Lun 23.07.2007

EL PAíS  › DIPUTADOS DE SOBISCH, MACRI Y EL REPRESOR BUSSI CON PROYECTOS ANTIABORTO

Leyes para poder echar atrás el reloj

Los tres grupos de derecha formaron un interbloque para impulsar dos proyectos. Uno busca limitar drásticamente los fundamentos para el aborto legal, dejando sólo el riesgo a la vida de la madre. El otro es bizantino: subsidio de por vida a las violadas que acepten seguir con el embarazo.

› Por Elisabet Contrera

Los diputados del PRO, del Movimiento Popular Neuquino y del partido del represor Antonio Bussi, reunidos en un interbloque en la Cámara baja, presentaron dos proyectos de ley que buscan frenar la sanción de las iniciativas ya en marcha para reglamentar los abortos no punibles en la Argentina. El primero de los contraproyectos instaura un subsidio de por vida a las mujeres que opten por continuar con un embarazo producto de una violación. Según explicó su autora, el dinero es un “resarcimiento al sacrificio” de la madre. El segundo establece como único fundamento para no punir un aborto el caso de un embarazo cuya continuidad pone en peligro la vida de la mujer. La ley actual contempla también esta posibilidad para mujeres con discapacidad mental que sufrieron abusos sexuales, algunos casos de violación y cuando corre riesgo la salud de la madre, no sólo la vida. Los proyectos que busca neutralizar la avanzada del interbloque interpretan que la salud abarca también el aspecto psíquico, en concordancia con los postulados de la OMS. Organizaciones sociales, especialistas en violencia hacia la mujer y legisladores de diversos partidos repudiaron las propuestas del interbloque, al considerar que son “un retroceso” en la lucha por “garantizar la salud reproductiva y disminuir las muertes por abortos clandestinos”.

Los casos reiterados de judicialización de los pedidos de aborto garantizados por la ley impulsaron la presentación de dos proyectos para precisar los alcances, los procedimientos y los plazos de ejecución del artículo 86 del Código Penal, que especifica los casos de interrupciones de embarazos no penados. La Comisión de Salud de la Cámara de Diputados ya emitió un dictamen favorable. El Departamento de Derecho Penal y Criminología de Facultad de Derecho de la UBA también se expidió a favor (ver aparte).

Los proyectos que buscan reglamentar el artículo 86, que establece el aborto en caso de que peligre la vida o la salud de la mujer o cuando el embarazo es consecuencia de un abuso sexual sobre una mujer “demente o idiota”, prevén la posibilidad de solicitar un aborto en caso de violación sexual para cualquier mujer, tenga o no discapacidad. Bajo el paraguas de la figura del aborto terapéutico, una mujer podría solicitar el aborto argumentando los efectos psíquicos y emocionales que ocasionaría continuar con el embarazo. Ambas propuestas están ahora trabadas en la Comisión de Legislación Penal, donde se gestó el boicot del interbloque PRO, MPN y Fuerza Republicana, decidido a impedir que lleguen al recinto.

Embarazo pagado

La diputada del PRO Nora Ginzburg es la autora de uno de los dos contraproyectos, el que se refiere a la mujer que quedó embarazada como producto de una violación. Según el texto, el Estado le garantizará un subsidio de por vida a ella y otro a su hijo o hija, hasta la mayoría de edad, si decide continuar con el embarazo producto de la violación. El subsidio para ella será el equivalente a medio salario mínimo. En cambio, el niño o niña recibirá un salario mínimo, ahora fijado en 980 pesos.

Aunque en los fundamentos del proyecto la legisladora reconoce “el horror, odio y repulsión que posiblemente siente la mujer” embarazada de su abusador, afirma que “se puede brindarle posibilidades ciertas para que, si se sobrepone a esos sentimientos, salve la vida que engendró por la fuerza, haciéndole entender que ésta no es la verdadera responsable de su desgracia”. “La mujer que protege la vida de esa persona por nacer –señala el mismo texto– debe ser elevada a la categoría de heroína”, por tomar “semejante actitud titánica”. La diputada nacional explicó a Página/12 que el beneficio es un “resarcimiento por el sacrificio hecho por la mujer a favor de la vida del feto”. “Una mujer que asume un trance violento como éste y decide dar vida tiene que ser recompensada por la sociedad”, sostuvo. En caso de que la mujer no pueda seguir con el embarazo, la diputada advirtió: “No sólo no se la subsidia sino que el PRO pretende que no se le permita abortar”.

Si la mujer decidiera dar en adopción al bebé, el beneficio que establece el proyecto lo recibirán sus padres adoptivos. La psicóloga especializada en violencia hacia la mujer Lucía Herrera, consultada por Página/12, se preguntó: “¿Quién decidirá sobre el dislate en el que se encontrarán los padres adoptivos que podrán elegir entre una niña o un niño simplemente en situación de adopción o estos productos premiados que vienen con un pan bajo el brazo?”.

