EL PAíS
› GUSTAVO BELIZ ENVIO SEIS PROYECTOS DE SEGURIDAD
El plan llegó al Congreso
De las catorce iniciativas previstas, Beliz ingresó al Senado los primeros seis proyectos del Plan de Seguridad. Entre otras cosas, define la asociación ilícita y limita las excarcelaciones.
› Por Eduardo Tagliaferro
Hace un mes fue presentado en sociedad el denominado Plan Estratégico de Seguridad. Allí, el ministro de Justicia, Gustavo Beliz, se había comprometido en enviar al Congreso catorce iniciativas legislativas para combatir la inseguridad. En la mañana de ayer ingresaron al Senado los primeros seis proyectos. “Son medidas positivas que permiten dar una respuesta rápida contra el delito”, las definió el senador justicialista de Río Negro, Miguel Angel Pichetto. Entre otras cuestiones, se limitan las excarcelaciones, se precisan definiciones en el empleo de la figura de la asociación ilícita y se aumentan los mínimos y los máximos de las penas para los partícipes y para los jefes y organizadores. De manera sorprendente, algunos de los argumentos oficiales salen del fallo de la Corte Suprema que liberó a Emir Yoma y Carlos Menem en la causa por la venta ilegal de armas. También se modifica el Código Procesal Penal para darle rango de querellante a la Oficina Anticorrupción en todos aquellos delitos de su competencia.
Aunque existe un alto consenso sobre la mayoría de las iniciativas oficiales, no llegarán al recinto rápidamente. Primero deberán contar con el aval de las respectivas comisiones, trámite que puede llevar un par de semanas. Las definiciones polémicas se circunscriben a las de la asociación ilícita, al nuevo régimen de protección de testigos y a la de la figura del arrepentido.
El que sigue es un resumen de los seis proyectos.
- El primero limita las excarcelaciones y las eximiciones de prisión. Se realiza modificando el artículo 319 del Código Procesal. Se otorgan una serie de condicionantes. Como principal argumento, se dice que las excarcelaciones o eximiciones podrán ser denegadas cuando “exista una razonable y fundada presunción de que el imputado no se someterá u obstaculizará el procedimiento o la averiguación de la verdad”.
- El segundo proyecto redefine la figura de la asociación ilícita. Se elimina el uso del término “banda”. En lo conceptual, se modifica la definición que señalaba que la asociación ilícita se concretaba cuando “había una pluralidad de delitos”, por otra en la que se destaca “la pluralidad de planes delictivos”. También se elevan las penas mínimas previstas para los partícipes a 3 años y siete meses. En este punto se los equipara con la asociación ilícita tributaria. Para los considerados jefes u organizadores las penas máximas se llevan de 10 a 15 años.
- El tercero de los proyectos que ingresaron ayer brinda precisiones sobre el vaciamiento de empresas. Esta medida fue analizada por la comisión asesora para la reforma del sistema penal, popularmente conocida como comisión Arslanian. En su articulado define el vaciamiento de empresas y lo distingue de la administración fraudulenta. Considera un agravante incorporar capital a una empresa para luego vaciarla. A este hecho lo pena con ocho años de prisión. En este proyecto también se aumentan los mínimos y los máximos. Las penas por vaciamiento, que en la actualidad van de seis meses a dos años de prisión, se elevan de uno a seis años.
- La cuarta iniciativa enviada por el Ejecutivo permite en los casos menores transformar el delito de acción pública en privada. Aquí, previa mediación del fiscal competente, la sanción judicial podría sortearse con una reparación económica. Quedan excluidos de este beneficio los funcionarios públicos. Vale aclarar que en todos los casos el delito puede transformarse en acción privada antes de que el caso se elevado a juicio.
Dentro del cuarto proyecto, también se modifica el artículo 80 del Código Procesal para incorporar “derechos de la víctima y del testigo”. En otro punto de esta iniciativa se propone modificar el artículo 82 del Código Procesal para que la Oficina Anticorrupción pueda convertirse en querellante particular.
- La quinta iniciativa amplía a todos los delitos el programa de protección a testigos que en la actualidad sólo se utiliza en los casos de secuestros extorsivos, narcotráfico y terrorismo. En esta norma se proponen modificaciones al Código Penal para poder reducir a un tercio del máximo y a la mitad del mínimo las penas que les correspondieren a aquellos que colaboren con el esclarecimiento de algunos delitos.
- El sexto proyecto contempla procesos sumarios de 48 horas en el caso de los delincuentes que hayan sido descubiertos in fraganti.