EL PAíS › CASACION RECHAZO UN PEDIDO DE EXTRADICION
› Por Laura Vales
La Cámara de Casación Penal rechazó un pedido de extradición para que se juzgue en Alemania a Jorge Rafael Videla por el secuestro y muerte de Elizabeth Käsemann, una socióloga asesinada en mayo de 1977. En su fallo, los jueces Guillermo Tragant, Angela Ledesma y Eduardo Riggi consideraron que el hecho ya está siendo investigado por el juez federal porteño Daniel Rafecas, quien tiene a su cargo una causa por los crímenes cometidos en jurisdicción del Primer Cuerpo de Ejército. Por esto, agregaron, Videla debe ser juzgado en la Argentina. Sin embargo, el abogado del Estado alemán, Pablo Jacoby, anticipó que apelará la resolución, ya que el ex presidente de facto no está imputado en la causa de Rafecas, en la que ni siquiera ha sido llamado a una declaración indagatoria. Tampoco hay señales de que eso vaya a suceder: el acusado de mayor rango en la investigación es Guillermo Suárez Mason, quien ya murió.
Elizabeth era hija del teólogo Ernst Käsemann. De su desaparición se ha podido saber que estuvo prisionera en el centro clandestino de detención El Vesubio. La asesinaron dos meses después del secuestro. Su cuerpo, baleado por la espalda, fue llevado a Alemania después de que sus padres pagaran a los militares 26 mil dólares de rescate.
La extradición había sido solicitada a pedido de la fiscalía de Nuremberg. Fue rechazada en primera instancia por el juez federal Sergio Torres, quien indicó que el caso estaba en manos de Rafecas y que por el principio de soberanía correspondía que Videla sea juzgado en el país. Los querellantes apelaron la negativa de Torres; reclamaron, además, que realizara el juicio oral y público previsto para resolver los pedidos de extradición. La Cámara Federal les dio la razón, pero Videla apeló y el expediente llegó así a la Cámara de Casación.
El máximo tribunal penal anuló ahora el fallo de Cámara, con lo que quedó nuevamente vigente el rechazo a extraditar a Videla. En el dictamen, la camarista Ledesma señaló que Argentina “ha decidido ejercer el derecho de juzgar los crímenes de lesa humanidad en su territorio”. También aludió al principio de “territorialidad” según el cual los estados tienen la facultad de “perseguir, procesar y sancionar” a los responsables de crímenes aunque no guarden relación “con la nacionalidad del acusado o de las víctimas”.
Consultado por Página/12, Pablo Jacoby señaló que el argumento es “erróneo”, porque si bien es real “que el caso integra la investigación del juez Rafecas, en él no se imputa a Videla ni se lo indagó”. Jacoby se excusó de hacer consideraciones de carácter político sobre el fallo de Casación. “Es la Cancillería alemana la que debería hablar sobre el punto”, señaló. Para el abogado de la comisión de familiares de origen alemán, Rodolfo Yanzón, el fallo “garantiza la impunidad de Videla”.
El abogado detalló que el régimen de extradición “contempla la posibilidad de que la persona requerida solicite ser juzgada en el país en el que se encuentra, pero no es el caso, porque Videla jamás pidió ser juzgado, ni en Alemania ni en Argentina y eso es lo que está haciendo prevalecer la Cámara de Casación”.
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