Mar 28.11.2006

EL PAíS  › JUSTICIA Y TORTURAS EN BUENOS AIRES

Los protectores

El gobierno de Buenos Aires tratará de conseguir mañana el acuerdo para la designación de otro juez impugnado por su pasividad y formalismo ante graves violaciones a los derechos humanos.

› Por Horacio Verbitsky

El gobernador Felipe Solá y su ministro de Justicia, Eduardo Di Rocco, intentarán que la Comisión de Acuerdos del Senado de la Provincia de Buenos Aires apruebe en su sesión de mañana el pliego de Eduardo Alfredo Alomar como juez de la Cámara de Apelaciones y Garantías de San Nicolás. Su candidatura fue impugnada en una presentación conjunta de la Comisión Provincial por la Memoria y el CELS, según los cuales carece de la idoneidad y el compromiso con la vigencia de los derechos humanos que deben exigirse a todo juez.

Las Cámaras de Apelaciones y Garantías son el órgano de control de los trámites de hábeas corpus y la protección de las garantías penales en general. Solá y Di Rocco ya tuvieron éxito en promover como jueza del Tribunal Oral de San Nicolás a la ex fiscal Laura Fernández, también impugnada por las mismas organizaciones por su deficiente actuación en un caso de torturas a personas privadas de su libertad, en el que Alomar fue el juez. El sistema interamericano de protección a los derechos humanos está estudiando la situación en las cárceles bonaerenses, donde el maltrato a los prisioneros es una práctica habitual. Todos los especialistas coinciden en que ello no sería posible sin la permisividad de los jueces y fiscales a cuyo cargo está la integridad física y la vida de las personas privadas de su libertad. Por eso en la designación de tales magistrados se pone a prueba el compromiso de los otros poderes con la superación de esas situaciones aberrantes.

La Comisión Provincial y el CELS solicitaron al Senado que antes de pronunciarse convoque a una audiencia pública donde se puedan realizar preguntas pertinentes al candidato. “Teniendo presente la situación de las cárceles bonaerenses, la función del Senado al intervenir en los procesos de selección de jueces resulta esencial para garantizar una judicatura democrática que proteja la vigencia de los derechos humanos. El Senado es la instancia política en la que los representantes de la comunidad definen el perfil del juez que pretenden, debiéndole otorgar el acuerdo sólo a aquellos que entiende que cumplirán con su misión constitucional”, dice la presentación firmada por el copresidente de la Comisión, Hugo Cañón, y por el director ejecutivo del CELS, Gastón Chillier. Estos son los casos citados como ejemplo de su desempeño, que podrían ser ampliados en la audiencia pública pedida:

1. La picana eléctrica. Personas detenidas en la Unidad Penal 3 de San Nicolás denunciaron en un hábeas corpus que durante la madrugada del 15 de enero de 2004 habían sido golpeadas y sometidas al paso de corriente eléctrica. El juez Alomar rechazó el hábeas corpus presentado por el agravamiento de las condiciones de detención de los denunciantes y remitió los antecedentes al Ministerio Público Fiscal para que se investigara la posible comisión de un delito. La fiscal Laura Fernández apenas cumplió con las formalidades burocráticas, pero no efectuó una investigación diligente. Cuando dispuso que se realizara el peritaje médico había pasado tiempo suficiente como para que desaparecieran las huellas de la picana, por lo que la causa fue archivada. Como juez del hábeas corpus, Alomar se conformó con la investigación fiscal y desistió de cumplir con sus obligaciones constitucionales al eximirse de analizar, por lo menos, las terribles condiciones de detención y las consecuencias que tendrían para los detenidos haberlas denunciado. El caso fue revelado en estas páginas y el gobierno provincial reaccionó con un gesto de propaganda efectista ordenando destruir las picanas eléctricas que se habían adquirido para reprimir posibles motines. Ni Fernández ni Alomar se opusieron y de ese modo se perdieron pruebas significativas para la investigación que nadie quiso realizar.

2. La muerte indigna. El 6 de enero de 2005, se presentó un hábeas corpus correctivo de otra gravísima violación a los derechos humanos en la Unidad Penal 21 de San Nicolás. Una de las víctimas era Juan Pablo Blanco, quien caminaba con la ayuda de otras dos personas. Estaba muriendo de Sida, la única medicación que tenía era la que le traía su familia, sólo lo cuidaban e higienizaban otros presos. Le habían dado una puñalada en la espalda, la fiebre no le permitía dormir bien y tenía dificultades para controlar sus esfínteres. Blanco había solicitado el arresto domiciliario para que lo cuidara su familia. Su mujer había viajado doce horas para implorarle al juez que lo dejara morir en la casa, pero no fue atendida y le indicaron que debía presentar otro hábeas corpus en Campana. A pesar de la gravedad de lo denunciado, Alomar rechazó el hábeas corpus, sin fundamento ni investigación, alegando que la defensa oficial ya había interpuesto antes otro recurso similar. Además, reprendió al defensor por considerar que el hábeas corpus no era la vía apropiada y le hizo pagar los gastos del proceso, práctica habitual de los jueces durante la dictadura militar con los familiares de los detenidos-desaparecidos. Alomar no solicitó el informe previsto por el artículo 409 del Código Procesal Penal, no escuchó a Blanco en la audiencia establecida en el artículo 412 ni realizó las medidas de prueba solicitadas por el defensor. Sólo pidió un informe al director de la cárcel, en contra de lo prescripto en tratados, convenciones y protocolos internacionales. Esto es una falta grave, según el artículo 420 del mismo código. El Tribunal de Casación de la provincia anuló el pronunciamiento de Alomar, que implicó un trato cruel, inhumano y degradante. Pero ya era tarde: sin ser oído por el juez ni revisado por el perito médico oficial, Blanco había muerto, lejos de su familia, sin que se tomara en cuenta su derecho a una muerte digna.

El día en que se trataba el pliego de Laura Fernández, la Comisión Provincial por la Memoria y el CELS también se presentaron ante la Comisión de Acuerdos del Senado. Pero los senadores respondieron que ya contaba con consenso político para la designación. Admitieron que las causas eran graves pero dijeron que no se podía volver atrás con el acuerdo. También dijeron que la conducta de desestimar un caso de torturas sin la debida investigación era la práctica habitual en la provincia. En última instancia –agregaron– la investigación de Fernández había sido convalidada por el juez de Garantías, es decir Alomar. Para cerrar el círculo, ahora el mismo cuerpo político se apresta a dar el acuerdo a Alomar, quien aduce en su descargo que el caso fue cerrado por Fernández. En privado, varios senadores dijeron que nadie quería enfrentar al ministro Di Rocco, quien fue intendente de San Nicolás y promueve esas candidaturas judiciales, por temor a represalias cuando ellos postulen a sus propios candidatos en sus respectivos departamentos. Esta transformación de la Justicia en un ámbito de regateo político deja sin protección efectiva derechos y garantías fundamentales y genera una grave responsabilidad internacional para la República Argentina, a la que no deberán hacer frente Solá ni Di Rocco sino el gobierno federal.

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