EL PAíS › RODRIGO BORDA, ABOGADO DEL CELS
“No hay precedentes en casos de represión en protesta social y represión de manifestaciones públicas donde se haya avanzado en la imputación de los funcionarios superiores con niveles de coordinación sobre el operativo de seguridad”, advierte Rodrigo Borda, abogado querellante del CELS.
–Por la complejidad del hecho. Pero fundamentalmente por la forma en la que los operadores judiciales, jueces de instrucción y fiscales encararon la investigación. La suma de esas cosas más la actitud manifiestamente dilatoria de algunas de las defensas confluyeron para generar este resultado de 12 años de demora en la iniciación del proceso. En la etapa del juicio, ocurrió lo que viene ocurriendo en esa etapa: los tribunales federales están tapados de trabajo y esto queda en evidencia en casos de esta naturaleza o en los juicios por delitos de lesa humanidad. La demora no fue un hecho de la naturaleza, esto lo generaron los operadores judiciales. Y hay ejemplos concretos: Mathov y Santos fueron procesados en 2002 y el procesamiento fue confirmado en la Cámara en 2012. Después de eso se pudo avanzar al juicio oral. Hubo demoras injustificadas de Servini de Cubría y Bonadío y de los fiscales Comparatore y Evers.
–Los hechos que se juzgan acá son sobre la represión en la ciudad de Buenos Aires, que fueron cinco muertes y más de una centena de heridos. El número, en realidad, fue mucho mayor que estos casos que llegaron a juicio. Pero graves defectos en la instrucción llevaron a que se anulara la responsabilidad de los imputados en otras 200 víctimas.
–No hay precedentes en casos de represión en protesta social y represión de manifestaciones públicas donde se haya avanzado en la imputación de los funcionarios superiores con niveles de coordinación sobre el operativo de seguridad. Mucho menos de un funcionario político, de gobierno. En el juicio por Kosteki y Santillán nunca se pudo avanzar en imputar, incluso, al ex presidente de la Nación. En ese caso, se intentó imputar al ex presidente Eduardo Duhalde.
–No sólo De la Rúa, también Ramón Mestre, ministro del Interior, que falleció. Incluso los fallos que eximen de responsabilidad a De la Rúa señalan que los responsables eran Mathov y Mestre. Nos parece que en ese sentido es un caso que no tiene precedentes y que nos va a permitir señalar un par de cosas: que cuando la policía actúa como actuó, con munición de plomo, no son actos individuales, sino que se dan en el marco de actuaciones funcionales que responsabilizan a los funcionarios jerárquicos que comandan esas instituciones. Un caso como éste enfatiza la responsabilidad del poder político en el control de las fuerzas de seguridad. La conducción de las fuerzas de seguridad en democracia la tiene el funcionario a quien elegimos con el voto. Ese control político, que caracteriza a toda democracia, implica responsabilidad.
–Bueno, depende ahora de la Corte Suprema. Estamos esperando el dictamen de la Procuración General de la Nación. La Corte remitió los recursos del CELS a la Procuración. Y luego de que dictamine, será el momento de que la Corte se pronuncie. Será un fallo trascendente. Esperemos que por las implicancias positivas sobre el control político de las fuerzas de seguridad y por una cuestión que no es menor en nuestro país, que es poner en claro cómo se usa la figura del estado de sitio. Fue utilizada excesivamente durante todo el siglo XX, con consecuencias trágicas.
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