EL PAíS › LA IMPROVISADA REFORMA PROCESAL BONAERENSE
La megarreforma procesal anunciada por el gobierno saliente de Buenos Aires es una improvisación con fines electorales, para reducir el espacio a las propuestas simplistas de Macri y Blumberg. La táctica de parecerse al oponente ya fue usada por Solá cuando otorgó a la policía las facultades que pedía Patti. Más celeridad para condenar perejiles y dejar impunes el crimen organizado y la corrupción política y policial. Scioli deberá cargar con las consecuencias de esta chapuza.
› Por Horacio Verbitsky
El proyecto de megarreforma procesal penal presentado por el gobierno de la provincia de Buenos Aires es una apresurada herramienta electoral para la confrontación con las propuestas simplistas de los empresarios Maurizio Macri y Juan Blumberg. Una encuesta que el gobierno nacional no ha difundido sostiene que si fueran juntos en la misma fórmula podrían vencer en los próximos comicios al eventual candidato victoriano-justicialista Daniel Scioli. La principal oferta de los candidatos de la derecha es la seguridad a cualquier precio. Solá no quiere ser menos.
Las deficiencias en el funcionamiento de la justicia, la demora excesiva en la resolución de los casos, el empleo abusivo de la prisión preventiva (señalado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el hábeas corpus correctivo y colectivo del caso Verbitsky) son ostensibles. La desburocratización, la rotación funcional de los jueces, la extensión de los horarios de trabajo, la oralidad de los procesos y el acortamiento de su duración son objetivos deseables y generadores de consenso. Las diferencias comienzan cuando se analiza qué política criminal es la que aplicará ese sistema penal. Sin ninguna previsión explícita en ese sentido, de lograrse alguna mejora de eficiencia se reforzaría la selectividad del sistema penal, apuntado a los delitos menores que se cometen en la calle y son instruidos por la policía: punguistas, pequeños dealers, arrebatadores, rateros de supermercados. En forma explícita, el proyecto excluye los delitos más graves, aquellos con penas de 20 años o más.
Scioli deberá lidiar con las consecuencias de estos parches chapuceros. Al suprimir la Cámara de Casación y atribuir sus funciones a las cámaras de apelaciones, la reforma también incrementará el poder de esos tribunales que desde hace tiempo son una instancia de negociación con el poder territorial de los intendentes, lo cual corroe la independencia judicial. A los jueces de la Cámara de Casación se les ofrece una jubilación privilegiada o el traslado a Siberia, lo cual puede abrir una discusión constitucional sobre la inamovilidad de los jueces.
Nueve de cada diez
Con un ojo puesto en Macri-Blumberg y otro en los organismos defensores de los derechos humanos, que han denunciado a la provincia ante la justicia federal y el sistema interamericano, el proyecto declara el más amplio respeto a la defensa en juicio, aumentando en 24 el número de jueces penales y en 144 el de defensores. Sin embargo, las apelaciones contra la prisión preventiva se sustanciarán ante uno solo de los jueces de la Cámara respectiva y ante dos cuando se trate de la sentencia definitiva, que será dictada por un tribunal de un solo juez. La colegialidad, entendida como una garantía de mayor acierto, desaparece bajo esta pirámide de decisiones unipersonales mientras los recursos ante la Suprema Corte quedan reducidos a los casos constitucionales. El aspecto más objetable es la definitiva desintegración de la defensa pública. El gobierno no ignora su importancia ya que nueve de cada diez personas sometidas a juicio dependen de la defensa oficial porque no pueden pagar un abogado propio, contra sólo seis de cada diez hace apenas una década, la de la gran crisis económico-social. El incremento de defensores no compensa la dispersión a la que quedarán reducidos por falta de una instancia superior que coordine y ejerza la imprescindible función política de supervisión y control del sistema.
