EL PAíS • SUBNOTA › MORATORIA, BLANQUEO Y EMPLEO EN NEGRO
–¿Cuáles son exactamente las características del blanqueo?
–Se podrá exteriorizar la tenencia de moneda y bienes en el país y en el extranjero. En el caso de moneda en el exterior repatriada, pagará una tasa del 6 por ciento. Si la declara pero la deja en el exterior deberá pagar un 8 por ciento. Si invierte su dinero en títulos públicos paga el 3 por ciento, pero debe mantenerlos en cartera durante dos años. Si los invierte en propiedades, obras de infraestructura o en la empresa paga sólo el 1 por ciento. La idea es favorecer a la economía real. Estas inversiones también deben mantenerse dos años. Se pueden presentar aún los no inscriptos en la AFIP.
–¿La regularización de impuestos cubre todos los gravámenes?
–Permitirá regularizar todos los impuestos nacionales: Ganancias, Ganancia Presunta, IVA, Bienes Personales, impuestos internos y aportes y contribuciones a la seguridad social. Pueden cancelar sus deudas en un plan a 120 meses, con un interés mensual del 0,75 por ciento y se les condonan parte de los intereses resarcitorios, punitorios y multas. El blanqueo estará abierto por 180 días a partir del lunes 2 de marzo. Se incluyen todas las deudas, aun las que están en discusión administrativa o en la Justicia, sin sentencia firme.
–¿Y las de la moratoria?
–A todos los que tengan empleados en negro o con aportes por un salario inferior al mínimo se los libera de cargos por infracciones, multas y sanciones. La deuda neta la pueden pagar con un plan a 120 meses con un interés del 0,5 por ciento mensual. Se les condona el total de la deuda de los primeros diez empleados que presente cada empresa. A esos trabajadores se les reconocen 5 años de aportes. Las compañías deben elegirlos por orden de antigüedad y por mayor carga de familia.
–¿De qué se trata el Plan de Promoción de Empleo?
–Tanto para los trabajadores que se regularicen en la moratoria como para los nuevos empleos que se generen durante los próximos doce meses va a haber un descuento del 50 por ciento durante el primer año y de un 25 por ciento para el segundo sobre los aportes y contribuciones sociales, el fondo nacional de empleo y las asignaciones familiares. La condición es que la empresa mantenga su plantilla de personal estable durante los próximos dos años. Si no cumple se le cobra todo lo que le fue descontado hasta el momento del incumplimiento.
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