El proyecto, elaborado por el bloque que responde a Mauricio Macri, y que cuenta con el aval de sus aliados del MPN, conducido por el gobernador Jorge Sobisch, prevé que el subsidio para mujeres con discapacidad, internadas en instituciones médicas, lo percibirá el director del establecimiento “y lo invertirá íntegramente a satisfacer las necesidades de ella”. Aunque el Código Penal avala un pedido de aborto para estas mujeres, la legisladora auspicia que lleven sus embarazos a término y luego se les practique una cesárea “a fin de evitar dolores de parto”, para luego entregar el recién nacido en adopción.

Para la diputada del ARI Marcela Rodríguez se trata de un “boicot” a los proyectos de reglamentación. “Si su deseo es velar por el bienestar de la mujer, ¿por qué no prevé el subsidio para cualquier violencia de género?”, preguntó. La legisladora resaltó el artículo 8 del proyecto del PRO, que interrumpe la entrega del subsidio en caso de que la mujer pierda en forma espontánea el embarazo. “No les interesa para nada la vida de las mujeres porque en caso de perder el bebé se corta el subsidio y la asistencia terapéutica”, explicó la legisladora.

Pese a que no prevé cambios al Código Penal, esta propuesta fue girada a la comisión de Legislación Penal. También será analizada en Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia y en Presupuesto. Para la psicóloga Lucía Heredia, el proyecto muestra a la mujer como “incubadoras que reciben un premio por cumplir con el plazo de nueve meses, tiempo después del cual sale el producto, el bien jurídico a proteger”. “No se consideran los efectos sobre la subjetividad de la mujer que pasa por el trance de tener que llevar en su seno durante nueve meses ese hijo producto de una violentación de su ser”, sostuvo. Luego concluyó: “Los efectos traumáticos de una violación se reproducen a lo largo de mucho tiempo, después del episodio. Por ende, siempre nos encontraremos ante la posibilidad de un embarazo de alto riesgo. Disponer alegremente de los cuerpos y las mentes de la víctimas de violación constituye una nueva violación”.

Cambio al Código

El segundo proyecto fue presentado por la diputada tucumana Eusebia Jerez, de Fuerza Republicana, partido creado por el represor Antonio Bussi. Esta iniciativa es más drástica porque establece una modificación del artículo 86 del Código Penal: restringe su alcance sólo a los casos en que peligre la vida de la mujer. Si se aprueba, quedan fuera de discusión y del amparo de la ley los pedidos de aborto en caso de mujeres violadas, con discapacidad y cuando corra riesgo la salud de cualquier mujer. “Esto es una respuesta al proyecto de aborto no punible con el cual estamos en desacuerdo porque amplía el tipo penal privilegiando la salud psíquica de la mujer. No se puede operar desde el estado emocional de la mujer”, cuestionó ante este diario el diputado del MPN Hugo Acuña, que rechazó las iniciativas de reglamentación a la hora de sentar posición en la comisión de Salud y respaldó ahora con su firma el proyecto de Jerez.

La iniciativa elimina el inciso 2 del artículo 86, por el cual no se sanciona el aborto de las mujeres “dementes o idiotas” que fueran violadas y quedaron embarazadas. Y restringe casi por completo la posibilidad de aborto en caso de peligro para la vida de la mujer. “Si hubiera posibilidad de vida extrauterina para la persona por nacer –señala en su artículo 3–, el Estado debe garantizar el acceso a los medios que posibiliten proteger el derecho a la vida de ambos, haciéndose cargo de todos los costos que demande.”

Según los fundamentos del proyecto, “no se trata de que el médico escoja por salvar al no nacido o a su madre, se trata de optar por salvar las dos vidas (...). Se sabe que cada vez se logra la supervivencia fuera del útero materno de niños con menos tiempo de edad gestacional”.

El contraproyecto sólo exime de responsabilidad penal a los médicos que “interviniendo para salvar la vida de la madre provocare de manera involuntaria e indirecta la muerte de la persona por nacer, si su intervención se ha hecho con el fin de evitar un peligro grave para la vida de la madre que no podía ser evitado por otros medios”.

“Esto es retroceso”, criticó la diputada kirchnerista Juliana Marino, una de las autoras de las propuestas para reglamentar los abortos no punibles. Consultada por Página/12, la legisladora aseguró que la propuesta “ignora la jurisprudencia y los fallos acumulados en la Justicia argentina en la materia”, como por ejemplo el pronunciamiento de la Corte Suprema de Justicia en 2001 en el caso “Tanus”, donde define la salud tanto desde su aspecto físico como psíquico, citado en los fundamentos de su proyecto. “En realidad, en el proyecto de Jerez no hay excepción alguna al aborto no punible, lo que no ayuda a resolver el problema para el sistema de salud público ni coopera con la voluntad general de completar una política de salud reproductiva y disminuir esa práctica en la Argentina”, sostuvo.

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