EL PAíS
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Nulidad de la “ley” que deroga la ley 20.840
por Leopoldo H. Schiffrin *
Aparte del bochornoso fraude político que ha significado la sesión de la Cámara de Senadores del día 29 de mayo en que se “derogó” la ley 20.840, me parece que tanto en esa Cámara como en la de Diputados ha existido un trámite para esa derogación signado por un esencial vicio de
procedimiento. En efecto, el proyecto que sancionó el Senado el 9 de mayo derogaba por entero la ley 20.840 (Congreso, año 1974), o sea, los cuatro artículos de la misma que la ley 23.077 (Congreso, año 1984) había dejado vigentes. A la vez, el proyecto del Senado hizo algunos agregados al art. 174 del Código Penal. Al llegar a Diputados hubo dos dictámenes de comisión, uno mayoritario, para aprobar el proyecto de derogación que venía del Senado y otro minoritario (de la diputada Stolbizer) que ratificaba la vigencia de la ley 20.840, precisaba algunos de sus términos y agravaba sus sanciones. La Cámara de Diputados rechazó el proyecto para aprobar la derogación de la ley 20.840 que venía del Senado y, en cambio, aprobó el proyecto que ratificaba y agravaba la ley 20.840.
Ahora bien, según el art. 81 de la Constitución nacional, igual, en esto, al antiguo artículo 71 “ningún proyecto de ley desechado totalmente por una de las Cámaras podrá repetirse en las sesiones de aquel año”. Añadamos que, según esos artículos, sólo en los casos en que la cámara que interviene en segundo lugar (revisora) efectuara al proyecto originario “adiciones o correcciones”, vuelve el proyecto a la Cámara de origen y allí se pone en juego el sistema por el cual, con suficientes votos, esa cámara de origen puede hacer prevalecer su propio proyecto.
Obviamente, el rechazo total al proyecto del Senado, que realizó Diputados el 23 de mayo, impedía cualquier tratamiento posterior del tema, pues el proyecto votado por Diputados en esa sesión no adicionaba ni corregía al del Senado, sino que le era diametralmente opuesto. Mientras el Senado derogaba la ley 20.840, la sanción de Diputados la confirmaba, precisaba y agravaba.
En ese momento se produce el fraude, pues esta última sanción de Diputados fue remitida al Senado con una nota del presidente de la Cámara de Diputados que dice textualmente: “Tengo el honor de dirigirme al señor Presidente, comunicándole que esta H. Cámara ha tomado en consideración, en sesión de la fecha, el proyecto de ley venido en revisión por el cual se deroga la ley 20.840 de subversión económica y modificación del art. 174 e incorporación del art. 174 bis del Código Penal, y ha tenido a bien aprobarlo por mayoría absoluta de los señores diputados presentes, en general y en cada uno de sus artículos (art. 81 de la Constitución nacional) de la siguiente forma”. A continuación se transcribe el proyecto Stolbizer que no aprueba en general ni en particular el proyecto del Senado, sino que hace todo lo contrario, y es, en realidad, un nuevo y antagónico proyecto de Diputados.
Añadamos que la identidad o diferencia sustancial de los proyectos es un tema considerado en nuestro Derecho Constitucional. En este sentido, Montes de Oca, siguiendo al tratadista americano L. S. Cushing, expresa que la igualdad se da cuando un proyecto se pone los mismos objetivos que otro antes rechazado y que “dos bills (proyectos) son iguales cuando tienen el mismo objeto en vista y se proponen efectuarlo por los mismos medios” (Lecciones de Derecho Constitucional, Bs. As., 1903, p. 273).
En el caso de la supuesta derogación de la ley 20.840, el objeto de la sanción del Senado es opuesto a la de Diputados. En consecuencia, lo único que el Senado pudo hacer, en la nueva sesión del 29 de mayo, con el proyecto que votó Diputados en la sesión del 23 de mayo, fue rechazarlo, aprobarlo o enmendarlo, pero no repetir el proyecto opuesto íntegramente fracasado en la Cámara baja. De lo dicho resulta que el trámite de derogación de la ley es nulo, sin perjuicio de otras posibles causas de invalidez denunciadas por diversos letrados. Por consiguiente, esa derogación no pudo ni puede volver a tratarse en las sesiones de este año.