EL PAíS
› DE LA RUA, IMPUTADO POR “HOMICIDIO CULPOSO POR OMISION IMPROPIA”
Que armen el banquillo de Rivadavia
El Tribunal citó a indagatoria al ex presidente, a Mestre, a Mathov y a Santos, sospechosos de asesinato por la forma en que comandaron la represión del 20 de diciembre. Es un fallo sin precedentes. Si se los procesa, habrá un inédito juicio oral y público.
› Por Adriana Meyer
Disfrutó de las mieles del poder y ahora soporta el ostracismo, pero nunca imaginó desfilar frente a un jurado y ante la sociedad, y menos acusado de homicidio. Tal como adelantó ayer Página/12, la Cámara Federal determinó en un fallo histórico que el ex presidente Fernando de la Rúa y tres de sus ex funcionarios deben ser citados a declaración indagatoria para ser interrogados como sospechosos de los cinco asesinatos ocurridos el 20 de diciembre durante la represión que habían ordenado para liberar la Plaza de Mayo, ocupada por la rebelión popular que los sacó del gobierno. La Sala I de ese tribunal consideró que “los funcionarios políticos son los responsables de administrar correcta y legalmente la violencia del Estado, y sobre ellos recae la responsabilidad que el conjunto de la población les delega por medio del voto”. Y ordenó que deben ser imputados del delito de “homicidio culposo por omisión impropia”. Si la jueza María Servini de Cubría los procesa luego de indagarlos, De la Rúa, el ex secretario de Seguridad Enrique Mathov, el ex ministro del Interior Ramón Mestre y el ex jefe de la Policía Federal Rubén Santos llegarían bajo esa acusación a un inédito juicio oral y público. La Cámara ordenó también la inmediata libertad de Mathov y Santos, pero indicó que son sospechosos de las cinco muertes y las lesiones graves de 227 manifestantes.
Este diario anticipó que los integrantes de la Sala I de la Cámara Federal porteña se inclinarían por la posición mantenida por los fiscales del caso, Luis Comparatore y Patricio Evers respecto de la responsabilidad de los funcionarios políticos en los asesinatos de la masacre de Plaza de Mayo, al resolver las numerosas apelaciones de las partes. En igual sentido se habían pronunciado los querellantes de la Correpi, y en parte los del CELS, que representan a los familiares de los asesinados Carlos “Petete” Almirón, Gastón Riva, Gustavo Benedetto, Diego Lamagna y Alberto Márquez, y de unos doscientos heridos. Sin embargo, María del Carmen Verdú, de la Correpi, opinó que “la Cámara se quedó a mitad de camino porque tomaron nuestra argumentación que apuntaba a la intencionalidad del operativo represivo, pero consideraron que los funcionarios políticos actuaron en forma negligente e imprudente al producir las muertes”. Verdú apunta a la calificación de homicidio culposo, en detrimento del homicidio doloso que hubiera implicado intencionalidad y habría llevado a la cárcel al ex presidente y sus ex funcionarios.
“Era previsible objetivamente que agentes de la policía, en las particulares circunstancias que se vivieron durante los días 19 y 20 de diciembre, utilizaran las armas de fuego que portaban en la represión de las manifestaciones, tal como finalmente ocurrió a lo largo de todo el día 20”, escribieron los camaristas Horacio Vigliani y Gabriel Cavallo. Según su consideración de los hechos “no fue la conducción de la Policía Federal Argentina u otra fuerza de seguridad quien decidió llevar adelante ese gran operativo a nivel nacional, sino que fue el poder político el que ordenó cuáles eran los objetivos a cumplir, uno de los cuales era impedir manifestaciones y mantener la Plaza de Mayo libre de personas. Si se quiere, ‘el qué’ y ‘el cómo’”. La mención no es ociosa. La defensa de Mathov había sostenido que no era responsable por los excesos de sus subordinados, que la orden política no comprendía el “cómo” ejecutarla.
“Con el correr de las horas las calles del centro de la ciudad de Buenos Aires se transformaron en virtuales campos de batalla en los cuales la Policía intentaba alejar a la gente de la Plaza y los manifestantes arribar a ésta para expresar su descontento con el gobierno”, describieron
los camaristas. Y evaluaron que “el hecho de haber ordenado y coordinado un operativo policial con decenas de patrulleros, personal de infantería, policías a caballo, policías sin uniforme, carros de asalto y carroshidrantes es una circunstancia que por sí sola incrementa el riesgo de que se produzcan afectaciones a distintos bienes jurídicos”. Tras destacar que los funcionarios políticos se encontraban informados de los acontecimientos, expresaron que “la acción de Mathov de coordinar y desplegar el operativo policial incrementó el riesgo de que se produzcan muertes y lesiones. Mathov violó sus deberes de control sobre las fuerzas policiales”. En definitiva, Cavallo y Vigliani resolvieron que deben ser analizadas las llamadas “responsabilidades de escritorio” sobre las conductas omitivas que permitieron que se produjeran situaciones de riesgo que tuvieron un desenlace previsible. El aviso más elocuente fue la represión del 19 a la noche, cuando Jorge Cárdenas se desangraba en las escalinatas del Congreso por una herida de bala de plomo. Los camaristas concluyeron que ante la magnitud de los hechos “la existencia de sólo cinco muertos fue un resultado casi milagroso”, teniendo en cuenta que hubo más de ochenta heridos de bala de plomo.
El ex jefe de la Federal es quien salió más beneficiado con el fallo porque no sólo recuperó la libertad sino que obtuvo una recalificación de su conducta. La jueza lo había procesado por cinco homicidios dolosos y los camaristas lo modificaron a “homicidio imprudente” porque evaluaron que su accionar no obedeció a una “venganza personal” sino a contener y reprimir a los manifestantes. “Santos no tenía la posibilidad física real de realizar la acción de salvamento para evitar los homicidios”. Además, anularon su procesamiento por privación ilegítima de la libertad. Según el análisis de Cavallo y Vigliani, las detenciones producidas a partir del decreto de estado de sitio no habrían sido, en principio, ilegales. De tal modo, confirmaron la falta de mérito dictada por Servini a Mestre y De la Rúa por las 29 detenciones presuntamente ilegales por las que habían sido indagados.
Miguel Almeyra, abogado de De la Rúa, se mostró “sorprendido por la falta de razonabilidad del cambio de calificación” de la conducta de su cliente. Explicó que no tienen ninguna vía de apelación ante la decisión de la Cámara y adelantó que el ex presidente se defenderá cuando acuda a declarar.
“Me siento muy poco representada por la justicia porque Santos y Mathov pueden volver a la cárcel más adelante, pero es probable que con el tiempo venga también la impunidad. Los familiares no podemos esperar”, expresó a Página/12 María Mercedes Riva, esposa del motoquero asesinado Gastón Riva. Sin embargo, consideró “rescatable y valorable la imputación por homicidios del ex presidente y sus ministros. Pero aclaró con decepción que esperaban “que pasen el proceso presos”.
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