EL PAíS
• SUBNOTA › DENUNCIA DE LA OMBUDSMAN
“Privación de la libertad”
Todas las personas que fueron arrestadas el 20 de diciembre en Capital Federal invocando el estado de sitio habrían sido privadas ilegalmente de su libertad, es decir secuestradas. Esto se desprende de una denuncia realizada ayer ante la jueza María Servini de Cubría por la defensora del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires, Alicia Oliveira. La presentación, que incluye un fallo judicial que la avala, es una prueba importante que complicará la situación de los acusados en la causa, entre los que están el ex jefe de la policía Rubén Santos y el ex secretario de Seguridad Enrique Mathov, el ex ministro de Interior Ramón Mestre y el ex presidente Fernando de la Rúa.
Mientras la Policía Federal saturaba las comisarías, el 20 de diciembre Oliveira presentó un recurso de hábeas corpus a favor de los detenidos y pidió que se declarara la inconstitucionalidad del estado de sitio dictado el día anterior sin la intervención del Congreso. El juez de instrucción Roberto Antonio Grispo consideró que el estado de sitio dependía de una decisión política pero ordenó inmediatamente la liberación de todas las personas que estaban en la cárcel. Basó su resolución en que “según lo informado por la Policía Federal Argentina no existe orden normativa ni decreto que disponga” los arrestos “más allá del decreto presidencial de estado de sitio y las ordenes superiores. De esta manera no existe para cada caso concreto orden escrita de autoridad competente que justifique la detención”. Este fallo judicial será una prueba de que quienes estuvieron en las celdas de las comisarías, fueron técnicamente secuestrados ya que el estado de sitio restringe las libertades individuales pero no las anula, y por lo tanto, no implica que las fuerzas de seguridad tengan luz verde para violar la ley. Sólo en la ciudad de Buenos Aires hubo el 20 de diciembre pasado alrededor de doscientos personas encarceladas. En todo el país el número ascendió a cinco mil quinientas.
Los fiscales de la causa, Luis Comparatore y Patricio Evers habían pensado en profundizar esta línea luego de que Mathov admitiera en su declaración indagatoria que no había existido un decreto en el que figuraran los nombres de las personas a detener y su correspondiente justificación. Comparatore y Evers advirtieron en ese momento que estaban frente a un nuevo delito, el de privación ilegal de la libertad. En la búsqueda de jurisprudencia, encontraron un fallo de la Corte Suprema de cinco miembros, que en 1986 –con disidencia de Augusto Belluscio– le dio la razón a un militar que había sido arrestado durante un estado de sitio declarado el año anterior por el gobierno de Raúl Alfonsín para detener a determinadas personas sospechadas de conspirar contra la democracia. Aunque el arresto estaba justificado por escrito, la Corte consideró que no estaba suficientemente fundado. El 20 de diciembre no sólo no había justificación sino que ni siquiera había orden.
Nota madre
Subnotas