EL PAíS › SE CONOCIERON LAS CONDENAS A REPRESORES EN LA MEGACAUSA AREA PARANá
El juez Leandro Ríos dictó penas mucho menores a las solicitadas por fiscales y querellantes. Un ex policía recibió perpetua y seis represores fueron condenados a entre tres y 18 años. Cuatro de ellos quedarán en libertad por el tiempo que ya llevan en prisión.
› Por Juan Cruz Varela
Desde Paraná
Las voces de disconformidad se alzaron fuerte bajo el cielo gris. El juez Leandro Ríos leyó finalmente, después de doce años de esperas, chicanas y desgarradores testimonios, la sentencia del juicio a los represores de la denominada megacausa Area Paraná. Los siete acusados fueron condenados por delitos de privación ilegítima de la libertad e imposición de severidades, vejaciones y apremios ilegales y aplicación de tormentos contra 52 víctimas, de la cuales cinco están desaparecidas.
El ex policía federal Cosme Ignacio Marino Demonte, fue condenado a prisión perpetua por el secuestro y homicidio de Victorio Erbetta y Pedro Miguel Sobko, que permanecen desaparecidos. El resto de las condenas quedaron más lejos de las expectativas: el ex militar y abogado Jorge Humberto Appiani fue condenado a 18 años de prisión por secuestros y torturas de 27 víctimas, entre ellas, Claudio Marcelo Fink, también desaparecido; José Anselmo Appelhans, también militar, ex director de la cárcel de varones, recibió una pena de 14 años de prisión por secuestros y torturas de 58 víctimas; el médico Hugo Mario Moyano, único civil imputado en la causa, fue condenado a ocho años de prisión por participar de sesiones de torturas a detenidos políticos; el militar Alberto Rivas fue condenado a seis años de prisión, pero fue absuelto de la mitad de los delitos que se le imputaban y quedará en libertad apenas se le notifique de la sentencia, por el tiempo que ya pasó detenido; Rosa Susana Bidinost, ex directora de la cárcel de mujeres, fue condenada a seis años de prisión por permitir el traslado de presas políticas para que sean torturadas en centros clandestinos de detención; y Oscar Ramón Obaid, otro militar, recibió tres años de prisión condicional. Cuatro de los condenados quedarán en libertad.
La sentencia también se vivió en la calle, a trescientos metros de la plaza principal de Paraná, frente al edificio de los tribunales federales. Ahí estuvieron acompañando la jornada organizaciones políticas, sindicales, músicos y artistas de la ciudad, que colmaron tanto el interior de la sala de la Cámara Federal de Apelaciones como su exterior, acompañando a los sobrevivientes y familiares de las víctimas que cuarenta años después de padecer los más atroces tormentos a los que un ser humano pueda someter a un semejante recibieron una tardía reparación y algo parecido al alivio en forma de Justicia.
El fallo del juez Ríos dejó sensaciones encontradas, aunque predominó la decepción. “Es un panorama desolador, pero no vamos a aflojar, vamos a seguir en la lucha”, exclamó María Luz Piérola, sobreviviente de la dictadura, apenas conocido el veredicto. “Estamos con bronca porque las penas son débiles y flojas; acá corrieron ríos de sangre y el juez no estuvo a la altura de las circunstancias; pero seguiremos luchando y vamos a apelar; hay que seguir andando”, acotó.
Por su parte, Alicia Dasso, ex detenida política, destacó “que todos los genocidas hayan sido condenados porque se le dio entidad y verdad a lo que vinimos aportando las víctimas desde hace cuarenta años”, dijo ante la consulta de Página/12.
En el mismo sentido se expresó el fiscal José Ignacio Candioti: “Es importante que se haya condenado a los responsables de las gravísimas violaciones a los derechos humanos, porque un país respetuoso del Estado de Derecho no se puede permitir la impunidad para los autores de los secuestros, torturas y homicidios que ocurrieron durante la dictadura”. Sin embargo, coincidió con los sobrevivientes en cuanto a que “las penas son, en la mayoría de los casos, bastante más bajas de lo que se había solicitado”, por lo que no descartó apelar el fallo, luego de analizar los fundamentos, junto con el otro fiscal, Mario Silva.
Por su parte, Marcelo Boeykens, abogado querellante, sostuvo que “la sentencia produce una mezcla de sensaciones: la satisfacción de haber podido dar un corte después de tantos años de lucha en los que perdimos a varios compañeros y familiares que no han podido llegar a esta etapa reparatoria que significa la condena para los victimarios, y el hecho de que haya siete condenados; pero las penas nos dejan una insatisfacción total porque son muy menores a las que esperábamos. Hoy cualquier persona que comete un delito común recibe penas similares a las que tuvieron algunos de los imputados, con la salvedad de que acá estamos hablando del delito de genocidio”.
Doce años le llevó a la Justicia entrerriana resolver el expediente más voluminoso con las denuncias por crímenes de la dictadura en la provincia. Las actuaciones tramitaron por el antiguo Código de Procedimientos en Materia Penal, de 1888, vigente al momento en que ocurrieron los hechos, que prevé actuaciones escritas y tiene una dinámica completamente distinta a la de cualquier juicio oral y público.
Eso que los organismos de derechos humanos llaman “impunidad biológica” benefició a catorce represores y las condenas recayeron sobre apenas un puñado de los perpetradores del horror. No llegó a estar en el banquillo Juan Carlos Trimarco, el jefe de la represión en Entre Ríos, muerto impune hace dos años; tampoco el jefe de la Iglesia, Adolfo Servando Tortolo, que bendijo la represión y recibió a detenidos políticos en su casa en el Parque Urquiza; ni los enlaces de la Fuerza Aérea. Con ellos se completa el mapa del horror en esta zona. Sin embargo, el de ayer fue un día histórico, un día de justicia por los secuestros, torturas, violaciones y asesinatos de 52 víctimas; un día de justicia para Claudio Fink, Victorio Coco Erbetta, Carlos Fernández, Pedro Sobko, que permanecen desaparecidos; y fue también un día de justicia para Juan Alberto Osuna, asesinado e identificado por el Equipo Argentino de Antropología Forense (EAAF) en 2007.
La sentencia, discutible por lo bajo de sus penas, ratifica que a partir del 24 de marzo de 1976, disidentes políticos fueron privados de su libertad sin orden de detención y alojados en condiciones infrahumanas en los centros clandestinos de detención, sin camas ni abrigos, con alimentación deficiente, sin serles permitido higienizarse ni concurrir al baño más que una vez al día. Eso ocurrió en Paraná, en los cuarteles del Ejército, en comisarías, en la cárcel, en inmuebles precarios abandonados en cercanías de la Base Aérea y en otros sitios, adonde eran trasladados para los interrogatorios y aplicación de tormentos.
En algunos casos, los terminaban asesinando y se hacían simulacros de fuga y de enfrentamientos con las fuerzas armadas y de seguridad; otros fueron sometidos a parodias de juicios militares sin ningún tipo de garantías ni defensa efectiva y donde se valían de declaraciones autoincriminatorias obtenidas bajo tortura.
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