EL PAíS • SUBNOTA
De acuerdo con lo dispuesto por la Justicia, las AFJP no podrán durante siete días hábiles realizar “operaciones financieras, bursátiles, bancarias, comerciales y/o cualquier operación que tenga por objeto el traspaso o disposición de los fondos que administran, sea que estén radicados en el país o en el exterior”. Ese freno se aplica a:
- operaciones de crédito público de la Nación,
- títulos emitidos por entes estatales,
- obligaciones negociables a corto y largo plazo,
- plazos fijos,
- acciones de sociedades anónimas y de empresas privatizadas,
- fondos comunes de inversión,
- títulos valores extranjeros,
- contratos negociables de futuros y opciones,
- cédulas y letras hipotecarias,
- fondos de inversión directa,
- fideicomisos financieros estructurados y otros fideicomisos financieros,
- proyectos productivos o de infraestructura, economías regionales.
La resolución del juez Claudio Bonadío está referida a las operaciones de las AFJP Arauca Bit, Consolidar, Profesión Auge, Futura, Previsol, Máxima, Met, Nación, Orígenes y Unidos.
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