El alto tribunal le concedió personería jurídica a una asociación de travestis y transexuales. Negar ese derecho, dijo, sería discriminatorio.
› Por Irina Hauser
En la semana del Orgullo Gay, la Corte Suprema decidió respaldar un viejo reclamo de las minorías sexuales. El tribunal en pleno resolvió conceder la personería jurídica a la Asociación de Lucha por la Identidad Travesti-Transexual (Alitt). Negar ese derecho, advirtieron los jueces supremos, sería un acto de discriminación. El fallo implica un vuelco histórico en la jurisprudencia de la propia Corte, que hace quince años le negó el reconocimiento a la Comunidad Homosexual Argentina (CHA) con el argumento de que su objeto social era “contrario al bien común”.
A la CHA le llevó cuatro años conseguir la personería después de aquella resolución de la Corte del menemismo. La teoría de que la finalidad no tiende al “bien común” fue recogida por la Inspección General de Justicia (IGJ) para rechazar también el pedido de reconocimiento de los travestis y transexuales. El organismo sostuvo que no era “una prioridad para el Estado la aceptación del travestismo como una identidad propia o la construcción de una ciudadanía travesti-transexual”, como pedía Alitt.
Tras cuestionar a la IGJ, las travestis tuvieron un fallo adverso de la sala K de la Cámara Civil, que incluso las acusó de perseguir “beneficios personales para los integrantes del grupo”. Alitt, pese a todo, decidió llevar la pelea hasta la Corte, donde el expediente llevaba dos años.
De los jueces que integraban el máximo tribunal en 1991, sólo siguen en funciones Enrique Petracchi y Carlos Fayt. Fueron los únicos que aquel año votaron en minoría, a favor de la comunidad homosexual. La resolución de ayer recupera los argumentos que usaron ambos por entonces. El texto final se conocerá hoy, ya que a última hora faltaba la firma de Fayt. Petracchi, Ricardo Lorenzetti, Raúl Zaffaroni, Juan Carlos Maqueda, Elena Highton de Nolasco y Carmen Argibay apoyaron un voto común.
- El alto tribunal considera que negar la personería jurídica a travestis y transexuales es una iniciativa discriminatoria en un país que no permite la discriminación por ideas, identidades, tendencias u orientación sexual, señalaron fuentes judiciales.
- La Corte entiende que la Cámara Civil las excluyó de un derecho de manera arbitraria.
- El nuevo fallo considera que los camaristas hicieron una interpretación restrictiva al analizar la finalidad que persigue Alitt.
Para los supremos se puede pensar que todo tiende al “bien común” excepto las conductas que son evidentemente ilegales, o sea, que afectan los derechos de los demás. En ese sentido, las acciones que apunten al pluralismo en una sociedad democrática estarían orientadas hacia el “bien común”. Ese concepto, además, según el planteo de la Corte no se puede reducir a lo que quiere o piensa una mayoría.
- Fayt eligió hacer hincapié en la defensa del derecho de asociación y señalar que la Constitución ampara “el respeto a la dignidad humana”, un punto que forma parte de las metas de la asociación de travestis.
La definición de la Corte permitirá que Alitt trabaje en los objetivos que detalló a la Justicia así: que las “travestis y transexuales se conviertan en sujetos/as de derecho”, conseguir para ellas “una mejor calidad de vida”, lograr “la ciudadanía travesti-transexual” para “exigir el derecho a la salud, educación, trabajo, vivienda y demás beneficios sociales” y “propiciar la divulgación en materia de derechos sexuales y antidiscriminación”. Este sábado, la marcha del Orgullo Gay Lésbico Travesti Transexual y Bisexual vendrá con festejos.
(Versión para móviles / versión de escritorio)
© 2000-2022 www.pagina12.com.ar | República Argentina
Versión para móviles / versión de escritorio | RSS
Política de privacidad | Todos los Derechos Reservados
Sitio desarrollado con software libre GNU/Linux