Vie 20.04.2007

EL PAíS  › KIRCHNER FIRMO EL PROYECTO DE REFORMA DEL SISTEMA DE JUSTICIA MILITAR

El fin de los tribunales especiales

La iniciativa que será debatida por el Congreso supone la derogación del Código de Justicia Militar y, por lo tanto, la eliminación de la pena de muerte. Los miembros de las Fuerzas Armadas serán juzgados por la Justicia civil. Se creará un nuevo sistema disciplinario que contempla como faltas la discriminación y el acoso sexual.

› Por Victoria Ginzberg

El fin de los tribunales especiales para los militares, la eliminación de la pena de muerte del ordenamiento jurídico argentino, la supresión del castigo de la homosexualidad dentro de las Fuerzas Armadas y, a la vez, la sanción de la discriminación y el acoso sexual. Estas medidas se concretarán a través de un proyecto que el presidente Néstor Kirchner firmó ayer. Se trata de una reforma integral del sistema de justicia castrense que implica la derogación del Código Militar y el rediseño de las normas disciplinarias que incluyen sanciones de arrestos pero también de multas.

La reforma del sistema de justicia militar fue elaborada en una comisión de juristas –de la que también participaron auditores de las Fuerzas Armadas– convocada por la ministra de Defensa, Nilda Garré. En septiembre del año pasado, el anteproyecto fue entregado al Presidente para que lo evaluara. En ese documento, Garré señaló que la “transformación que se propone es una asignatura pendiente desde el momento mismo de la recuperación de la vida democrática”. Pero, además, fue un compromiso concreto que el Estado asumió ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) a partir del reclamo del capitán del Ejército Rodolfo Correa Belisle, quien fue sancionado por haber declarado en contra de sus superiores en el caso del encubrimiento del asesinato del soldado Omar Carrasco. Correa Belisle no pudo tener un abogado de confianza ni presentar pruebas y fue juzgado por un tribunal que dependía de los mismos militares a los que él había acusado. Y todo fue realizado de acuerdo con las normas previstas en el Código de Justicia Militar.

La reforma que ahora deberá analizar el Congreso contiene la derogación de ese Código, que está vigente casi sin cambios desde 1951. En 1984 el ex presidente Raúl Alfonsín introdujo una modificación para que pudiera realizarse el juicio a los ex comandantes. Dispuso como excepcionalidad que las cámaras federales fueran el tribunal de alzada de la justicia castrense, que se resistía a procesar a los responsables del terrorismo de Estado. Hasta el día de hoy los represores siguen reclamando que las violaciones a los derechos humanos sean juzgadas por tribunales militares. Aunque existe desde hace tiempo consenso jurídico en rechazar esa petición, esta reforma terminará con la posibilidad de usar ese argumento. Ahora, todos los delitos militares serán juzgados por la Justicia federal y para eso se modificarán el Código Penal y el Código Procesal Penal. La única excepción será el tribunal militar para tiempos de guerra, que aun así deberá dar “estricto cumplimiento, en cuanto sea posible, a lo previsto por el Código Procesal Penal de la Nación”.

Sin el Código Militar quedará eliminada la pena de muerte que, aunque estaba en desuso, figuraba en el texto y podía volver a ser aplicada en algún momento. Además, desaparecerá la sanción a la homosexualidad dentro de las Fuerzas Armadas. En cambio, el nuevo régimen prohibirá los “actos o manifestaciones que de alguna forma discriminen a cierto grupo de personas” y condenará “realizar campañas de hostigamiento personal o grupal” o “afectar la dignidad personal, provocar burlas o humillaciones”. Esas conductas se considerarán faltas graves. Lo mismo ocurrirá cuando un militar “efectuare un requerimiento de carácter sexual para sí o para un tercero, bajo la amenaza de causar a la víctima un daño relacionado con el servicio o su carrera”. Será una falta gravísima si el acoso lo realiza un superior. También cometerán faltas gravísimas quienes “ordenen la realización de actos contrarios a la Constitución nacional, las leyes o los reglamentos militares”.

Otro cambio importante es que el nuevo régimen disciplinario permite que las faltas sean sancionadas con multas, es decir, con descuentos en los salarios de los uniformados. Para una falta leve se prevé un apercibimiento, cinco días de arresto o una multa de hasta diez días de sueldo. Una falta grave podría implicar sesenta días de arresto o treinta de sueldo. Para las faltas gravísimas se contempla la destitución. En relación con las multas, el código disciplinario establece “la prohibición de afectación de la capacidad de subsistencia económica del sancionado y su familia” y, por lo tanto, “la posibilidad de que se pueda autorizar su pago en cuotas”.

“Esta reforma adecua las reglamentaciones internas de las Fuerzas Armadas a las reglas propias de un estado de derecho, evitando tanto las situaciones de privilegio como la faltas de garantías de los ciudadanos de profesión militar. El régimen vigente permite tanto el hostigamiento hacia personas como la impunidad ante abusos”, señaló Andrea Pochak, directora adjunta del Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), organismo que patrocinó a Correa Belisle ante la CIDH.

El CELS, a través de su director, Gastón Chillier, participó de la comisión que elaboró el proyecto. También estuvieron el juez de la Corte Suprema Raúl Zaffaroni, en su rol de presidente del Instituto de Derecho Penal de la UBA; Alberto Binder, del Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales; el subsecretario de Derechos Humanos Rodolfo Mattarollo el secretario de Política Criminal Alejandro Slokar; Mirta López González, de la Asociación de Mujeres Jueces; Diego Freedman, del Centro de Implementación de Políticas Públicas para la Equidad y el Crecimiento; el coronel Omar Manuel Lozano, del Estado Mayor general del Ejército, y el contraalmirante José Agustín Reilly, auditor de las Fuerzas Armadas. La iniciativa fue luego evaluada por las tres fuerzas armadas y el Estado Mayor Conjunto.

Subnotas

(Versión para móviles / versión de escritorio)

© 2000-2022 www.pagina12.com.ar | República Argentina
Versión para móviles / versión de escritorio | RSS rss
Política de privacidad | Todos los Derechos Reservados
Sitio desarrollado con software libre GNU/Linux