Mié 23.10.2013

EL PAíS  › LA CORTE SUPREMA SUSPENDIó LA ELECCIóN DE GOBERNADOR EN SANTIAGO DEL ESTERO

Zamora al borde de quedarse sin re-re

El tribunal consideró que el gobernador “no se encontraría constitucionalmente habilitado” para postularse el próximo domingo. La medida cautelar fue solicitada por la UCR.

› Por Sebastian Abrevaya

La Corte Suprema suspendió ayer la elección de gobernador de Santiago del Estero, que debía realizarse el próximo domingo. En un fallo contundente, el máximo tribunal aceptó la medida cautelar solicitada por la UCR, en la que se cuestionaba la postulación del actual gobernador Gerardo Zamora a un tercer mandato consecutivo. “Ante la claridad del texto constitucional, cualquier otra interpretación que se intente resulta violatoria de la voluntad del constituyente provincial”, señaló el fallo de la Corte, que deja sin efecto la elección hasta tanto ella misma resuelva la cuestión de fondo. En ese contexto, declaró su competencia originaria, convirtió el trámite en una acción de amparo y solicitó un informe a la gobernación en el plazo de cinco días corridos. Anoche, Zamora anticipó que apelarán la medida.

El escenario político cambió radicalmente ayer en Santiago del Estero. El gobernador Zamora, aliado del gobierno nacional y amplio favorito en las encuestas, quedó prácticamente fuera de carrera como candidato a la re-reelección. Si bien se trata de una medida cautelar, el fallo de la Corte permite anticipar su posición respecto de la cuestión de fondo. “Estoy sorprendido, vamos a apelar y esperar la decisión de fondo”, aseguró Zamora, quien convocó en conferencia de prensa a votar el domingo en la elección de legisladores e intendentes locales y de diputados y senadores nacionales, que no se vieron alcanzados por el fallo.

La Constitución provincial, reformada en 2005, establece en su artículo 152 que el gobernador y el vice sólo pueden ser reelectos por un período consecutivo. En aquel momento, además, los constituyentes establecieron específicamente que el período en curso –2005-2009– debía computarse como el primer mandato de Zamora. En contra de la decisión de la procuradora Laura Monti, la Corte aceptó su competencia originaria y entendió que hay “verosimilitud en el derecho” –uno de los requisitos de la medida cautelar– porque “surge con claridad de la Constitución de Santiago del Estero interpretada en el sentido más obvio del entendimiento común”. Citando el artículo 152 y la cláusula transitoria sexta, los jueces Ricardo Lorenzetti, Juan Carlos Maqueda, Carlos Fayt y Enrique Petracchi dedujeron que “se deriva sin dificultad interpretativa alguna” la inhabilitación de Zamora para postularse a un tercer período.

El gobernador contaba con un fallo a favor de la jueza provincial de primera instancia Andrea Suárez, ratificado el viernes pasado por el Superior Tribunal de la provincia. Suárez declaró “inconstitucional” la cláusula transitoria por considerar que constituye “un trato discriminatorio”. “El pueblo de Santiago del Estero, en su conjunto, tiene la suficiente madurez para saber lo que pretende ante un hecho de singular trascendencia como lo es la elección de sus autoridades”, señalaron el viernes los jueces del STJ local. En una extensa resolución, fueron más allá y sostuvieron que “hasta podría parecer un verdadero insulto a su inteligencia pretender sustituir en definitiva su voluntad por el criterio u opinión personal de cinco magistrados”.

Ese fallo chocó de lleno con el pronunciamiento de la Corte Suprema, que tampoco ahorró en consideraciones políticas: “La historia política argentina es trágicamente pródiga en experimentos institucionales que –con menor o mayor envergadura y éxito– intentaron forzar –en algunos casos hasta hacerlos desaparecer– los principios republicanos que establece nuestra Constitución”. Para la Corte, actitudes como la del gobernador “persiguen el único objetivo de otorgar cuatro años más en el ejercicio de la máxima magistratura provincial a quien ya lleva ocho años ininterrumpidos en ella, desconociendo el texto constitucional, máxima expresión de la voluntad popular”. El máximo tribunal cuestionó puntualmente al Partido Federal y el Frente Cívico por Santiago porque “pretende presentar un candidato a gobernador que no se encontraría constitucionalmente habilitado para hacerlo, valiéndose para ello de presentaciones judiciales y de sentencias emitidas a pocas semanas de la realización de los comicios”. El diputado radical Ricardo Gil Lavedra señaló ayer que se trató de una decisión “histórica” de la Corte, que “hizo prevalecer la vigencia de los principios republicanos y del poder constituyente frente a las maniobras y artimañas a las que nos tienen acostumbrados a los argentinos”.

(Versión para móviles / versión de escritorio)

© 2000-2022 www.pagina12.com.ar | República Argentina
Versión para móviles / versión de escritorio | RSS rss
Política de privacidad | Todos los Derechos Reservados
Sitio desarrollado con software libre GNU/Linux