Vie 22.05.2015

EL PAíS  › PIDEN AMPLIAR LAS ACUSACIONES A LOS REPRESORES DE LA ESMA POR DELITOS DE VIOLENCIA SEXUAL

Los crímenes que fueron invisibilizados

La fiscalía pidió que las denuncias de seis mujeres que fueron violadas y que lo contaron en el juicio no se deriven a primera instancia, sino que sean tratadas en este debate oral.

› Por Alejandra Dandan

En la sala de audiencias se sentó Ricardo Cavallo, ese hombre multifácetico de la estructura de la unidad de combate de la Escuela de Mecánica de la Armada. No dejó de teclear su computadora personal como suele hacerlo en el juicio, ni siquiera cuando los fiscales iban leyendo uno a uno los nombres de las seis mujeres sometidas a violaciones o abusos sexuales que le fueron imputando también a él.

“Los delitos de abuso sexual han recorrido un largo peregrinaje hasta instalarse en cada uno de los juicios de lesa humanidad que se están desarrollando. Las víctimas se empoderaron para afrontar el dolor y decidieron relatarlo en estas audiencias”, dijo la fiscal Mercedes Soiza Reilly en la audiencia. El contexto fue un pedido al Tribunal Oral Federal Nº 5 para que los acusados sean alcanzados también por este delito, relevados cada vez más frecuentemente en las escenarios de juicios.

El tercer juicio oral por los crímenes de la ESMA lleva dos años de audiencia en el que se juzga a los acusados por delitos como la privación ilegal de la libertad, tormentos, homicidios y desaparición forzada. No están acusados, hasta ahora, por los delitos de violencia sexual que como aclararon los fiscales vienen denunciándose desde el juicio a las Juntas, pero entonces eran tomados como parte de los tormentos y ahora intentan ser entendidos como delitos autónomos.

La fiscal Mercedes Soiza Reilly presentó estos hechos como casos que deben ser leídos en “continuidad” con el resto de los crímenes. Este es un pedido y un desafío a los jueces. En el juicio pasado, ESMA II, la sentencia tomó las denuncias por violencia sexual pero no las juzgó durante el debate, sino que las derivó a la etapa de instrucción para ser investigadas nuevamente en esa instancia. Ese es el subtexto de esta presentación: fiscales y querellas están esperando que el TOF se pronuncie sobre esto en este mismo debate porque las víctimas eligieron contar sus casos en estos juicios, para evitar revictimizarlas al obligarlas a volver a cero y reiniciar otra causa, pero además para evitar la persecución eterna para los ejecutores de la represión.

El otro punto clave de la presentación es que las imputaciones no van dirigidas sólo a autores directos. Con antecedentes como el fallo del TOF de Santiago del Estero, que condenó por primera vez a autores mediatos, los fiscales intentan una línea distinta de acusación. No piensan en autorías directas o mediatas sino en coautoría funcional para todos los integrantes de lo que denominan “empresa criminal”. Una perspectiva compartida por Justicia Ya!, cuya representante, la abogada Liliana Alanis, encabezó el pedido, seguida por las querellas de la Secretaría de Derechos Humanos y el CELS. Entre los acusados se escucharon los nombres de Jorge “Tigre” Acosta, Jorge Vañek, Alfredo Astiz, los mellizos García Velazco y, entre muchos otros, el propio Cavallo.

“Durante el transcurso de las audiencias hemos escuchado extensos testimonios hablar de los delitos de índole sexual: asistimos, como espectadores, a una reconstrucción real de las atrocidades que allí ocurrieron. Pudimos conocer nuevas circunstancias y una más amplia información sobre los crímenes contra la humanidad cometidos por los acusados, pero antes de analizar cada una de las cuestiones es necesario tener presente que los delitos de índole sexual fueron frecuentemente silenciados por la Justicia y un tema de difícil abordaje”, dijo la fiscal.

