobaiza, Alespeite y Saa, quienes gozan de excarcelaciones de instancias anteriores, que el TOF5 (que ahora componen Obligado, Adriana Paliotti y Oscar Hergott) tiene la posibilidad de revocar por el riesgo que implica que estén libres con tan altas penas.

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