EL PAíS • SUBNOTA › REGLAMENTAN LA FERTILIZACIóN ASISTIDA
La Ley de Fertilización Asistida, sancionada por el Congreso nacional el 5 de junio, será aplicada a personas mayores, pero sin límites de edad. Así lo determina la reglamentación de la norma, anunciada ayer por la presidenta Cristina Fernández de Kirchner. “Esta Ley (26.862) de Fertilización Asistida es más inclusiva porque amplía derechos”, dijo la Presidenta, al anunciar que la cobertura es, desde ahora, “un servicio más del Plan Médico Obligatorio”.
La norma establece que “pueden acceder a las prestaciones de reproducción médicamente asistida todas las personas mayores de edad, sin que se puedan introducir requisitos o limitaciones que impliquen discriminación o exclusión fundadas en la orientación sexual o el estado civil de quienes peticionan por el derecho regulado”.
César Cigliutti, presidente de la Comunidad Homosexual Argentina (CHA), reivindicó que esta ley reconoce a las parejas heterosexuales y homosexuales, por lo que se trata de “una hermosa posibilidad que tienen nuestras parejas para formar la familia que quieren.”
Por su parte, la legisladora María Rachid estimó que la medida tiene coherencia con las que viene aplicando el gobierno nacional “desde el 2003 para hacerse cargo de los sectores vulnerados de la sociedad”.
Entre los puntos salientes de la reglamentación se destacan:
- La autoridad de aplicación será, además del Ministerio de Salud, la Superintendencia de Servicios de Salud.
- No pueden introducirse requisitos o limitaciones que impliquen discriminación o exclusión fundadas en la orientación sexual o el estado civil de quienes peticionan por el derecho regulado.
- La cobertura prestacional la deben brindar los establecimientos asistenciales de los tres subsectores de la salud: público, obras sociales y privado.
- Entiende por técnicas de reproducción médicamente asistida a todos los tratamientos o procedimientos para la consecución de un embarazo.
- Quedan comprendidas las técnicas de baja y alta complejidad, que incluyan o no la donación de gametos y/o embriones.
- Podrán incluirse nuevos procedimientos y técnicas desarrollados mediante avances técnicocientíficos, cuando sean autorizados por la autoridad de aplicación.
El ministro de Salud bonaerense, Alejandro Collia, celebró la reglamentación de la ley y estimó que “ahora, con la norma nacional, el derecho a ser padres será una realidad en todo el país”. “Estamos orgullosos de haber sido pioneros porque esta ley iguala oportunidades que es una de las funciones que más valoramos del Estado”, afirmó Collia. La provincia de Buenos Aires fue el primer estado de Sudamérica en contar con legislación y tratamientos públicos y universales para parejas con problemas de fertilidad.
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