EL PAíS • SUBNOTA › LOS ALCANCES DE LA LEY Y LO QUE SUCEDE EN OTROS PAíSES
Diversos especialistas analizaron el texto de la nueva Ley de Identidad de Género. Destacaron las particularidades que la hacen única en el mundo: no se considera patológica la identidad trans ni se requiere de autorización judicial para reasignar el sexo.
› Por Emilio Ruchansky
La Ley de Identidad de Género aprobada ayer es la mejor del mundo. Así la definieron cuatro especialistas consultados por este diario, quienes destacaron que la norma es la que más se acerca a la Declaración de Yakarta de 1997, sobre la Promoción de la Salud en el Siglo XXI, que fomenta la reducción de la inequidad en salud y el respeto por los derechos humanos. “A diferencia de las legislaciones pioneras, como la española o la sueca, que son bastante restrictivas, nuestra ley despatologiza las identidades trans, además de desjudicializarlas, descriminalizarlas y desestigmatizarlas”, evualó el abogado Emiliano Litardi, uno de los redactores de la ley. “La Organización Mundial de la Salud está revisando la clasificación internacional de las enfermedades y esta sanción sienta un precedente enorme para que no se pida, como en varios países, el aval de un diagnóstico psiquiátrico”, comentó el investigador y activista intersex Mauro Cabral.
Además de los países mencionados, también Sudáfrica, Holanda, Italia, Alemania, Suiza, Nueva Zelanda, Australia, Turquía, algunos estados de Estados Unidos, Uruguay, Colombia, Bélgica, Finlandia y Canadá tienen leyes de identidad de género. Todas estas legislaciones plantean restricciones para conceder gratuitamente, por ejemplo, una operación de reasignación sexual. “Esta ley quita de la esfera médica o humanística la decisión de esas operaciones y las lleva al plano de la decisión personal, respetando la autonomía corporal”, analizó la investigadora Paula Viturro.
El acceso pleno a la salud es otro de los logros de la ley, ya que obliga al sistema público y privado a proveer tratamientos hormonales y operaciones parciales o totales para desarrollar la identidad. “Y son gratis pero no obligatorios para quien tenga interés”, aclaró Viturro, abogada y coordinadora del área de Tecnologías del Género del Centro Cultural Rojas de la Universidad de Buenos Aires. Por ley, los médicos no podían hacer operaciones mutilantes sin autorización de un juez y éste solía pedir peritajes psicológicos, psiquiátricos, clínicos y también testigos.
Esto impedía que muchas personas que deseaban una reasignación sexual tuvieran que victimizarse, algo corriente en los escritos judiciales. “Había que demostrar sufrimiento, decir que se estaba en el cuerpo equivocado, que de chiquita a esa persona le gustaba la decoración femenina o tenía sensación de odio hacia sus genitales. No se afirmaba que estaba ante una elección personal, sino ante una especie de error de la naturaleza, una fatalidad”, afirmó Viturro.
Otro inconveniente judicial en caso de requerir un documento acorde con la identidad de género autopercibida era la lógica esterilizante. Por muchos años, cuando una persona trans exigía judicialmente su DNI se le ponía como requisito una operación de reasignación sexual. Y no es un fenómeno argentino: 29 países de la Europa ponen este requisito en la actualidad. “Tuve un caso de este tipo en la Justicia nacional y esa postura fue admitida por la Cámara de Apelaciones. Al final, logramos conseguir el DNI sin operación concurriendo a un tribunal de la ciudad de Buenos Aires”, recordó Litardi, quien representó legalmente a 28 personas que pedían sus documentos desde 2004 a la fecha. “Hubo jueces porteños que estaban a favor y algunos plantearon que no debían judicializarse estos temas”, agregó.
En la norma sancionada ayer sólo se contempla la intervención judicial en el caso de personas menores de edad que deseen un nuevo DNI o realizarse un tratamiento hormonal o una operación parcial o total y cuyos padres están en contra. “La ley incorpora una figura novedosa, la del abogado del niño. Es algo muy bueno porque va en consonancia con la ley de protección de la niñez y la adolescencia. En estos casos, el rol de la Justicia es gestionar el conflicto entre hijos y padres”, comentó este integrante del Frente Nacional por la Ley de Identidad de Género.
Consultada al respecto, la antropóloga Josefina Fernández opinó que la norma es “movilizadora” y tendrá un impacto en la institución familiar. “Viene a desorganizar el ‘orden’, a romper muchos argumentos y a modificar la perspectiva de la Justicia sobre este tema, por eso me parece atractiva”, comentó Fernández, coordinadora junto a la activista travesti Lohana Berkins de “La gesta del nombre propio”, el primer estudio hecho sobre la población trans en la ciudad de Buenos Aires. “Además, muestra cómo el propio colectivo trans pasó de la victimización a la acción política”, agregó.
En este sentido, en el camino hacia la nueva ley, la estrategia del activismo por la diversidad sexual tuvo un gran acierto al poner el foco en la identidad más que en la sexualidad, aseguró el investigador Mauro Cabral. “En Argentina, el derecho a la identidad tiene un peso normativo importante. Es un derecho que no está en discusión”, afirmó. Para él, que las personas trans sean encasilladas como población vulnerable conspira contra su status de sujetos políticos y de derecho: “Teníamos algo que decir, más allá de la victimización”.
La implementación de la ley, advirtió Cabral, no va a ser fácil. “Como todos los temas relacionados con la sexualidad, éste choca contra el sistema médico y jurídico, que es conservador y autoritario. Este es el desafío que tenemos por delante”, observó.
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