La empresa criminal

En el caso ESMA, recordó Soiza Reilly, la primera denuncia judicializada es de 2011, después del segundo juicio oral, en el que los jueces derivaron los casos al juzgado federal 12 de Sergio Torres. Desde entonces, en ese expediente declararon sólo dos mujeres, explicó la fiscalía: “Hemos analizado la causa y advertimos que uno de los problemas es que las víctimas que ya han declarado en juicio oral y público sobre estos hechos no quieren volver a declarar una y otra vez ante los operadores judiciales de la instrucción”. Ese camino las haría volver a un juicio oral, “donde la víctima sería nuevamente compelida a comparecer a prestar testimonio en una audiencia oral, para una vez más reproducir sus dichos. Hoy tenemos la posibilidad de que esto no ocurra al menos con estas víctimas”, les dijo la fiscal.

La acusación por los crímenes de violencia sexual está basada en un mandato que responde a compromisos que asumió el Estado argentino. “No basta la empatía, ni demostrar solidaridad con las testimoniantes por los hechos padecidos, tenemos el deber de investigar estas conductas. Y no es por capricho de estos acusadores, es una obligación legal que responde a los compromisos que el Estado Argentino ha asumido a nivel nacional e internacional.”

Entre las víctimas, cinco de las seis mujeres relataron situaciones de acceso carnal, torturas, abusos, tocamientos y violencia en las audiencias. Muchas lo habían hecho en el juicio a las Juntas o Conadep. Una de ellas logró contárselo a su esposo antes de morir, y fue él quien narró los hechos primero en la Conadep y luego también en este juicio.

Una de las primeras discusiones jurídicas que abrió este tema es si deben ser imputados sólo los autores directos. O si una violación debe ser leída como hecho individual o práctica y ataque sistemático y por lo tanto en el contexto de lesa humanidad. Esas discusiones a esta altura parecen saldadas. Hubo fallos en todas las instancias incluso en Casación que explicaron que el mero hecho de apariencia individual debe ser leído incluso en el contexto del ataque. Los fiscales se encargaron de listar la evolución de los últimos fallos, muchos de los cuales empezaron a condenar también la intervención mediata a través de la teoría de los aparatos organizados de poder o la coparticipación funcional de la “empresa criminal” que entiende que la maquinaria funcionó porque todos hicieron su aporte.

“Las acciones ilícitas no eran individuales, excepcionales y solitarias, fueron prácticas cotidianas tendientes a la destrucción anímica, física y moral del cautivo y cautiva. Por eso fueron una constante en todos los campos de exterminio”, dijo la fiscal.

“Ese plan sistemático consistía en que las víctimas eran secuestradas por fuertes grupos armados, llevados a los centros clandestinos, torturados física y psíquicamente para arrancarles la información, sometidas a condiciones inhumanas de cautiverio, expuestas a merced de sus captores para que sobre las víctimas se produzca todo tipo de abuso sexual. No cabe ninguna duda de que los imputados fueron una pieza vital del engranaje de ese plan sistemático de represión, conocían que los hechos debían concatenarse de esa manera y es a partir de ese conocimiento que actuaron en los sucesos por los que estamos solicitando la ampliación.”

El estado de la cuestión

La investigación y los juicio por violencia sexual y de género perpetrada durante el terrorismo de Estado recién adquirieron relevancia en los últimos años del proceso de Justicia. “En los testimonios de los ’80 la misma fue invisibilizada, no se trabajó con perspectiva de género y no se relevaron de modo diferente los casos de violaciones y abusos sexuales expuestos en los relatos, dado que se los tomó como parte de las torturas, las denuncias de violencia sexual recién adquirieron relevancia en los últimos años del proceso de Justicia.”

En 2012, la procuradora Alejandra Gils Carbó instruyó a los fiscales para que apliquen las pautas del documento “Consideraciones sobre el juzgamiento de los abusos sexuales cometidos en el marco del terrorismo de Estado”, que identifica los aspectos problemáticos de la práctica judicial al momento de tratar estos delitos y ofreció pautas para evitar sus efectos perniciosos, señalaron. Además de esto, en 2013, durante la creación de la Procuraduría de Lesa Humanidad se encomendó el diseño y estrategias de actuación para superar las dificultades registradas en jurisdicción como crímenes contra la humanidad cometidos dentro de los centros de exterminio. “Por lo tanto, para este Ministerio Público Fiscal el juzgamiento de los delitos de índole sexual cometidos durante el terrorismo de Estado representa un compromiso institucional que responde a los diseños de política criminal y de persecución penal en defensa de los intereses generales de la sociedad.”

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