Mar 18.11.2008

EL PAíS • SUBNOTA  › LOS ABOGADOS LABORALISTAS, A FAVOR DE PROHIBIR DESPIDOS

Ni doble ni triple, sino “estabilidad absoluta”

› Por Adriana Meyer

Ni subsidios ni indemnización agravada. La cuestión parece ser prohibir los despidos por ley o por decreto. Así lo expresaron a PáginaI12 los expertos laboralistas consultados sobre las formas más eficaces de evitar que el costo de la crisis lo paguen los asalariados. “Estabilidad absoluta” es la denominación de lo que consideran más acertado para esta coyuntura, para lo cual coincidieron en que hace falta voluntad del sindicalismo, en primer lugar, y del poder político.

La Asociación de Abogados Laboralistas emitió un documento en el que planteó que la “única alternativa real” es la prohibición de los despidos. “En estos años en gran parte de las actividades hubo grandes ganancias, y siempre se repite la historia: la crisis en los ‘90, luego porque se estaba saliendo de la crisis y ahora porque estamos otra vez en crisis, y aunque disminuyen las ganancias no hay riesgos empresarios importantes”, afirmó Guillermo Pérez Crespo, del Taller de Estudios Laborales.

¿Cómo implementar la prohibición de los despidos?, preguntó este diario. “Lo ideal sería por ley, el Poder Ejecutivo sólo podría hacerlo por decreto, con un mecanismo para que las empresas justifiquen si realmente no hay alternativa al despido, pero tiene que ser una situación de conflicto y gravedad real, no como ahora que las automotrices luego de ganancias fabulosas no pasaron diez minutos de crisis y ya están despidiendo trabajadores”, respondió el especialista. A su criterio, en algunas actividades pueden aparecer las primeras señales de una crisis real, “pero no parece correcto que ya se descarguen las consecuencias en los trabajadores, y en otras actividades ni siquiera hay señales; entonces justamente aparece como excusa para mejorar el índice del costo laboral y también como disciplinamiento de los que reclaman mayor salario o mejores condiciones de trabajo”.

Pérez Crespo consideró que para prohibir los despidos hace falta “voluntad política”, pero destacó que “si no hay una presión sindical seria es más difícil que aparezca”. Respecto del otorgamiento de subsidios, advirtió que “hay que ver cómo se aplican y no puede haber subsidios si se está despidiendo, porque la empresa anuncia que despide a 500, luego echa a 200 y pide un subsidio”. En cuanto a la implementación de dobles indemnizaciones, Pérez Crespo opinó que “es un parche que no ha solucionado nada históricamente”. E insistió en que “habría que explorar mecanismos de prohibición temporaria con cláusulas sancionatorias eficaces, es decir que se declare nulo ese despido mientras dura la prohibición y la empresa sigue pagando el salario del trabajador”.

También para Pedro Kesselman, además de experto laboralista ex convencional constituyente en 1994, hay que “establecer una estabilidad absoluta, es decir la prohibición de los despidos aplicando un criterio muy riguroso: el empleador tiene que justificar por qué despide, no basta invocar la crisis o supuestas recesiones porque en algunos lugares hay picardía, como algunas multinacionales que alivian su situación en los países de origen recargándola aquí”. Según explicó, esto “no es anormal, en países europeos existe, hay que plantear la emergencia que en este caso es la estabilidad del empleo, en este momento hay que garantizar el trabajo y, lamentablemente, la apelación a la conciencia de los empresarios me hace acordar a aquello de (Juan Carlos) Pugliese, ‘les hablé con el corazón y me respondieron con la billetera’”. Kesselman sostuvo que “si hay razones económicas para despedir que lo demuestren porque los balances de las empresas en los últimos años dieron muy buenos resultados, entonces que absorban ellos la crisis porque tienen reservas, muchos han girado dividendos al exterior”. El laboralista recordó el antecedente del estatuto bancario, que dio origen al fallo De Luca, “y ningún banco quebró por el hecho de que en el gremio bancario estaban prohibidos los despidos, por eso, a grandes males grandes remedios”.

En el Departamento Jurídico de la CTA consideran que quienes primero van a sufrir la crisis son los sectores más vulnerables, los trabajadores no registrados o en negro, los precarizados con contratos y pasantías, y los tercerizados. “Ahí se dan los despidos informales, sin procedimiento de crisis”, explicó uno de sus representantes. Desde la CTA también abonaron la iniciativa de la prohibición de los despidos. “Mientras dure la emergencia social el empleador no puede despedir si no existe un procedimiento que, una vez finalizado, lo autorice a través del Ministerio de Trabajo en caso de que se haya demostrado que está en crisis”, explican. “La protección contra el despido arbitrario, como dice la Constitución, se entiende como estabilidad propia, como tiene el empleo público”, agregó el asesor legal de la CTA. En su opinión, “las causas económicas en muchos casos son falsas porque las empresas usan la amenaza de despido para obtener ventajas por parte del gobierno, que está asustado por la situación, que le solventen parte de los salarios”.

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