Sáb 01.10.2016

EL PAíS  › LA CAMARA DE CASACION ANULO 26 SOBRESEIMIENTOS DE AGENTES DE LA METROPOLITANA Y LA FEDERAL

Los policías, otra vez bajo investigación

Los uniformados están implicados en el desalojo violento del Parque Indoamericano donde fueron asesinados Bernardo Salgueiro y Rosemerie Chura Puña, en diciembre de 2010. La Cámara del Crimen tiene que dictar un nuevo fallo.

› Por Irina Hauser

Los camaristas señalan que durante el desalojo se ejecutaron al menos 500 disparos.
Imagen: Bernardino Avila.

La Sala I de la Cámara de Casación Penal anuló los sobreseimientos de veintiséis agentes de la Policía Metropolitana y de la Policía Federal implicados en el desalojo violento del Parque Indoamericano donde fueron asesinados Bernardo Salgueiro y Rosemerie Chura Puña, en diciembre de 2010. Los policías habían sido beneficiados por la Cámara del Crimen, que fue cuestionada en duros términos por los jueces de Casación por haberlos desvinculado sin prueba alguna. Advierten que si las reglas para abordar manifestaciones sociales restringen el uso de armas a las fuerzas de seguridad, no puede haber pasado como algo normal que se hayan ejecutado al menos 500 disparos durante los hechos, tal como se constató. A lo que suman que quienes tenían facultad de dar órdenes debieron poner freno a esa situación, más aún después de que se supo que había una víctima fatal.

La investigación de los sucesos de Villa Soldati estuvo a cargo del fiscal Sandro Abraldes, quien acusó a 41 policías de ambas fuerzas por los asesinatos y las heridas graves sufridas por otras cinco personas que estaban en el lugar. La jueza Mónica Berdión de Crudo confirmó las imputaciones. Los policías de mayor jerarquía fueron procesados por homicidio culposo y el resto por homicidio en agresión, abuso de armas y lesiones. Salguiero y Chura Puña murieron en extremos opuestos del parque por el impacto de proyectiles exactamente iguales, calibre 12/70, compatibles con escopetas policiales. La pesquisa comprobó también la utilización de balas adulteradas, que parecían de goma pero tenía plomo. En julio de 2014 la Cámara del Crimen, con la firma de los jueces Luis María Bunge Campos y Jorge Rimondi, sobreseyó y dictó falta de mérito a todos los uniformados.

La Cámara de Casación les dio la razón a la fiscalía y a la querella de Wilson Fernández Prieto y dijo que la sentencia anterior estaba “mal fundada”. Les reprochó a los jueces que en vez de ocuparse de analizar los hechos se distrajeron en debates sobre la calificación jurídica. El voto de Mariano Borinsky, por ejemplo, dice, sobre el uso de cartuchos adulterados, que no se puede descartar si no fue “para garantizar la impunidad de los autores”. Señaló, además, que hubo grupos de policías que dispararon con munición de plomo en lugares específicos donde hubo gente herida. Si no tienen ninguna responsabilidad, sugiere el juez, debería haber fundamentos.

En relación a los policías con cargos más altos, jerárquicos, Borinsky señaló que “debían extremar los cuidados para impedir que los efectivos que estaban llevando adelante el desalojo, e intentando asegurar ese resultado, lo hicieran disparando sus armas, toda vez que ello se oponía a la normativa que regula la actuación de la policía en casos como el presente”. La jueza Ana María Figueroa recordó que “se acreditó que los jefes de las divisiones actuantes en el predio mantuvieron constante contacto con la de situación de la dirección general de operaciones de la Policía Federal”.

Así, tendrá que ser revisada la situación de los comisarios de la Federal Héctor Lompizano, Juan Antonio Quintero y Emilio Miragaya, además del comisionado mayor de la Policía Metropolitana Claudio Enrique Serrano, los comisionados César Menardi, Alfredo Córdoba y Alberto Ojeda junto con el ex superintendente de Seguridad Miguel Angel Ciancio.

El fallo de Casación también dice que se ejecutaron 500 disparos de los cuales esos policías tomaron conocimiento y, sin embargo, “no dispusieron el cese de ese actuar peligroso y antirreglamentario”. Incluso en relación a las balas antitumulto, los jueces dicen que “no se puede descartar” su “poder lesivo” porque no está claro a qué distancia se produjeron los disparos. A menos de diez metros esas municiones tienen “capacidad letal”, recordaron. Al voto de Borinsky se sumaron en lo sustancial Figueroa y Hornos, con algunas diferencias en cuestiones técnicas. La Cámara del Crimen deberá dictar una nueva sentencia.

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