Mar 18.05.2004

EL PAíS  › INSOLITO ERROR LEGISLATIVO POR EL APURO BLUMBERG

Un delito que no es delito

El apuro con el que los diputados nacionales aprobaron el paquete de leyes contra la inseguridad impulsado por Juan Carlos Blumberg mostró sus primeras consecuencias. En la norma que fijó un aumento de penas para la tenencia ilegal de armas se deslizó un olvido: en ningún caso se mencionó taxativamente la tenencia ilegal de munición de guerra. Con lo que ese hecho dejó de ser delito. El viernes último, sobre la base de esa ley, un hombre fue absuelto en un juicio oral en los tribunales federales de La Plata. Ahora, en la Cámara de Diputados corren con velocidad ultrasónica de nuevo. Esta vez para ver cómo se enmienda el error y evitar que cientos de imputados por esta figura pueden reclamar su absolución.
De todos modos, el error podría tardar varios días en subsanarse. El diputado justicialista Jorge Casanovas será el encargado de presentar hoy un proyecto de ley para corregir el artículo en cuestión. Pero el proyecto deberá pasar por las comisiones y recintos de ambas Cámaras antes de entrar en vigencia.
La fiscalía general federal de La Plata advirtió sobre el error mediante una nota enviada a algunos diputados nacionales, en la que señala que al reformar el artículo 189 bis del Código Penal mediante la sanción de la Ley 25.886 se omitió escribir la palabra “tenencia” junto a la de acopio de munición de guerra. Casanovas admitió a Página/12 el error, aunque aclaró que el delito de tenencia de municiones “sólo se refiere cuando no hay un arma porque, si no, cabe dentro de la figura de tenencia de armas. Y tampoco está contemplado en los casos en que hay muchas municiones porque, si no, entra en el acopio”.
A raíz de esta omisión, tener ilegalmente munición de guerra no es hoy un delito en la Argentina. Los condenados y procesados tienen a su favor el principio de la ley más benigna y, en consecuencia, deben ser favorecidos por la Justicia. Al punto que el “error” legislativo ya tuvo un beneficiario. Se trata de Marcos Alberto Paredes, quien el viernes último fue absuelto de ese delito por el Tribunal Oral Federal Nº 1 de La Plata, donde fue juzgado además por tenencia de estupefacientes. El hombre llegó a juicio, acusado por el fiscal general federal platense Carlos Dulau Dumm, pero fue absuelto de ese cargo, ya que el fallo fue dictado dos días después de que la nueva ley entrara en vigencia.
Casanovas aseguró que “son muy pocos los casos que pueden llegar a la Justicia enmarcados en la figura de tenencia de municiones”. Según el legislador del PJ, “el 3 de diciembre de 2003, el Poder Ejecutivo envió un proyecto al Senado para modificar este artículo. En ese texto ya figuraba sólo acopio”. Pero ni los senadores, ni los diputados que después trataron el proyecto, agregándole el paquete de medidas impulsadas en la “Cruzada Axel”, notaron el error. “El proyecto fue tratado el 17 de diciembre por el Senado, pasó a Diputados, donde modificaron la iniciativa el 7 de abril, y el 14 de ese mismo mes ingresó al Senado”, que lo convirtió casi instantáneamente en ley. La norma aumenta las penas de portación de armas de fuego, cuando se entrega un arma a un menor de 18 años, para los que suministran armas, y encomienda al Poder Ejecutivo un “blanqueo” de armas.

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