Jue 23.06.2005

EL PAíS

Un policía condenado por borrar pruebas de la AMIA

El comisario Carlos Castañeda recibió cuatro años de prisión. Pero sólo cumplirá la sentencia si el fallo queda firme. Fue juzgado por la desaparición de 66 casetes de escuchas telefónicas, además de disquetes y videos. También, por borrar el contenido de la agenda de Carlos Telleldín.

› Por Raúl Kollmann

Las maniobras en el caso AMIA tuvieron ayer su primera condena. El ex jefe de la división Protección del Orden Constitucional (POC) de la Policía Federal, comisario Carlos Castañeda, fue condenado a cuatro años de prisión por la desaparición de 66 casetes de escuchas telefónicas, 13 disquetes y tres videos, además del borrado del contenido de la agenda de Carlos Telleldín y otras pruebas que se recogieron en los días inmediatamente posteriores al atentado, especialmente en el domicilio del armador de autos truchos. Al comisario también le adjudicaron haber armado un acta falsa en la que se consignaba el secuestro de elementos que habían desaparecido. La pena es de cumplimiento efectivo, pero el fallo puede apelarse. Por lo tanto, se calcula que, si se confirma la decisión de ayer, el comisario recién empezaría a cumplir la condena dentro de un año.
Ni en el juicio oral por el caso AMIA ni en el juicio contra Castañeda pudo esclarecerse por qué desaparecieron esas pruebas. La hipótesis del fiscal Alberto Nisman y del abogado querellante de la AMIA, Juan José Avila, fue que la sustracción no fue producto de ineficiencia sino artera, motivada en la intención de proteger a alguien. “De los allanamientos de esos primeros días no desapareció dinero ni joyas ni valores. Lo que desapareció fue lo más preciado: información. Eso indica que hubo intencionalidad, una maniobra para hacer desaparecer pruebas”, explicó Nisman a este diario.
Los 66 casetes corresponden a las primeras escuchas telefónicas realizadas a Telleldín. Se trata de una prueba valiosa porque registran llamadas, entre otros, de hombres de la Policía Bonaerense, la SIDE e incluso –según se dijo en el juicio oral– de agentes de inteligencia israelíes que estuvieron dentro del domicilio del armador de autos. En esos días, Telleldín estuvo prófugo y, a través de una negociación telefónica, se pactó que volviera de Misiones para entregarse.
En el expediente AMIA existe una transcripción de lo que supuestamente contenían los casetes, pero hay muchas y fundadas dudas acerca de la fidelidad de esa transcripción. Hay un ejemplo notorio de una maniobra de ese estilo. La jueza de Lomas de Zamora, Silvia González, tuvo una causa relacionada con el expediente AMIA en la que también constaban desgrabaciones de llamadas de policías. La magistrada verificó que la transcripción no se correspondía con lo que aparecía en las grabaciones y que había una notoria alteración para beneficiar a los hombres de uniforme. Por eso era importante tener el original de las grabaciones de los diálogos telefónicos de Telleldín, el último tenedor de la camioneta que luego estalló en la AMIA.
Los fundamentos del fallo de ayer, emitido por los jueces María del Carmen Roqueta, José Martínez Sobrino y María Cristina Bértora, recién se conocerán dentro de unos días, pero tanto el fiscal como la AMIA elogiaron la decisión de rechazar el pedido de sobreseimiento por prescripción. Nisman, la Agrupación Familiares y el Ejecutivo están trabajando en un proyecto de ley para que se ratifique la imprescriptibilidad de todos los delitos relacionados con los atentados, aunque la semana pasada el CELS manifestó su oposición “a una ley que dispusiera la imprescriptibilidad de los delitos de terrorismo, ya que no podría ser aplicada de manera retroactiva sin violar el principio de legalidad”. El CELS, que participó activamente del caso AMIA, considera que “los planteos de prescripción deberán ser resueltos en la instancia judicial, a partir de la aplicación de las normas constitucionales e internacionales vigentes”. En el caso de Castañeda, hubo una resolución judicial contra la prescripción, aunque habrá que ver en base a qué fundamentos.

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