EL PAíS › PROYECTO DE LEY DE “CONVIVENCIA EN MANIFESTACIONES” DE UN GRUPO DE DIPUTADOS
Un grupo de diputados pertenecientes al bloque del Frente para la Victoria presentó ayer un proyecto de ley de “convivencia en manifestaciones públicas” que busca “garantizar y afianzar derechos” de los ciudadanos que ejercen su capacidad cívica de manifestarse así como los de aquellos que se ven afectados por cortes de tránsito durante protestas. Se trata de una iniciativa de 34 artículos, escrita por el legislador Juan Manuel Pedrini y apoyada luego por otros parlamentarios oficialistas, que propone establecer “reglas precisas de convivencia” para la ciudadanía ante manifestaciones públicas así como un protocolo para las fuerzas de seguridad que intervengan en casos de esta naturaleza. La iniciativa generó el rechazo de grupos opositores de izquierda y de sectores vinculados con los derechos humanos, como el CELS, que lo consideró “un retroceso” (ver aparte).
El proyecto presentado se propone responder a lo manifestado por la presidenta Cristina Fernández de Kirchner al inaugurar las sesiones ordinarias del Congreso el 1º de marzo, cuando destacó la necesidad de sancionar “una norma de respeto y convivencia urbana”, ya que, según sostuvo la mandataria aquella tarde, “todo el mundo tiene derecho a protestar, pero no cortando las calles, impidiendo que la gente vaya a trabajar”. En esa ocasión, CFK había llamado a los legisladores a “ser creativos” y diseñar una norma para legislar al respecto. En ese sentido, en el Gobierno esperan la presentación de otros proyectos oficialistas y opositores para profundizar la discusión.
Uno de los puntos más controvertidos de la iniciativa es la división de las manifestaciones públicas entre “legítimas” e “ilegítimas”. Las “legítimas” deberán ser notificadas con 48 horas de antelación y no vulnerar ningún artículo del Código Penal. Por otra parte, garantiza que las medidas de fuerza “no podrán ser desalojadas por las fuerzas de seguridad, sin una mediación previa a cargo de personal civil del Ministerio de Seguridad de la Nación”, quienes deberán pactar las condiciones del fin de la protesta, identificar las demandas y coordinar encuentros entre los manifestantes y los representantes estatales o entes privados correspondientes.
El proyecto lleva las firmas de Pedrini, su autor, y otros diputados como Carlos Kunkel, María Teresa García, Sandra Mendoza, Diana Conti y Gustavo Campos, y se define como un “aporte concreto a los principios democráticos” en oposición a “otras soluciones que pretenden restringir derechos, recurriendo al Código Penal para agravar las penas de tipos ya existentes o tipificando nuevas acciones como delito, nosotros proponemos garantizar y afianzar derechos”, enfatizaron.
Como contrapartida a la necesidad de requerir autorización policial para marchar, la norma plantea una serie de regulaciones al accionar de fuerzas de seguridad ante las protestas, estableciendo por ley la prohibición de portar armas de fuego “por parte de quien esté en contacto directo con los manifestantes” y subordinando “la actuación de las fuerzas de seguridad a disposiciones previstas en la Constitución, tratados internacionales y esta ley”, garantizando que el uso de la fuerza pública sea “limitado a su mínima expresión”.
En ese sentido, establece que el personal de seguridad deberá estar adecuadamente identificado, mediante uniformes y placas personales, y plantea que “ningún arma, letal o no, puede ser disparada directamente hacia los manifestantes”, y que “las armas que no sean de fuego, podrán ser utilizadas para la defensa de los funcionarios ante peligro inminente pero nunca como medio para dispersar una manifestación”.
“El Estado garantizará que las manifestaciones legítimas, cuyo objeto sea dar visibilidad a reivindicaciones de derechos o demandas ante autoridades públicas o entidades privadas, cuenten con la adecuada difusión en medios públicos, ya sean radiales, televisivos, gráficos y digitales –sostiene el texto–. Se trata de que ambos derechos sean garantizados: el de circular y transitar libremente y, por otro lado, el derecho a manifestarse públicamente mediante la protesta social.”
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