Mié 22.10.2008

EL PAíS • SUBNOTA

Lo que no pueden hacer

De acuerdo con lo dispuesto por la Justicia, las AFJP no podrán durante siete días hábiles realizar “operaciones financieras, bursátiles, bancarias, comerciales y/o cualquier operación que tenga por objeto el traspaso o disposición de los fondos que administran, sea que estén radicados en el país o en el exterior”. Ese freno se aplica a:

- operaciones de crédito público de la Nación,

- títulos emitidos por entes estatales,

- obligaciones negociables a corto y largo plazo,

- plazos fijos,

- acciones de sociedades anónimas y de empresas privatizadas,

- fondos comunes de inversión,

- títulos valores extranjeros,

- contratos negociables de futuros y opciones,

- cédulas y letras hipotecarias,

- fondos de inversión directa,

- fideicomisos financieros estructurados y otros fideicomisos financieros,

- proyectos productivos o de infraestructura, economías regionales.

La resolución del juez Claudio Bonadío está referida a las operaciones de las AFJP Arauca Bit, Consolidar, Profesión Auge, Futura, Previsol, Máxima, Met, Nación, Orígenes y Unidos.

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