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Verdad y Justicia
“Desde hace mucho tiempo, los organismos de derechos humanos bregamos por alcanzar verdad y justicia por los aberrantes crímenes cometidos durante el terrorismo de Estado en Argentina. En este sentido, la lucha por el necesario juicio y castigo a sus responsables nunca contempló violaciones a los derechos y garantías de las personas involucradas, garantías que los represores sí negaron a las víctimas”, dice una declaración del Centro de Estudios Legales y Sociales sobre la detención de la directora-propietaria de Clarín, “en el marco de una causa en la que se investigan las irregularidades de las adopciones de sus dos hijos realizadas en 1976”.
Afirma el CELS que “el principio de inocencia, que rige todo proceso penal, impone que la regla durante el proceso sea la libertad del imputado. Por ello, la detención previa a la sentencia es una medida excepcional que sólo puede disponerse cuando, en el caso concreto, se logra acreditar que la persona imputada obstruirá el curso de la investigación, o existe el peligro cierto de que no comparecerá al juicio”. De lo contrario, “la prisión preventiva se presenta como una medida absolutamente desproporcionada e ilegal, por resultar incluso más gravosa en algunos casos, que la propia pena que se espera”. Esto es lo que ocurre en la provincia de Buenos Aires, “donde se ha desnaturalizado esta medida excepcional merced a la legislación que lo permite y a la indiferencia de los jueces que la aplican”. Concebida como una pena anticipada, sin juicio previo, viola “derechos y garantías fundamentales de debido proceso, como la presunción de inocencia y provoca los índices más altos en la historia de superpoblación y hacinamiento en cárceles y comisarías y el consecuente sometimiento de miles de personas a un trato inhumano y degradante”. Como consecuencia de ello, “de 24.249 personas privadas de su libertad, 21.449 son procesadas. Es decir que del total de detenidos de la provincia de Buenos Aires casi el 90 por ciento son inocentes”. El CELS expresó su esperanza de que “la reacción de los medios de prensa a favor del principio de inocencia y las garantías del debido proceso, a propósito del caso de la señora Herrera de Noble, contribuya a formar un fuerte consenso social acerca de la necesidad de ajustar nuestra legislación procesal y la actuación judicial a los principios del derecho de los derechos humanos, de modo de resguardar debidamente la libertad individual y las garantías de todas las personas bajo proceso”.
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