La provincia de Buenos Aires tiene una larga historia de causas armadas por la policía para inculpar inocentes, como forma de calmar las críticas por su ineficiencia, la presión social por la inseguridad y en muchos casos, proteger a los verdaderos autores de delitos, vinculados con la propia policía o con alguna instancia de poder. Recién al elevarse el caso al juicio oral se determina la falta de sustento de la acusación y de la privación de libertad, basadas a menudo en testigos de identidad reservada aportados y presionados por la policía, recolección de pruebas sin los mínimos requisitos técnicos, confesiones forzadas a golpes, identi-kits confeccionados a medida y peritajes dudosos. Pero hasta ese momento, personas inocentes han pasado dos, tres y hasta cuatro años detenidas. Una defensa pública centralizada, con recursos investigativos y capacidad de procesamiento de la información en escala provincial es la principal herramienta para restringir esta práctica cuyas consecuencias recaen en primer lugar sobre los sectores de menores recursos entre quienes se eligen los falsos culpables de los presuntos esclarecimientos, pero también sobre el conjunto de la sociedad, ya que los verdaderos autores de los delitos quedan en libertad. Estos métodos contribuyen a explicar el crecimiento explosivo de la tasa de prisionización de la provincia de Buenos Aires, sólo inferior en el mundo a la de Estados Unidos (149 por ciento en Buenos Aires, entre 1994 y 2004; 156,5 por ciento en Estados Unidos entre 1992 y 2002 según datos oficiales en ambos casos).
Desigualdad ante la ley
Fiscales y defensores representan en un juicio intereses contrapuestos. Sin embargo ambos dependen del mismo jefe, la Procuradora General. La Defensa Pública debe velar por derechos constitucionales básicos como la inviolabilidad de la defensa en juicio, el acceso a la justicia, la defensa frente a la violencia estatal y también concretar líneas estratégicas de trabajo para el monitoreo del sistema de justicia. Por eso no puede quedar sujeta a las directivas de quien es también responsable de definir las líneas de persecución penal. Pese a esta falta de autonomía y de recursos económicos, que consagran una inconstitucional desigualdad ante la ley, la Defensoría que el proyecto de ley disuelve pudo movilizar una gran cantidad de recursos ante la Casación, la Suprema Corte provincial, la Corte Suprema Nacional e incluso los organismos internacionales de protección a los derechos humanos. La idea del actual proyecto es que los defensores, cuya organización tendrá un techo departamental, se dejen de estorbar a jueces y fiscales. Dice un juez que pide reserva de su identidad: “No existiría más un referente para la política de la defensa pública, los pocos defensores que tienen el mérito de luchar por la defensa efectiva de los procesados y contra las crueldades del régimen carcelario, quedan solos, dispersos, desamparados. La defensa en las instancias superiores fragmentada, mucho menos eficaz”.
Expresión de deseos
No tiene demasiado sentido analizar cada nuevo anuncio, formulado al calor de las conveniencias electorales, sin considerar el cuadro general en el que se insertará y el cumplimiento de las promesas y obligaciones anteriores. Cualquier diseño puede ser mejor o peor según la actitud con que se lo aplique. Por ejemplo, la Mesa de Diálogo formada a raíz del fallo de la Corte Suprema de Justicia federal en el hábeas corpus colectivo presentado por el CELS está paralizada porque el gobierno provincial no cumple con pasos elementales, como individualizar a las personas encarceladas con prisión preventiva y el tipo de delitos que cometieron; a aquellas que ya han superado en prisión preventiva el plazo legal máximo de dos años; a quienes tienen más de 70 años y podrían cumplir penas menos lesivas que la cárcel; la cantidad total de sentencias condenatorias y absolutorias y de sobreseimientos dictados por los distintos tribunales y por el reciente procedimiento de juicio abreviado; la cantidad de audiencias preliminares que los jueces tomaron con presencia de las partes (como los obliga el Código Procesal) antes de disponer una prisión preventiva.
