EL PAíS › ENTREVISTA A VíCTOR ABRAMOVICH, JURISTA EXPERTO EN DERECHOS HUMANOS
El gobierno de Macri anunció su DNU para reformar la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual dos años después de que la Corte Suprema fallara en favor de su constitucionalidad. Antes de la sentencia la Corte había convocado a una audiencia pública. Aquí un diálogo con Víctor Abramovich, uno de los protagonistas de aquel debate.
› Por Martín Granovsky
Ex directivo del Centro de Estudios Legales y Sociales y actual director de la Maestría en Derechos Humanos de la Universidad Nacional de Lanús, Víctor Abramovich también es uno de los tres procuradores fiscales ante la Corte Suprema. Como eventualmente le puede corresponder el dictamen sobre algún recurso extraordinario u otra presentación en la Justicia, se excusó de opinar sobre el decreto de necesidad y urgencia anunciado por el Gobierno. Sin embargo, aceptó analizar lo que a su juicio es una de las claves de debate. “La discusión de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual (LSCA) marcó una agenda de libertad de expresión que fue más allá de la que históricamente ya se había planteado”, dijo ayer a Página/12.
–¿Cuál era la agenda histórica?
–Por ejemplo, la mejora o la creación de instrumentos de protección de quienes ejercen la actividad periodística. Al salir de la dictadura ése fue uno de los grandes avances, que fue desplegándose a lo largo de los años y los gobiernos democráticos en diferentes puntos concretos. Hubo grandes progresos en la reserva de las fuentes, la eliminación de la figura de desacato, el derecho a informar en temas de interés público o la despenalización de las opiniones de los periodistas.
–¿Esa agenda es vieja?
–No. La garantía del ejercicio de derechos nunca puede envejecer. Simplemente que la realidad va agregando nuevos desafíos.
–¿Cuál era el desafío al que respondió la LSCA?
–El impacto de las prácticas de concentración del mercado sobre la libertad de expresión. En algunas situaciones el Estado es parte del problema, como sucede en el terrorismo de Estado cuando afecta la libertad de expresión. Pero en otras situaciones el Estado democrático puede ser un aliado de la sociedad en la generación de un sistema de medios más plural y abierto, donde no haya grandes actores que concentren todos los recursos. Frente a esta nueva agenda las posturas fueron diferentes, lo cual era natural.
–A ver si entiendo, algunos de los que protagonizaron la primera etapa de la agenda participaron también de la segunda etapa de manera favorable y otros se pusieron en contra.
–Así fue. Un sector de la prensa que fue muy importante en la transición y en los años 90 se puso en contra de la LSCA.
–¿Por qué?
–Me remito a una interpretación a partir de sus planteos públicos. Era como si sospecharan que cualquier tipo de regulación estatal fuera en sí misma una amenaza a la libertad de expresión. A la vez, organizaciones sociales y franjas académicas importantes, lo mismo que los organismos de derechos humanos en la Argentina y buena parte de instituciones de derechos humanos en el sistema interamericano e internacional sostuvieron que la discusión debía ser más amplia que la inicial. Sin renegar de los principios democráticos de la transición y de los 90 sino al contrario, planteaban un refuerzo de las garantías de libertad de expresión. En la audiencia pública convocada por la Corte Suprema esa polémica fue muy clara. En ese momento y en otras instancias los abogados del Grupo Clarín señalaron que cualquier ley regulatoria de los medios audiovisuales era intrínsecamente sospechosa. Por lo tanto, para ellos, debía ser declarada inconstitucional. Mi posición en aquella audiencia fue diferente. Según la doctrina internacional vigente el Estado no sólo puede regular. Debe regular. La regulación, que en el caso de la Argentina contempló los servicios de comunicación audiovisual, no apunta a perseguir a los medios sino a generar reglas más igualitarias. Busca impedir que ciertos grupos funcionen como dominadores.
–El argumento contra esa doctrina es que la regulación amenaza a la libertad de prensa y a las empresas.
–Ni una cosa ni la otra. El retiro del Estado, lejos de generar más libertad de expresión implica un retroceso: los sectores dominantes pasan a controlar la comunicación, o consolidan el control que venían ejerciendo. Por eso ante la Corte también se discutió cómo evaluar el tamaño de los medios audiovisuales.
–La famosa polémica sobre la sustentabilidad.
–Sí. Un punto delicado. Clarín y otros sectores planteaban entonces que solo un grupo importante podía generar inversiones en un sector complejo. También decían, para defenderse de otros argumentos en contra de esa primera premisa, que al mismo tiempo solo un medio de tamaño importante podía protegerse del avance de los gobiernos.
