El Superior Tribunal jujeño rechazó el amparo presentado por Olga Arédez para frenar los daños que provoca el desecho de la caña.
› Por Adriana Meyer
“Es la primera vez en la historia de Jujuy que un juez dice que la empresa Ledesma contamina”, dijo exultante a Página/12 Ricardo Arédez, el hijo de aquella Madre de Plaza de Mayo que supo dar vueltas a la plaza de Libertador General San Martín y emprendió la lucha judicial contra el ingenio de los Blaquier. Lo hizo antes de morir, en marzo de 2005, con la presentación de un amparo cuyo rechazo acaba de ser ratificado por el Superior Tribunal provincial. Dos de sus miembros avalaron la desestimación del recurso que apuntaba a frenar la contaminación de bagazo por parte de la pastera y azucarera que funciona en pleno centro de esa localidad, pero el juez Héctor Tizón votó en disidencia y suscribió los argumentos del Comité para la Defensa de la Salud, la Etica y los Derechos Humanos (Codesedh), la entidad que continúa el planteo de Olga Arédez. Ese pronunciamiento es la esperanza que hará llegar el caso en breve a la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
“Tiene otro tipo de sensibilidad, estuvo exiliado, es escritor...”, resumió Arédez al referirse a Tizón. El menor de los cuatro hijos del matrimonio de Olga y Luis Arédez comentó que en Libertador “sigue el rumor de que la empresa va a cerrar”, pero aclaró que “lo hacen para meter miedo, para mandar el mensaje de ‘no hagan nada que si no nos vamos’”. Según manifestó, a pesar del fracaso en la Justicia civil jujeña, tienen la esperanza de instalar el tema en el nivel nacional con la llegada del caso al máximo tribunal. “Avanzamos a paso de hormiga y ahora pretendemos que los legisladores de Jujuy también tomen cartas en el asunto”, completó.
El médico y ex intendente de Libertador Luis Arédez fue secuestrado durante la dictadura y permanece desaparecido. Su mujer, la odontóloga Olga Márquez de Arédez, luchó por su aparición y usó un pañuelo blanco como las Madres. En el verano de 2005, en su lecho hospitalario firmó el amparo que presentarían luego Norberto Liwski y Francisco Cullen, de Codesedh, para exigir a la empresa Ledesma el cese de la contaminación ambiental por bagazo, el desecho de la caña de azúcar que es su principal materia prima. Argumentaron que Olga murió de un cáncer de pulmón inducido por la bagazosis. La Justicia en primera instancia rechazó el recurso, y lo mismo ocurrió en la Cámara y en la Corte provincial, donde José del Campo, Silvia Bernal y Sergio González decidieron no hacer lugar a la apelación de Codesedh. Sólo Tizón se pronunció en disidencia.
“En la cuestión de los daños ambientales no es posible aferrarse a moldes ortopédicos de ninguna naturaleza sino que es menester resaltar que los nuevos daños requieren nuevas respuestas legales”, expresó el juez en un voto que refleja su precisa pluma. “El fallo recurrido adolece de fundamentos concretos, la interpretación de la prueba y sobre todo su meritación son demasiado ligeras, despojadas de la necesaria exigencia que debió primar. Esto es evidente en cuanto a la pericial técnica, como a los informes de impacto ambiental, notables por su falta de rigor y excesiva generalidad, que los tornan cuanto menos ineficaces”, fundamentó Tizón.
Sus colegas habían considerado que “los supuestos agravios expresados por el impugnante sólo dejan entrever su mera disconformidad con el fallo” en cuestión. Sin embargo, ellos mismos enumeraron las irregularidades denunciadas por Codesedh: anomalías en la realización de pericias, desestimación del estudio epidemiológico, inobservancia de las reglas para la realización de un informe de impacto ambiental, falta de idoneidad técnica de profesionales intervinientes, desestimación de estudios fundamentales requeridos, no consideración de las impugnaciones realizadas, admisión de informes nulos y falta de instrucciones a la empresa Ledesma y al Poder Ejecutivo provincial para que se adopten previsiones útiles en la protección de la salud y el medio ambiente.
En su voto, Tizón explicó que la Justicia ha evolucionado para abarcar los posibles daños ambientales y su impacto en las generaciones futuras, y que en estos casos “no se exige tanta certeza sino que se apunta a la probabilidad”. Y concluyó que “el daño ambiental en el caso que nos ocupa es sensible a las narices de cualquier persona que se desplace por la región”, en obvia alusión al pestilente olor de las montañas de bagazo, y afirmó que por eso es necesario “recomendar a las autoridades provinciales y municipales que no abdiquen del derecho y el deber que emana de la manda constitucional de proveer al bienestar general y afianzar la Justicia”.
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