EL PAíS › ANTONIO GONZALEZ PACHECO, RECLAMADO POR LA JUSTICIA ARGENTINA POR TORTURAS DURANTE EL FRANQUISMO
Pacheco está imputado en la causa abierta en el país por familiares y víctimas de la guerra civil y la dictadura franquista. El fiscal español Pedro Martínez Torrijos cuestionó la competencia argentina para enjuiciarlo.
La Fiscalía de la Audiencia Nacional de España se opuso ayer a la extradición del ex inspector de la policía española Antonio González Pacheco, alias Billy el Niño, reclamado por la Justicia argentina por delitos de torturas cometidos durante la dictadura franquista. La justicia española debe resolver en la misma causa la extradición del ex guardia civil Jesús Muñecas Aguilar, imputado por delitos similares, aunque se prevé que lo hará en el mismo sentido. El fiscal Pedro Martínez Torrijos consideró que la Justicia española es competente para enjuiciar estos delitos pero los consideró prescriptos porque los tratados de los que surge la imprescriptibilidad se firmaron muchos años después de los hechos. El Ministerio Público español ya se había expresado en contra de la extradición de ambos ex agentes de seguridad, a quienes la jueza federal María Servini de Cubría imputó en septiembre de 2013, en una decisión histórica, a raíz de la querella presentada en la Argentina por familiares y víctimas de la guerra civil (1936-1939) y la dictadura franquista (1939-1975).
El fiscal Martínez Torrijos argumentó que los delitos que se le imputan a Billy el Niño tienen, según el Código Penal español de 1973, “un plazo de prescripción de 10 años”, que “se habría superado con creces” ya que los hechos que se le imputan ocurrieron entre 1971 y 1975. Al analizar la prescripción, el procurador argumentó que aunque España firmó tratados internacionales que reconocen la imprescriptibilidad de los delitos de lesa humanidad, como es el caso de las torturas, estos acuerdos entraron en vigor en 1999 y por lo tanto, según jurisprudencia del Tribunal Supremo de España, no serían aplicables en forma retroactiva, por lo que sólo podría aplicarse el Código Penal. Martínez Torrijos señaló además que en estos casos la Justicia española es la jurisdicción de “preferencia” frente a la argentina, porque se trata de “hechos cometidos en territorio español, por ciudadanos españoles y con víctimas españolas”. El pasado 5 de diciembre, el juez de Instrucción Pablo Ruz le tomó declaración a González Pacheco y a Muñecas Aguilar, y ordenó que se les retirara el pasaporte y se les prohibiera salir del país. También los obligó a comparecer semanalmente en el juzgado más cercano a su domicilio.
Servini de Cubría imputó a Billy El Niño por torturas contra 13 víctimas, que aún recuerdan su brutalidad durante las detenciones que tuvieron lugar entre 1971 y 1975 en las cárceles madrileñas de Yesería y Carabanchel. El ex inspector de policía de 67 años fue citado a declarar en los procesos por el asesinato de abogados de Atocha y en juicios relacionados con grupos paramilitares antiterroristas, fue condenado por maltratos, pero se benefició con la ley de amnistía de 1977. Por su parte, Muñecas, de 77 años, participó del fallido golpe de Estado del 23-F y está imputado por torturas a Andoni Arrizabalada Basterrechea en 1968 en la Comandancia de Zarautz, País Vasco.
La causa abierta en Argentina en 2010 investiga los crímenes de lesa humanidad cometidos en España entre el 17 de julio de 1936 y el 15 de junio de 1977, período que va más allá de la muerte del dictador Francisco Franco, el 20 de noviembre de 1975. Al imputar a los ex agentes de seguridad, la jueza señaló que los crímenes del franquismo son imprescriptibles y defendió su competencia en base al principio de jurisdicción universal, el mismo que aplicó el juez español Baltasar Garzón para evitar que quedaran impunes los crímenes de las dictaduras del Cono Sur. En la decisión de la jueza fueron clave los testimonios de algunas víctimas del franquismo que se trasladaron a Buenos Aires para prestar su declaración. Una nueva comitiva de víctimas llegó la semana pasada al país para ampliar su declaración en el marco de la querella.
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