–¿La sustentabilidad en el tiempo no es lo mismo que el grado de rentabilidad en cada momento?
–No, son cosas diferentes. Y la prueba, incluso desde el punto de vista del mercado, es que la LSCA no impedía la constitución de grupos poderosos. Buscaba evitar la concentración. Había y hay una diferencia entre la sustentabilidad de un medio entendida solo como la preservación de los niveles de rentabilidad anteriores a una legislación antimonopólica con la LSCA y la posibilidad de subsistencia con los topes que marcaba la ley. Sin ser monopólicos puede haber, y de hecho hay, muchos medios sustentables, autónomos e independientes. Había una falacia al identificar la sustentabilidad con la preservación del poder económico tal como se da en condiciones de monopolio. El mercado audiovisual es un mercado de grandes jugadores que, si carecen de límites legales, van concentrando. Es lo que sucedía con el mercado de la televisión por cable en las provincias. Fue disminuyendo el poder de las empresas más chicas, y los grandes grupos o las absorbieron o consiguieron que se fundieran. El Estado sencillamente debía intervenir para generar reglas igualitarias. Nunca la LSCA buscó controlar contenidos o ejercer prácticas de censura directas o indirectas. Yo personalmente me hubiera opuesto por lo que dije antes: ampliar la agenda no significa eliminar avances democráticos ya logrados. No se trata, por eso, de regular contenidos, cosa que no se hizo, sino entender que en materia de libertad de expresión el derecho internacional de los derechos humanos fue conformando una doctrina sólida para impedir situaciones monopólicas.
–En los Estados Unidos la ley impide que por ejemplo el diario The New York Times sea propietario de un canal de televisión en Manhattan.
–Allá prohibieron la acumulación cruzada de propiedades de medios porque en la doctrina jurídica se llegó a la conclusión de que esa acumulación podía distorsionar el debate democrático. En la Argentina ni siquiera se legisló en ese sentido sino solo en el campo de lo que antes se llamaba radiodifusión. Si se quiere el sistema inaugurado por la LSCA fue más conservador que el norteamericano. Pero aun así fue atacado como si se tratara de una amenaza a la libertad de prensa.
–¿Las leyes deben cambiar a medida que cambia la tecnología?
–Es un debate interesante. La tecnología cambia y es bueno dar cuenta de los nuevos escenarios. Sin embargo cuando uno analiza el valor de leyes regulatorias que buscan impedir la concentración me parece que no debe limitarse a discutir los medios o los soportes. La obligación del Estado de regular tiene que ver con las condiciones de cada mercado. Si en un mercado determinado como el audiovisual hay grandes jugadores y alguno de esos grandes jugadores llegó a ejercer monopolio o dominio del mercado, el Estado debe intervenir y generar reglas igualitarias. Ese tipo de legislación por eso requiere de monitoreo permanente. Una parte de las regulaciones se producen porque el espectro es finito. No hay posibilidad infinita de señales. Pero hay otra parte, que surge de la realidad argentina. En nuestro país la LSCA también buscó impedir el monopolio en el mercado del cable, donde no hay un espectro finito pero la estructura del mercado indicaba que era necesario regular.
–Si todos los soportes convergen en uno solo, el digital, ¿la regulación debería dejar de ser una meta?
–La idea de la convergencia digital de por sí no es un justificativo para la no regulación estatal. Hay que ver cómo se configuran esos mercados. Si hay riesgo de monopolio o posición dominante el Estado tendrá la obligación de intervenir. La concentración nunca es buena ni para la libertad de expresión ni para los usuarios o consumidores. Los monopolios nunca fueron buenos para los consumidores o los usuarios. También les conviene a los consumidores o usuarios, y no solo a los actores empresarios, un mercado no monopólico. Si no es como si hiciéramos un elogio del monopolio. Pensar que los monopolios van a generar mejores condiciones de precios y contrataciones es un absurdo. Por eso tiene que haber un tercero, que es el Estado democrático.
–¿Cumple con las reglas constitucionales el decreto de necesidad y urgencia anunciado por el Gobierno, y todavía no conocido, que establece cambios en la LSCA?
–No me corresponde opinar sobre el DNU. Primero porque no fue publicado el contenido. O sea que no lo conozco. Sé lo que los funcionarios públicamente anunciaron que desean modificar. Pero además soy procurador ante la Corte Suprema y eventualmente me podría corresponder un dictamen concreto sobre algún caso que pueda litigarse en la Justicia. También por eso prefiero no adelantar ninguna opinión.
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