Vie 13.07.2007

EL PAíS  › RECHAZO AL AVAL QUE LA CORTE DARIA A BUSSI Y PATTI

“El fallo sería un retroceso”

El CELS presentó un escrito en el que señala que hay disposiciones internacionales que establecen la separación de funcionarios sospechados de graves violaciones a los derechos humanos.

› Por Victoria Ginzberg

“Nos horroriza. Implica un retroceso”, dijo a Página/12 Ana Oberlin, abogada de la agrupación Hijos. Se refería al fallo con el que la Corte Suprema diría hoy que el Congreso no tenía facultades para impedir la asunción del dictador Antonio Domingo Bussi. La decisión, que tendría efectos también para el caso del represor Luis Abelardo Patti, genera rechazo por anticipado entre los organismos de derechos humanos. El Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) presentó ayer ante el máximo tribunal un amicus curiae con el que respaldó la determinación tomada por los legisladores y señaló, en base a instrumentos internacionales, que el Estado está obligado a “impugnar y separar de cargos públicos a personas involucradas en graves violaciones a los derechos humanos durante la última dictadura”.

Oberlin es integrante de HIJOS (Hijos por la Identidad y la Justicia contra el Olvido y el Silencio) y representante de las familias de algunas de las víctimas del ex subcomisario Patti: el militante de Escobar Gastón Goncalves, el ex diputado Diego Muñiz Barreto y los dirigentes peronistas Eduardo Pereira Rossi y Osvaldo Cambiaso. La semana pasada solicitó una audiencia en la Corte Suprema en nombre de HIJOS y las Madres y Abuelas de Plaza de Mayo. El miércoles por la tarde le contestaron que el presidente del tribunal podía recibirlos después de la feria judicial, es decir, luego de que se conociera el fallo sobre Bussi que sentaría el precedente sobre Patti.

El CELS optó por otra vía para dar a conocer sus diferencias con la decisión que la Corte tomaría hoy junto con la anulación de los indultos a los procesados por crímenes cometidos durante la última dictadura militar. El organismo de derechos humanos presentó un amicus curiae (un escrito de terceros con justificado interés en un proceso) referido al caso Patti, pero cuyos argumentos son igualmente aplicables a Bussi.

Bussi fue excluido de la Cámara de Diputados en 1999, después de una impugnación de la APDH en la que se mencionaban los crímenes de la dictadura y haber ocultado una cuenta en el exterior, entre otros hechos que fundamentaban su “inhabilidad moral”. El represor nunca asumió su banca y su mandato ya venció. El diploma de Patti fue impugnado por los diputados Miguel Bonasso, Araceli Méndez de Ferreyra, Remo Carlotto, Carlos Ti-nnirello y Diana Conti por su participación en crímenes de la dictadura. La Comisión de Peticiones Poderes y Reglamentos hizo una investigación que incluyó la posibilidad de defensa por parte del dirigente del Paufe. Ninguno de estos procesos hubiera sido necesario si los represores hubieran sido juzgados y condenados.

La presentación del CELS incluye citas a normas y jurisprudencia internacionales que avalan el mecanismo de impugnación contra Patti en base a la necesidad de que las personas involucradas en graves violaciones a los derechos humanos no ocupen cargos públicos. Todo indica que el fallo de la Corte sostendrá que la Cámara de Diputados no tiene facultades para decidir si un legislador puede o no asumir. Los integrantes del tribunal que se expedirán en esa forma creen que avalar la decisión de los legisladores implicaría otorgar un poder peligroso a la mayoría parlamentaria.

Diego Morales, director del área de litigio del CELS, contestó a los posibles argumentos de la Corte y señaló que este tipo de impugnaciones sólo deben ser válidas en caso de los crímenes de la última dictadura. Y que recaen en personas que no fueron condenadas por la Justicia debido a la vigencia, durante más de veinte años, de las leyes de impunidad.

“Hay una serie de compromisos internacional sobre la necesidad de los estados de adoptar medidas para separar a funcionarios que están sospechados de graves violaciones a los derechos humanos. El Comité de Derechos Humanos de la ONU recomendó en 1995 y 2000 que la Argentina adopte este tipo de medidas en relación a la última dictadura.

–¿Qué medidas? –preguntó Página/12.

–No especifica cuáles, pero dice que debe implicar la separación de cargos públicos de las personas sospechadas. Esto se señaló en el contexto de las leyes de impunidad. Ahora la Justicia está empezando a trabajar, pero los juicios estuvieron parados mucho tiempo. El Comité de Derechos Humanos de la ONU verá con buenos ojos los avances en los juicios, pero eso no hace que la recomendación de separar a los sospechosos de violaciones a los derechos humanos carezca de vigencia.

–Se presume que la Corte va a decir que convalidar la impugnación de Bussi implicaría el peligro de que las mayorías definan quién puede entrar y quién no al Congreso.

–Estamos hablando específicamente de casos de graves violaciones a los derechos humanos en la última dictadura militar. Y de que existen obligaciones internacionales sobre esto. Es una situación excepcional.

–Para la Corte podría ser como abrir una puerta para la arbitrariedad de la mayoría.

–Coincidimos en que no se trata de una regla que se puede aplicar en cualquier circunstancia. Por ejemplo, el Congreso avanzó en el caso del diputado (Carlos “Pololo”) Anauate porque estaba procesado por el caso de La Dársena (el doble crimen de Santiago del Estero). Nosotros lo discutimos. Le dijimos a la Cámara que no se puede usar la regla de Patti y Bussi para cualquiera. Sería un peligro. Pero la Corte podría fijar esta regla como excepcional.

–¿Qué contestan al argumento de que los impugnados fueron ratificados por el voto?

–Hay antecedentes del Tribunal Europeo de Derechos Humanos. Es un tema delicado, pero es una obligación del estado tener instituciones públicas sin personas cuestionadas por graves violaciones a los derechos humanos. La voluntad popular no sanea la responsabilidad de esas personas.

–¿La impugnación a Patti habría que haberla hecho antes de la elección?

–En 1999 el CELS quiso impugnar la candidatura de Patti a la gobernación. La junta electoral de la provincia de Buenos Aires no lo aceptó. Dijo que el Código Electoral sólo permitía la impugnación de una persona condenada, no sospechada. Es decir que no habría canales institucionales para plantear este tipo de impugnaciones antes de la elección.

Oberlin coincidió con los argumentos de Morales. “Durante 30 años el Poder Judicial estuvo cerrado para las víctimas de estos hechos y para toda la sociedad –señaló–. Nosotros somos los primeros interesados en que el sistema democrático funcione correctamente, pero los violadores de los derechos humanos tienen que tener un límite. Eso reforzaría la democracia.”

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