Vie 10.06.2005

EL PAíS

Servini avaló el decreto pro partidos en formación

Es el 535/05, que permite que los partidos nuevos terminen los trámites dos meses antes de realizarse las elecciones. La jueza mantuvo su criterio. Ahora deberá expedirse la Cámara.

› Por Raúl Kollmann

La jueza María Romilda Servini de Cubría rechazó ayer los planteos contra el decreto 535/05, que habilitó a los partidos en formación a inscribirse para participar de las elecciones de octubre, aunque –y así lo establece la ley– tendrán que tener la legalización completa dos meses antes de los comicios, al momento de presentar las listas de candidatos.
En La Rioja, en la Capital Federal y en otros distritos hubo objeciones al decreto con el argumento de que la ley establece que sólo pueden participar de elecciones partidos ya legalizados, y si ahora se admite la inscripción de juntas electorales para el proceso de internas abiertas de partidos en formación, se vulneraría la igualdad ante la ley. Sin embargo, Servini afirmó ayer en su resolución que siempre se permitió a los partidos nuevos dar los primeros pasos en el proceso electoral y recién se le requería, sí o sí, la legalización 50 o 60 días antes de las elecciones, al momento de presentarse las listas o la constitución de un frente.
Desde el punto de vista político, el decreto del Ejecutivo tuvo como objetivo jugar en la interna del peronismo, específicamente en La Rioja. Allí, Carlos Menem se quedó con la personería del justicialismo, el senador Jorge Yoma se constituía en el principal opositor con su Frente con Todos y el actual gobernador, Angel Maza, hoy de buenas relaciones con la Casa Rosada, pretende participar de las elecciones de octubre con el Partido de la Gente. Lo que sucede es que ayer venció el plazo para inscribir juntas electorales para las internas abiertas y, obviamente, el Partido de la Gente y otras fuerzas en otros puntos del país no tienen los trámites completados. El decreto 535/05 les permite iniciar todo el proceso de participación en las elecciones de octubre, pero en el momento de presentar las alianzas (el 24 de agosto) o en el momento de presentar las listas definitivas (el 3 de septiembre) sí tendrán que tener los papeles de legalización terminados. Lo que argumenta buena parte del arco político es que se altera el reglamento del juego por una conveniencia política. “Es como si en medio de un partido, bajaran el travesaño porque el arquero es petiso”, explicó ayer el apoderado de una fuerza política.
Desde el punto de vista legal, la jueza Servini de Cubría sostuvo ayer que el decreto no vulnera la ley electoral que justamente establece ese requisito, que los partidos estén legalizados en el momento que se presenten los frentes o las listas. El cuadro es el siguiente:
- Antes de la existencia de la ley de internas abiertas, que se va a aplicar por primera vez en estas elecciones, los trámites de legalización debían estar terminados 60 días antes de la fecha de los comicios.
- Ahora, con la ley de internas abiertas, se pretendía que los partidos estén legalizados el 8 de junio para inscribir las juntas electorales para esas internas. O sea que había que tener el partido legalizado cuatro meses y medio antes de la fecha de las elecciones. El decreto 535/05 vino a reparar esto, diciendo que con inscripción precaria, sin presentación todavía de los afiliados, se podrá participar en toda esta etapa previa de las elecciones.
Desde el punto de vista político, personalidades como Elisa Carrió manifestaron su acuerdo con el decreto, básicamente porque consideran que es positivo que se formen nuevos partidos y que ello significa más participación de más ciudadanos. Otros dirigentes, en cambio, insisten en que se está violando la Constitución, por lo que presentarán recursos de inconstitucionalidad.
En el caso de La Rioja, el juez Rubén Blanco sostuvo en un fallo que el decreto no se podrá aplicar en esa provincia, pero ante la apelación, no le ha enviado el expediente a la Cámara Nacional Electoral, que es el tribunal que tiene la última palabra en el tema. Por su parte, Servini de Cubría falló en forma opuesta a la de Blanco, sosteniendo que el decreto no vulnera la ley. Se expidió así ante una presentación del abogado Ricardo Monner Sans. Es posible que en este caso sí haya apelación, por lo que la Cámara terminará expidiéndose. Ocurre que objeciones similares se presentaron en procesos electorales anteriores, y por ello es muy probable que la Cámara ratifique sus criterios anteriores, en el sentido de que la legalización se le puede exigir a los partidos sólo en el momento en que deben presentar oficialmente su integración en un frente o en el momento de inscribir la lista electoral, esto es dos meses antes de la fecha de los comicios y no ahora.

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