EL PAíS • SUBNOTA
› Por Horacio Verbitsky
El gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires no abandona el propósito de sustituir a la Inspección General de Justicia en el Registro de Comercio y el control de Sociedades. La ley 2875, aprobada en la Legislatura por el macrismo y la Coalición Cívica Libertadora en octubre de 2008, crea una IGJ paralela a la Inspección nacional, según un diseño del ex ministro duhaldista, ex diputado del PRO y ahora nuevamente radical Jorge Vanossi. La oposición porteña objetó desde entonces la “incomprensible” creación de un organismo que generaría incertidumbre a un alto costo.
En febrero de este año, el juez nacional en lo comercial Máximo Astorga dictó una medida de no innovar que frenó la puesta en marcha de la IGJ paralela. La medida sigue vigente, a pesar de los intentos de la Procuración de la Ciudad para que sea revocada y sacar la causa de la órbita de la justicia nacional. También en febrero la Fiscal General ante la Cámara Comercial, Alejandra Gils Carbó, solicitó que se declarara la inconstitucionalidad de la ley, ya que el control de las sociedades extranjeras es materia federal y no local y al ceder la autonomía a la Ciudad, el Congreso reservó al Estado Nacional la jurisdicción sobre la IGJ mediante la ley 24.588 o “Ley Cafiero”, como reconoce el propio Estatuto Organizativo de la Ciudad en sus disposiciones transitorias. Sin embargo, la ley porteña 2875 supeditó su operatividad no a una ley nacional sino a simples “convenios de coordinación de competencias” entre el Poder Ejecutivo de la Ciudad y el Estado Nacional. La regulación de sociedades extranjeras en la órbita federal unifica los controles sobre las sociedades offshore y evita que entes constituidos en paraísos fiscales sean utilizados en el país para eludir los regímenes nacionales en materia tributaria, laboral, familiar, de responsabilidad societaria, o para encubrir la fuga de capitales y actividades ilícitas como el lavado de dinero. Según el propio gobierno de Maurizio Macri, la Inspección porteña ofrecería trámites “sencillos y simplificados”, para que las sociedades opten por el sistema que les resulte “más ventajoso”. Ya en 2004, Vanossi había presentado un proyecto de ley de “Eliminación de la Inspección General de Justicia”. Impulsaba así la “desregulación de las estructuras jurídico societarias” y la eliminación de controles administrativos, pensados para la detección de las llamadas sociedades pantalla. La ley 2875 va a contramano del mayor control que se propugna en el mundo y desconoce los avances de la IGJ nacional en el control de legalidad de la actividad societaria, en especial de las radicadas en el exterior, para evitar fraudes a la ciudadanía y al Estado. El ex director de la IGJ, Ricardo Nissen advirtió que estos controles “sencillos” pueden implicar la vuelta a “lo peor de la década del neoliberalismo”, cuando la autoridad de control era un “mero buzón de documentos”, que facilitaba todo tipo de fraudes por medio de las offshore que proliferaron en los ‘90. La ley 2875 ofrece otra curiosidad: la regulación de las asociaciones civiles sería operativa en cuanto se creara el registro porteño, sin necesidad de convenio alguno con la Nación. De este modo, la IGJ nacional perdería el control sobre los clubes de fútbol, que son asociaciones civiles. En 2003, la IGJ se opuso a la re-reelección de Macri como presidente de Boca porque violaba sus estatutos, y cuestionó que el club fuera accionista mayoritario en la sociedad anónima que comercializa el merchandising de Boca, porque este tipo de participaciones están vedadas por la legislación societaria. A solicitud del Procurador, el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad se declaró competente para entender en la causa de las IGJ paralelas e “invitó” a la justicia nacional a que declinara su competencia. Los jueces del Tribunal Superior de la Ciudad desestimaron la acción entablada por Gils Carbó, pero sin el debido proceso previo. La Cámara Comercial no aceptó la invitación porque entiende que se trata de interpretar normas federales y no locales, pero consideró que no se debe dirimir la contienda en el fuero Comercial sino en el Contencioso Administrativo Federal. La medida cautelar que paralizó la creación del registro en febrero fue celebrada por expertos en materia societaria y por distintas instituciones, como el Colegio Público de Abogados de la Capital, que se opone a ese “despropósito inconstitucional”. Todos coincidieron en que el funcionamiento de esta IGJ paralela llevaría a un estado de inseguridad jurídica, con un doble régimen regulatorio y disciplinario de posibles criterios dispares y la duda sobre cuál de los dos registros es el que otorga validez a las inscripciones. Vanossi sostiene que las sociedades podrían optar por inscribirse en uno u otro registro pero Nissen replica que esta competencia entre organismos por captar administrados lleva a la “mercantilización de la seguridad jurídica”, abriendo la posibilidad de que la puja se haga a través de “ofertas y liquidaciones estacionales” y controles más laxos. Macri es socio político de Francisco De Narváez, uno de los mayores expertos en cajas chinas y sociedades offshore.
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