EL PAíS › PRESENTACIóN DE FUNCIONARIOS JUDICIALES
› Por Ailín Bullentini
Un grupo de miembros de la Asociación de Magistrados y Funcionarios de la Justicia Nacional (AMFJN) pidió que dejara sin efecto la medida cautelar solicitada por la dirigencia de esa institución para suspender la designación de dieciséis fiscales subrogantes en enero pasado. “Pedimos que nos den intervención porque estamos cuestionando una actitud que tuvo la comisión directiva de la Asociación de Magistrados que integramos por considerarla carente de legitimidad”, explicó a este diario el fiscal Adolfo Villate. A dos meses de presentado el pedido, recién la semana pasada el Juzgado Federal en lo Contencioso Administrativo número 3 lo informó a las partes que intervienen en el expediente para que expresen si tienen objeción alguna sobre la presentación y recién después de esas reacciones la jueza a cargo, Claudia Rodríguez Vidal decidirá su proceder. Los fiscales Cristina Caamaño y Daniel Pablovsky, el secretario Ricardo Caffoz y los jueces María Laura Garrigós de Rébori y José María Pérez Villalobo solicitaron junto a Villate ser considerados como “terceros” en la causa, “afectados” por la situación: desde el pasado verano una cautelar pedida por el presidente de la asociación, Ricardo Recondo; el vice, José Sudera; el representante de los fiscales en la institución, Ricardo Sáenz, y el de los defensores, Gustavo Kollmann, mantiene paralizadas las designaciones de dieciséis fiscales subrogantes para cubrir cargos creados por el nuevo Código Procesal Penal.
“En calidad de autoridades de la Asociación de Magistrados y considerándose representantes de todos sus integrantes pidieron suspender las designaciones, que solicitaron sean declaradas inconstitucionales, pero en realidad lo hicieron en nombre de sólo tres fiscales: ¿y los demás?”, se preguntó la fiscal general Cecilia Indiana Garzón. Ella es una de las dieciocho adherentes a la presentación realizada por Villate y compañía que, “en defensa de derechos que como integrantes de la asociación” consideraron “vulnerados”, exige a la jueza que deje sin efecto la medida pedida de suspensión, ya que “la Asociación carece de legitimación para intervenir en el proceso”.
Para los supuestos “terceros afectados”, el accionar de Recondo y compañía no es legítimo, ya que “no lo permite el estatuto” de la institución y, por si fuera poco, “no consultó a los asociados”. “La actitud impulsiva de ciertos miembros de la Comisión Directiva de la asociación avasalla los derechos de sus asociados en tanto no se les ha permitido la participación en la toma de decisión de un asunto relevante”, plantearon en el texto presentado hace poco menos de dos meses, pero recién la semana pasada incorporado en el expediente.
Si bien las autoridades de la asociación se eligen mediante el voto de todos sus integrantes, quienes se manifestaron en disidencia respecto de esta actitud de la comisión directiva de la institución apuntaron que existe “un vacío estatutario” en cuestiones “de índole política”. “Frente a la duda que presenta la consulta al estatuto, se debe consultar a los miembros del espacio. No se puede actuar en base a convicciones individuales”, expresó.
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