Mié 12.12.2012

EL PAíS • SUBNOTA  › EL GOBIERNO PRESENTó UN RECURSO EXTRAORDINARIO

El camino hacia la Corte

El trámite se hizo ante la Cámara Civil y Comercial, que debe definir si lo acepta. Si lo rechaza, queda el recurso de queja. Es por la extensión de la medida cautelar que beneficia al Grupo Clarín.

› Por Irina Hauser

La discusión por la validez de la extensión de la medida cautelar que protege al Grupo Clarín de la obligación de desinvertir podría volver a la Corte Suprema en función del recurso extraordinario que presentó ayer el Gobierno. El escrito dice que la prolongación de esa medida provisoria, concedida por la Sala I de la Cámara en lo Civil y Comercial la semana pasada, representa un asunto de “gravedad institucional” porque “violenta” el límite temporal para su duración (con vencimiento el 7D) que había fijado el alto tribunal y porque impide aplicar plenamente, desde hace tres años, una ley que está vigente, lo que le da efecto de sentencia. Esta nueva apelación, en rigor, fue presentada ante la propia Sala I, que tiene la llave para decidir si acepta tramitarla y mandarla a los jueces supremos o no. De todos modos, por estas horas parece avanzar el expediente en primera instancia, y si hay un fallo sobre la constitucionalidad de la ley las discusiones legales pasarán a ser otras. Por lo pronto, en la senda de lo que le señaló la Corte al rechazarle el pedido de per saltum, el Gobierno –a través de Jefatura de Gabinete y de la presentación del Tesoro– presentó el recurso extraordinario ayer. Según las reglas procesales, ahora Clarín tendrá que dejar sentada su postura. El plazo legal es de diez días, pero podría ser más corto según las instrucciones con miras a agilizar que impartieron los jueces supremos. Después, la Cámara tiene que decir si el recurso extraordinario es procedente para seguir su camino hacia la Corte o no. Si lo admite, la Casa Rosada pidió que sea con “efecto suspensivo”, es decir, que el sólo tramite suspenda la extensión de la cautelar. Es algo improbable que le concedan, anticipan en tribunales. Si los camaristas rechazan el recurso extraordinario, quedará el camino del recurso de queja.

“El máximo tribunal, el 22 de mayo, estableció como último plazo el 7 de diciembre, y en la resolución del 27 de noviembre indicó claramente que lo que correspondía era el dictado de la sentencia de fondo y no nuevas cautelares que dilate la aplicación plena de la ley”, señaló ayer el ministro de Justicia, Julio Alak, reproduciendo parte de la argumentación que contiene el recurso extraordinario. Dijo, además, que la decisión de la Sala I de la Cámara en lo Civil y Comercial está viciada porque se llegó a ella después de que los integrantes de todo el tribunal rechazaran sus propias recusaciones sin llamar a jueces de otro fuero, ajenos a los cuestionamientos en juego.

El texto del Gobierno señala que la extensión de la medida cautelar, que mantiene a Clarín exceptuado de desprenderse de licencias de televisión y radio, opera como “una sentencia anticipatoria”, “produce perjuicios irreparables”, “incide sobre el interés de la comunidad” y es “arbitraria”. Advierte que genera una situación de “gravedad institucional” que ameritaría un pronunciamiento de la Corte, por todas esas razones, y porque –sostiene– la Cámara desconoció las decisiones del propio alto tribunal, lo que sigue generando un impedimento de aplicar la ley, “sancionada con amplio consenso democrático y aprobación de vastos sectores políticos”. “Un órgano inferior del Poder Judicial de la Nación, como es la Sala I, ha desobedecido a la Corte Suprema dictando un decisorio a escasas horas del vencimiento del plazo estipulado por el máximo tribunal, colocando al Estado nacional en una clara situación de indefensión”, señala el recurso. Este concepto apareció en el voto de anteayer del juez Raúl Zaffaroni, quien advirtió sobre un posible “alzamiento” de la Cámara. La Corte, además, ya desde el año pasado pregona que las medidas cautelares deben durar un plazo “razonable” y, al rechazar un planteo de Clarín, “recientemente insistió con que debe haber una sentencia de fondo, no cautelar”.

“La Cámara, al extender el plazo de la medida cautelar más allá del fijado por” la Corte “no sólo ha violentado su pronunciamiento sino que ha obviado las razones que indujeron a ese alto tribunal a disponer la limitación en el tiempo de la cautelar; aunque no son otras que el funcionamiento íntegro del régimen regulatorio de la actividad de interés público, la que se imposibilita frente a la clara posición dentro del mercado del grupo actor (Clarín)”, dice, además, el recurso extraordinario. Todo hace suponer que –a menos que los camaristas lo rechacen– podría llegar a la Corte en el transcurso de los próximos días.

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