Lun 02.10.2006

EL PAíS

La protección de testigos, a prueba en las causas de derechos humanos

Actualmente hay 20 testigos protegidos por el Programa Nacional, ninguno de ellos por una causa de derechos humanos. Pero a partir de la desaparición de López y de una instrucción del procurador Righi, el plan se pondrá a prueba.

› Por Adriana Meyer

En Argentina hay 20 testigos protegidos por el Programa Nacional, pero ninguno de ellos pertenece a una causa de derechos humanos. Desde que fue creado, hace tres años, sólo recibió un pedido proveniente de uno de los procesos por violaciones a los derechos humanos. Pero ahora, a partir de la instrucción que dio el procurador general Esteban Righi a los fiscales respecto de la actualización del listado de testigos y de futuros juicios orales, la capacidad de este plan será puesta a prueba. El caso del albañil Jorge Julio López dejó al descubierto que la seguridad de las personas que acceden a dar testimonios fundamentales en procesos judiciales de importancia es algo más complejo que la presencia (o no) de una custodia. Testigos y funcionarios que trajinan este tipo de procesos coinciden en que la protección no puede venir de miembros de fuerzas de seguridad, que demuestran no haber sido depuradas. “La única protección efectiva es desmantelar en forma definitiva el aparato represivo”, manifestó a Página/12 la abogada Myriam Bregman, una de las querellantes en el juicio al represor Miguel Etchecolatz. “Espero que este episodio no afecte la voluntad de los testigos, que estén tranquilos y sepan que cuentan con esta herramienta”, fue el mensaje que expresó ante este diario Mariano Ungar, a cargo del Programa de Protección a Testigos e Imputados.

Los organismos de derechos humanos llevan décadas construyendo una estrategia probatoria de los delitos de lesa humanidad cometidos durante la dictadura, de la cual los testigos son una parte fundamental. Fueron años de esfuerzo para convencer a los más remisos en arriegarse a exponerse. Muchos de los hombres y mujeres que ya habían decidido aportar su testimonio en la búsqueda de justicia supieron de amenazas o las vivieron en propio cuerpo. Pero lo que quizá no dimensionaron –ni el Estado ni los organismos– es la posibilidad de que esas intimidaciones se convirtieran en realidad. En tal sentido, la desaparición de López, que ocurre en plena reactivación de los procesos judiciales contra represores, atenta de manera directa contra ese entramado.

En las últimas horas, funcionarios nacionales, provinciales, del Poder Ejecutivo, del Judicial y del Ministerio Público Fiscal se miraron entre sí respecto de las respectivas responsabilidades. Pero, ¿cómo fue la protección de testigos hasta ahora y cómo será de aquí en más?

A excepción de una custodia temporaria a una abogada tucumana que fue amenazada, el Ministerio Público no recibió nunca un pedido de protección por parte de jueces o fiscales, según aseguró a Página/12 una alta fuente del organismo. El funcionario consultado coincidió con las organizaciones de derechos humanos en cuanto a que es inviable poner policías a cuidar a testigos que sobrevivieron a la represión, de las que esas instituciones formaron parte. Y agregó que si el “efecto López” se propaga pondrá a prueba la capacidad del Estado de dar una respuesta más integral.

“El mensaje es ‘acá estamos y podemos’. Por eso la respuesta debe ser ‘no señores, no va más’, y esto significa medidas más drásticas que desmantelar la bonaerense”, opinó Nilda Eloy, ex detenida y testigo del juicio a Etchecolatz. Los organismos señalan la ausencia de un seguimiento de los movimientos de la “mano de obra desocupada”. Para Eloy, “si se toma la decisión política de avanzar en esta materia debe haber una conciencia de la dimensión del enemigo que se está enfrentando”. Según Bregman, “casi todos los genocidas están sueltos, manejan agencias de seguridad, el represor sabe quién es el testigo, nosotros estamos indefensos”.

Pero también miran hacia adentro cuando aseguran que deberán replantearse la propia seguridad y la de los testigos, buscando algún mecanismo independiente del Estado.

¿Como en las películas?

El derecho de protección de testigos surge a partir de la obligación que tienen las personas de comparecer a declarar cuando son citadas en tal calidad. Pero hay dos mecanismos diferentes de protección de testigos: el ordinario, que se encuentra a cargo de jueces y fiscales y está reglamentado por el Código Procesal Penal y se reduce a la asignación de una custodia policial; y el especial (que incluye a imputados), que está a cargo de la Oficina de Protección a Testigos del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, creado en 1998 en la Ley de Estupefacientes.

El Programa de Protección a Testigos e Imputados fue pensado para preservar la integridad de los acusados en causas vinculadas con el narcotráfico, en riesgo por su colaboración con la Justicia. “Como en las películas de narcos, que se protege a los arrepentidos”, comentó un funcionario. Pero a mediados de 2003, tras una serie de secuestros extorsivos (casos Riquelme, Milito, Macri, entre otros), se amplió la competencia del plan a los casos de secuestro, terrorismo, delincuencia organizada y violencia institucional. La ley menciona que la inclusión de casos podrá hacerla el ministro de Justicia si “la trascendencia e interés político criminal lo hagan aconsejable”.

Esta podría ser la puerta para que futuros testigos de causas relacionadas con la represión sean incluidos en el plan, que se circunscribe a delitos de competencia federal (los de lesa humanidad se investigan en ese fuero). Sin embargo, los funcionarios consultados enfatizaron que la intervención del programa sólo puede darse ante un requerimiento judicial. ¿Por qué no fue requerido? Los organismos de derechos humanos consultados prefirieron no cargar culpas en el Poder Judicial, porque consideran que está haciendo enormes esfuerzos en la implementación de los procesos.

El plan ya protegió a 68 personas, en la actualidad hay 20 beneficiarios con sus familiares, y 13 de ellos tienen custodia de distintas fuerzas de seguridad. Las medidas de protección incluyen el cambio de domicilio, apoyo para reinserción laboral, la asistencia económica y el suministro de documentación que acredite identidad bajo nombre supuesto. Es decir que el ingreso al programa supone un cambio sustancial en las condiciones de vida, a diferencia de la protección ordinaria que provee una custodia. A cambio de la protección especial, los testigos tienen que comprometerse a mantener absoluta reserva y confidencialidad respecto de su calidad de protegidos. Los elegidos deben encontrarse en situación de peligro para su vida o su integridad física y tienen que haber colaborado “de modo trascendente y eficaz en una investigación judicial”.

Una de las consecuencias del caso López fue la adhesión de la provincia de Buenos Aires al programa nacional. El viernes 22 el gobernador Felipe Solá lanzó el “programa de vigilancia y atención de testigos en grado de exposición”, en el que dispuso “limitar la exposición de testigos que en razón de la importancia de sus declaraciones en procesos penales ante el fuero federal objetivamente puedan encontrarse en una situación de peligro”. El programa provincial ofreció a cada testigo “un dispositivo de seguimiento informático que suministre en forma continua su geo-referencia, con alerta de pánico”, un teléfono celular y “asesoramiento y mejoramiento de las condiciones de seguridad del lugar de residencia permanente del testigo”. Esa misma noche, Nilda Eloy rechazó la posibilidad de que “le pongan una pulserita o vigilancia a los testigos”.

En el ámbito de la Procuración General de la Corte Suprema bonaerense funciona otro programa de características parecidas, aunque con más recursos. En algunos casos se implementaron traslados de familias enteras, con mascotas incluidas, a pequeñas ciudades de provincias, con una reinserción laboral efectiva. Así ocurrió con testigos de uno de los juicios al llamado Escuadrón de la Muerte.

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