Sáb 15.12.2012

EL PAíS  › DECISION DEL JUEZ FEDERAL DE LA PLATA ADOLFO GABINO ZIULU

Un tope a la tarifa de Cablevisión

Cablevisión deberá limitar las tarifas de su servicio de televisión por cable al precio máximo fijado por la Secretaría de Comercio Interior. Así se desprende de la decisión del juez federal de La Plata Adolfo Gabino Ziulu, que hizo lugar ayer a una medida cautelar que prohíbe a la empresa emitir “factura de pago correspondiente al bono básico mensual” por más de 123 pesos, el valor establecido en su momento por el gobierno nacional.

La medida cautelar había sido requerida por el defensor del pueblo de la provincia de Buenos Aires, Carlos Eduardo Bonicatto, quien en su momento denunció que la empresa estaba incumpliendo las resoluciones 25 y 97 de la Secretaría de Comercio Interior de la Nación, excediendo el precio máximo que se había fijado para ese servicio, y ayer el juez Gabino Ziulu dio lugar al pedido contra la empresa que hasta ahora forma parte del Grupo Clarín.

En la resolución judicial que se dio a conocer ayer se recuerda que las empresas de televisión por cable no pueden decidir sus tarifas libremente sino que “en la actualidad los precios de los servicios de televisión por cable son los fijados por la Resolución 97/2012 de la Secretaría de Comercio Interior de la Nación, que prorrogó por los meses de octubre a diciembre de 2012 el precio establecido de 123 pesos para el abono básico mensual de ese servicio por la Resolución 24/2012”. El fallo también insta a la empresa proveedora no sólo a cumplir con esas dos resoluciones sino también “a las que en adelante las sustituyan”.

El fallo, al que tuvo acceso Página/12, menciona “el resguardo de los usuarios bonaerenses del servicio de televisión por cable” cuyos derechos fueron vulnerados por “la conducta antijurídica” de Cablevisión al decidir aumentar las tarifas por encima de lo dispuesto. En consecuencia de esta decisión, las boletas de los abonados al servicio en la provincia de Buenos Aires deberán adecuarse a lo dispuesto hasta tanto no haya una sentencia definitiva en este caso.

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