Dom 04.04.2010

EL PAíS • SUBNOTA

Otro derecho humano

› Por Mario Wainfeld

El decreto 1602/09 otorgó la Asignación Universal por Hijo (AUH) a los menores de 18 años “que no tengan otra asignación familiar (...) y pertenezcan a grupos familiares que se encuentren desocupados o se desempeñen en la economía informal”. La redacción, excesivamente restrictiva, ya tuvo correcciones y merece otras, algunas están prestas a concretarse (ver nota principal). Trabas impuestas por la implementación burocrática añaden exclusiones incorrectas, el caso de los presos es un ejemplo sugestivo.

Los presos tienen obligación legal de trabajar, contra una retribución salarial, que se denomina “peculio”. No reciben asignaciones familiares y están privados de numerosas conquistas laborales: vacaciones, aguinaldo, derecho de agremiación. Algunos reclusos pidieron la AUH, la Anses se las denegó por tenerlos registrados como “activos”, esto es, como trabajadores formalizados.

Organizaciones no gubernamentales organizaron una movilización ciudadana para revocar la limitación. Las pioneras fueron la Asociación Civil Yo no Fui, la Asociación civil Familiares de detenidos en cárceles federales y el Grupo Amplio Salvatablas. La Defensoría General de la Nación les dio apoyo técnico y político. Interpelaron y convocaron a muchas otras organizaciones de la sociedad civil. El despliegue se propagó por buena parte de la geografía nacional, con especial activismo en Córdoba y Rosario.

Las organizaciones y la Defensoría elaboraron un documento que fue entregado el 19 de marzo al jefe de Gabinete, a los ministros de Justicia y Trabajo y al subsecretario de Derechos para la niñez, adolescentes y familia. También a las máximas autoridades de la Anses y del Servicio Penitenciario Federal. Se resumen brevemente sus principales, contundentes, argumentos:

1

El sueldo de los presos es muy bajo. La ley 24.660 estipula que debe ser superior a las tres cuartas partes del mínimo vital y móvil. Pero en la realidad ese piso resulta un techo: el salario más alto (poco frecuente) a veces llega a esa cifra.

2

La AUH es cobrada por otros trabajadores “en blanco”, por ejemplo las empleadas domésticas.

3

La protección integral de los menores a cargo de personas privadas de la libertad incluye el derecho a la educación y la salud de estos niños y niñas. Incentiva su escolarización y atención médica, con resultados ya observables (ver nota central). Privarlos de la AUH dejaría enclenque ese derecho.

4

El trabajo en cárceles es, usualmente, la primera vivencia de empleo formal de los detenidos. Su efecto resocializador se fortalecería con el aporte de la AUH.

Cabe añadir que dejar desprotegidos a los hijos de reclusos aumentaría los riesgos de marginación y la discriminación ya existentes.

En la semana pasada, el jefe de Gabinete, Aníbal Fernández, abordó el reclamo en reunión con el titular de la Anses, Diego Bossio. Según informan desde la propia Jefatura de Ministros, Fernández transmitió la decisión que acoger el reclamo. “La única limitación que tienen los presos es la privación de libertad, no se les deben cancelar otros derechos”, arguyó Fernández.

El peculio, razonan las organizaciones que motorizaron el planteo, no es un contrato de trabajo típico. Fernández agrega que si la designación o tipificación legal de la retribución fuera un obstáculo, se podrá reformularlas pero no dejar desvalidos a los menores.

El episodio es instructivo acerca del dinamismo que propicia un nuevo derecho. Un avispero legal y social, máxime en una sociedad civil que cuenta con organizaciones dinámicas, informadas y luchadoras. El apoyo oficial de la Defensoría es otra referencia auspiciosa. El círculo se cerraría, de modo virtuoso, si se reconoce el derecho ciudadano y humano de los chicos concernidos. La AUH integra su patrimonio y debe quedar a cubierto de las peripecias de la vida de sus padres.

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