Vie 17.06.2005

EL PAíS

Los presos de la Legislatura tendrán que esperar el juicio entre rejas

La Cámara rechazó un nuevo pedido de excarcelación de los quince detenidos por los disturbios de hace once meses frente a la Legislatura porteña. Argumentaron que se pueden fugar antes del juicio.

› Por Laura Vales

La Justicia rechazó un nuevo pedido de excarcelación de los presos de la Legislatura. La Sala V de la Cámara del Crimen, con el voto de los jueces Mario Filozof y Rodolfo Argerich, sostuvo que, de concederles la libertad, los detenidos podrían fugarse. La solicitud había sido presentada en base a los fallos que beneficiaron a María Julia Alsogaray y a Omar Chabán, a quienes días atrás se les reconoció el derecho de esperar libres el comienzo del juicio oral.
En este caso, por el contrario, los camaristas pusieron en primer plano otro argumento. Señalaron que “cuando la pena prevista para el delito atribuido es de cierta gravedad” debe tenerse en cuenta “la posibilidad de que el imputado intente eludir la acción de la Justicia”.
Los quince presos cumplieron ayer once meses de detención. Fueron arrestados el 16 de julio, al término de una protesta contra la modificación del Código de Convivencia porteño. De los quince, nueve son vendedores ambulantes y dos mujeres en situación de prostitución. Habían ido a manifestar contra la sanción del nuevo Código, que limitó sus posibilidades de trabajo y recortó el derecho a la protesta.
Aquel día, cuando los manifestantes llegaron frente al edificio, las puertas de la Legislatura fueron cerradas y se prohibió el ingreso al público que quería presenciar el debate. En esa situación, un grupo de personas con las caras tapadas que no pertenecían a las organizaciones que habían convocado a la movilización comenzaron a tirar piedras contra el edificio e intentaron tirar abajo la puerta. Los incidentes se extendieron durante cinco horas sin que la policía interviniera. Cuando todo terminó, efectivos de civil detuvieron a 23 personas, en algunos casos a varias cuadras del lugar de los incidentes.
Ocho de los detenidos recuperaron la libertad. Los restantes fueron procesados por la jueza Silvia Ramond, quien los acusó de daños calificados (los consideró autores de las roturas del edificio), privación ilegítima de la libertad (sostuvo que con su accionar habían impedido salir del lugar a los legisladores) y coacción agravada. Este último delito, que consiste en “las amenazas a miembros del poder público con el propósito de obtener alguna medida o concesión”, no es excarcelable, ya que prevé una pena de entre 5 y 10 años de prisión.
Los abogados defensores plantean que no hay pruebas que sostengan esta acusación, basada sólo en dichos de la policía. Señalan que la Federal no detuvo a quienes provocaron los incidentes y en cambio arrestó a manifestantes que no habían tenido nada que ver.
Entre los quince presos hay uno –Pablo Amitrano– que incluso demostró, utilizando las filmaciones de la televisión, que la acusación de los policías era falsa y que él sólo había estado tocando el bombo. Es el caso de la mayoría. “Fueron a manifestar y terminaron acusados por cosas que no cometieron”, resumió Héctor Trajtemberg, de la Liga por los Derechos del Hombre. En el peor de los casos, agregó, “si alguien tira una piedra y rompe un vidrio debería ser acusado por romper un vidrio, pero no de coacción agravada y privación ilegítima de la libertad”.
Al pedir la excarcelación, señaló Luis Orellana, los abogados habían señalado además los siguientes puntos:
u “La ley plantea como reparo a cualquier excarcelación que el acusado pueda entorpecer el accionar de la Justicia. En este caso eso no sucedería, porque la investigación está terminada. De hecho, ya está lista para elevarse a un tribunal oral.”
u “Nuestros defendidos no pueden evadir la acción de la Justicia. Para irse del país o vivir fugado hay que tener dinero, pasaporte, medios con los cuales mantenerse. Como es público, todos los detenidos son pobres.”
u La Justicia no puede aplicar un criterio frente a María Julia o a Chabán y otro distinto si el preso no es rico ni famoso.
Los jueces, que reconocieron como válido el primer argumento, insistieron en que “persiste el peligro de fuga”. En cuanto a los fallos que beneficiaron a María Julia y a Chabán, señalaron que ellos no los habían firmado: se trata de casos en los que entendieron otros magistrados. Por otra parte, agregaron: “La existencia de fallos contradictorios no implica quebrantar la igualdad ante la ley”.

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