EL PAíS
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¿Trabajadores de menor cuantía?
Por Héctor Pedro Recalde *
Desde los principios de la historia se advierte una contienda permanente entre lo social y lo económico. Existen además derechos legítimos encontrados con otros de similar característica. En una República todos debemos tener acceso a la administración de Justicia y la facultad de reclamar lo que entendemos que nos corresponde. El Estado es el garante del ejercicio de estos derechos. También es necesario recalcar que, valga la perogrullada, los derechos no son iguales. Incluso a algunos por su importe económico se los considera de menor cuantía. Pero son importes, no personas.
Y de eso se trata: de distinguir, de reconocer prioridades. El Senado acaba de sancionar una ley por la cual las ejecuciones de créditos comerciales de monto económico menor se deberán tramitar ante la Justicia de Trabajo.
Ello obedece a que la Justicia comercial se encuentra atiborrada de expedientes, entre otros por (sic) ¡juicios laborales!
Si la Cámara de Diputados lo convierte en ley, la Justicia comercial seguirá más o menos igual, y la laboral colapsará nuevamente. Y digo nuevamente porque hubo épocas en que los juicios demoraban bastante más de un lustro, se registraron cierre de edificios, suspensión de actividades de juzgados, avalanchas de expedientes provocados por las privatizaciones, pérdida de empleados por transferencias al fuero comercial, desborde de los juzgados por los amparos del corralito, etc. De todo ello resurgió el fuero por sus propios medios, perdurando aún las consecuencias de los amparos de incumbencia de la Justicia contenciosa federal. Aun así, el promedio de tramitación de los juicios laborales es de tres años.
Ahora, si se modifica la competencia como lo plantea el proyecto, podríamos decir que se traduce en: al trabajador ni justicia.
Lo insólito es que en lugar de girar los juicios laborales al fuero del trabajo, los dejan en comercial y a la Justicia de Trabajo le mandan los juicios comerciales, claro... de menor cuantía.
Los derechos de los trabajadores son de naturaleza alimentaria, son derechos humanos. Los créditos de entidades financieras y bancarias no reúnen esas características. Los derechos de los trabajadores no son de menor cuantía, aunque el ingreso promedio sea de $ 550.
El asalariado que se ve obligado a recurrir a la Justicia debe tener respuesta urgente. Su derecho no puede ser desplazado en el tiempo por un reclamo de naturaleza mercantil. Confundir las prioridades no se compadece con la equidad, con la justicia social ni con la Constitución Nacional y los tratados internacionales de igual jerarquía.
La opción es clara: ni kelpers ni de menor cuantía.
* Prof. Derecho del Trabajo, UBA. Asesor legal de la CGT de Hugo Moyano.