Pese a las obvias ventajas de esas audiencias preliminares (oralidad, inmediación y publicidad en la toma de decisiones; no delegación de las funciones de los jueces en subalternos; debate y depuración de la información que llega a los magistrados) los jueces son reticentes a realizarlas y los fiscales a participar de ellas, porque los obliga a aproximarse a una realidad social de la que prefieren mantenerse a confortable distancia. Escribir expresiones de deseos en un articulado que una legislatura disciplinada votará sin discusión es más fácil que encarar el cambio cultural que implica el seguimiento y la evaluación de las leyes ya vigentes, que en muchos casos siguen sin aplicarse.
Improvisación y urgencia
La improvisación y la urgencia con que se trabajó en el nuevo anuncio son perceptibles en las contradicciones entre el show de diapositivas con consignas cortas y efectistas presentado por el gobernador Felipe Solá y su ministro de Justicia Eduardo Di Rocco y el proyecto enviado a la Legislatura, que esperan convertir en ley dentro de apenas diez días, sin dar tiempo a estudios en profundidad ni consultas con especialistas y sectores sociales y/o profesionales afectados, como si un problema complejo que lleva no menos de un siglo de arrastre pudiera resolverse por el pase de magia de un gobierno que cual bella durmiente recién despierta en su sexto y último año y finge que la función acaba de comenzar.
Por ejemplo,
- El show de diapositivas anuncia que se eliminará el Recurso de Casación, pero el proyecto de ley lo delega en las Cámaras de cada departamento judicial. La limitación de ese recurso, que no considera cuestiones de hecho y prueba sino sólo de la ley aplicable a cada caso, fue señalada por la Corte federal en el reciente fallo Casal, pero el proyecto bonaerense no toma nota de ello, lo cual abre una amplia avenida de recursos hacia la instancia federal. Mientras la Corte Federal resolvió que la Cámara de Casación Penal deberá dar respuesta a las apelaciones sobre hechos y pruebas, el proyecto bonaerense suprime ese tribunal en la provincia.
- El show de diapositivas cuestiona la preponderancia del expediente escrito y anuncia la “oralidad plena en todas las etapas del proceso” pero el texto del proyecto no contempla ninguna modificación en ese sentido. El procedimiento en casación actual se ha vuelto escrito porque el oral puede ser reemplazado por la presentación de memoriales. La reforma deja esta desviación de la oralidad intacta.
- El show de diapositivas postula la “normativización de la implementación del procedimiento de flagrancia”, cuestión que el proyecto de ley ignora.
- El show de diapositivas afirma que las secretarías administrativas a crearse en cada departamento judicial incluirán en las agendas de jueces y camaristas inspecciones al menos mensuales de las cárceles. El texto enviado a la Legislatura no dice nada al respecto.
Es posible (pero no seguro, porque la resistencia corporativa tiene capacidad de bloqueo de cualquier iniciativa que no esté sustentada en una fuerte movilización social) que con estas enmiendas la justicia sea algo más dinámica pero contra los mismos pobres diablos de siempre. Por empezar, no se aplicará a aquellos casos de impacto mediático (como el de La Garza Sosa que motivó una destemplada intervención presidencial) porque sólo regirá para delitos con penas menores. Parecerse al oponente es la misma táctica que Solá empleó en 2003 para enfrentar al comisario Luis Abelardo Patti, cuando concedió a la policía inconstitucionales facultades para allanar, requisar, secuestrar efectos e interceptar comunicaciones. Solá se justificó así: “Frente a la sensación de inseguridad no puedo aparecer no haciendo nada. Estas medidas no van a mejorar la seguridad pero responden al reclamo de la sociedad de que se haga algo. Si se busca la perfección técnica nunca va a quedar nadie detenido”. La intervención del ministro de Seguridad Carlos Arslanián evitó en este proyecto el mismo tipo de aberraciones constitucionales de aquél, pero no alteró su sentido general. La crisis de la policía y de la justicia provinciales se deben a que los mensajes políticos nunca se dirigieron a la efectividad en las investigaciones y el control del trabajo de la policía sino al encarcelamiento de personas. El legado que Solá se propone dejarle a Scioli es más de lo mismo.
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