EL PAíS › LA CAMARA DE CASACION REVOCO LA LIBERTAD DE CUATRO REPRESORES
Se trata de Raimundo Izzi, Héctor Marc, Eduardo Cruz y Juan Méndez. Están acusados por tormentos y secuestros en más de 200 hechos y a los últimos dos se les imputan también diecinueve homicidios con alevosía. Habían sido beneficiados por el TOF 2.
› Por Alejandra Dandan
Los barrotes por ahora se sostienen. La sala IV de Casación revocó cuatro libertades por delitos de lesa humanidad ordenadas por el Tribunal Oral Federal 2 en junio en el marco de la causa ABO III. Los imputados están acusados por tormentos y secuestros en más de 200 hechos. Y dos de ellos, además, por 19 homicidios con alevosía con posibilidades de prisión perpetua. El TOF había dictado el “cese de la prisión preventiva” entre otras razones porque los tiempos procesales estaban vencidos, pero lo que mas sorprendió es que además decía que no tenía agenda libre para realizar el juicio durante este año. Con los argumentos de la fiscalía del juicio, los camaristas de Casación les hicieron un llamado de atención a los jueces del TOF y los exhortaron a que realicen el juicio.
“Entendemos que en la causa se advierte la existencia de riesgo procesal y que además la duración de la detención cautelar luce razonable por lo que corresponde revocar el cese de la prisión preventiva”, dijeron los jueces Mariano Borinsky, Gustavo Hornos y Juan Carlos Gemignani para todos los casos. “Por las consideraciones expuestas, el plazo de detención no deviene irrazonable y en consecuencia se impone la restitución de la medida cautelar”, señalaron también y, por último, agregaron: “Corresponde exhortar al Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nº 2 de Capital Federal a que, con la premura que el caso requiere, y más allá de que tenga otras audiencias de juicio programadas, extreme las medidas necesarias a los efectos de comenzar con la audiencia de debate en la presente causa”.
Tal como informó este diario, el TOF 2 de Capital ordenó en junio el cese de la prisión preventiva de dos policías de la Federal, Eduardo Angel Cruz y Raimundo Oscar Izzi; del gendarme Juan Miguel Méndez y del penitenciario Héctor Horacio Marc. Los cuatro están acusados en el tercer tramo de la investigación sobre el circuito de centros clandestinos conocido como ABO, por más de 200 secuestros y privaciones ilegales de la libertad. Cruz y Méndez llegaron a juicio procesados además por 19 homicidios. La causa fue elevada por el juzgado de Daniel Rafecas en diciembre del año pasado pero todavía no tiene fecha de juicio oral. Los cuatro están procesados desde 2010.
Los jueces tomaron argumentos de la defensa para soltarlos pero obviaron que la gravedad institucional, la gravedad de los delitos y la complejidad de las investigaciones de delitos de lesa humanidad generó en estos años suficiente jurisprudencia que indica que esos plazos no son “automáticos”.
En aquel momento, con los votos en mayoría de Jorge Gorini y Rodrigo Giménez Uriburu, y la disidencia de Jorge Tassara, también dijeron que los liberaban por “la comprimida agenda del tribunal” que no permitirá empezar el juicio antes del próximo año.
Los fiscales Gabriela Sosti y Alejandro Alagia entendieron que la decisión era un escándalo. Apelaron. Recordaron convenciones y jurisprudencia de la Corte Interamericana sobre el plazo razonable para mantener una prisión preventiva, que no debe superar los dos años para delitos comunes. Pero explicaron que “nuestras salas de Casación, Apelaciones y la Corte dicen que en los juicios por delitos de lesa humanidad, dada la gravedad institucional y la gravedad de los delitos (algunos amenazados con perpetua), ese plazo no es automático y a partir de eso deciden prorrogar las prisiones preventivas. Por supuesto que no es lo deseable, pero es imposible acortar los plazos”.
En aquel momento, la decisión del TOF aparecía agravada por decisiones previas semejantes. Se había abierto una línea de preocupación entre fiscales y querellas por las libertades masivas ordenadas a comienzos de año por la Sala de Feria de Casación en casos de 47 represores ya condenados en Salta y Tucumán. Esta resolución viene a decir que el sitio de los acusados de estos crímenes está detrás de las rejas. En ese sentido, la Sala IV subrayó que la Corte Suprema “valoró especialmente, a los fines de decidir acerca del plazo de la prisión preventiva, las características particulares de los delitos imputados y enunció cuestiones de hecho y de derecho que deben tenerse en cuenta a los fines de evaluar la razonabilidad del plazo de la medida cautelar”. Deben valorarse, dijeron, “la complejidad del caso; los obstáculos que pueden oponerse a la investigación” o “la edad”. También que “la normativa internacional impone que la prisión preventiva no exceda un plazo razonable” pero a la vez pide “no permitir la impunidad de crímenes de lesa humanidad”.
La fiscalía saludó la decisión. Pero es cierto que queda un tema pendiente. Eso de la agenda complicada que sonó a una burla en la resolución anterior, tuvo un eco hace dos semanas cuando Rafecas presentó un informe ante la Comisión Interpoderes en el mismo sentido. El informe mostraba el estado de colapso en los Tribunales Federales Orales de Capital en el que se acumulan causas de lesa humanidad que esperan el comienzo del debate oral. El informe listaba cada tribunal, entre ellos el TOF 2, que ahora tiene a cargo el juicio por la tragedia de Once y el juicio AMIA, aunque allí solo está Gorini. Rafecas pidió a la Interpoderes la urgente integración de los TOF 7 y 8, creados por ley ya en 2010 y que aún no están integrados para descomprimir la demanda. Si bien el trámite de integración está casi cerrado porque atravesó dos de los tres pasos, resta ahora el acuerdo del Senado que nadie sabe si llegará durante esta transición política. Como en materia de delitos de lesa humanidad, un mes después de casi cuarenta años es mucho tiempo, vale recordar que el año pasado el Programa Verdad y Justicia del Ministerio de Justicia presentó a la Corte una alternativa para integrar esos TOF. Pidió que mientras se sustancie el proceso formal, integre los tribunales con jueces subrogantes cuyo nombramiento dependía hasta ese momento de Casación. Ahora que la designación depende del Consejo de la Magistratura, parte de la Interpoderes cree que el Consejo debería integrar los Tribunales con candidatos de la lista de conjueces hasta que termine el otro proceso formal. Además de los jueces, falta la habilitación de la Corte para esos cargos que se supone que es sólo un trámite formal pero que habilita los empleados. Y el espacio, tema que depende del Consejo de la Magistratura.
Por ultimo, permanecerá un tema pendiente. El juicio ya está radicado en el TOF 2. Pero los operadores judiciales sostienen que Casación puede resolverlo porque tiene la facultad de reasignar causas como lo hizo con el TOF 5 cuando le tocó a la vez Armada y Primer Cuerpo.
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